Emilio Palacio piensa acudir a cortes internacionales

Mañana vence el plazo de tres días para que la Segunda Sala Penal del Guayas remita el proceso al Juzgado 15 de Garantías Penales y este ejecute el fallo condenatorio del juez Juan Paredes contra el exeditor de Opinión de diario El Universo, Emilio Palacio.

El diario publica en su web que una vez que llegue a ese despacho, según explicaron extraoficialmente abogados cercanos al caso, el actual encargado de ese juzgado, Johann Marfetán, está obligado a emitir la boleta de captura contra Palacio sobre la base de la providencia del tribunal que declaró en abandono los recursos de nulidad y apelación presentados por la defensa de Palacio.

Los jueces acogieron el pedido de ampliación y aclaración a su sentencia entregado por los abogados del presidente Rafael Correa, quien acusó a Palacio de injurias calumniosas.

Paredes ordenó tres años de cárcel para el exeditor y los tres directivos de este medio, así como el pago de una indemnización de 30 millones de dólares entre los querellados y otros 10 millones por parte de la Compañía Anónima El Universo.

Ayer, el procurador síndico del rotativo, Joffre Campaña, insistió en la ilegalidad de la providencia de la Sala, respaldándose en el artículo 327 del Código de Procedimiento Penal.

Esa norma menciona que cuando hay varios acusados en un proceso, los recursos que se presenten –aunque sea por uno solo de ellos– benefician a todos, excepto si se trata de alguna situación estrictamente referida a una de las partes.

Es decir que si se plantea un recurso de nulidad interpuesto por alguno de los acusados, el proceso sería nulo o válido para todos. Si se tratase, por ejemplo, de un caso que involucrara a mayores y menores de edad, y se solicitara la nulidad para dejar afuera a los menores por tener esa condición, el recurso solo beneficiaría a estos.

Los jueces de la Segunda Sala declararon en abandono los recursos que interpuso Palacio con base en el artículo 326 del mismo Código. Este obliga a las partes a ir a las audiencias.

Ni el exeditorialista ni sus abogados concurrieron a la que se realizó, en dos partes, los días 16 y 20 de septiembre. Mientras que los abogados de El Universo sí estuvieron presentes en la diligencia: Joffre Campaña y Emilio Romero –en representación de Carlos y César Pérez– desde el inicio, y Mónica Vargas y Xavier Zavala –delegados de Nicolás Pérez y la empresa– desde el mediodía.

Campaña explicó que el artículo 326 se aplica cuando hay un solo acusado; pero si hay varios, bastaba que uno asistiera para que los otros se beneficiaran de los recursos.

“Al ampliar la sentencia y disponer que se ejecute solo para Palacio, la Sala ha actuado contra ley expresa. Por tanto, es una ilegalidad adicional a las ya numerosas que se han señalado en todo el proceso y que, sin lugar a dudas, busca que se gire una orden de prisión internacional contra Emilio Palacio y arrebatarle sus bienes”, sostuvo el representante legal del medio.

Agregó que esta resolución demuestra que “la ley sirve para muy poco y está al servicio del poder político”.

Por vía telefónica, Palacio explicó que sus abogados están analizando las acciones que tomarán. “Si se ejecutoría la sentencia, ya queda concluido el proceso en instancias locales; es decir que ya se puede acudir a las cortes internacionales”, dijo refiriéndose a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El excolumnista, quien actualmente está refugiado en Miami (Estados Unidos), señaló que la resolución de la Corte “es una orden directa de Rafael Correa, que no solo es el responsable directo de las muertes del 30 de septiembre sino que ahora cumple el rol de asaltante, se quiere llevar el dinero de la gente que lo ha ganado honradamente”.

Al momento, la Segunda Sala no ha enviado a la Corte Nacional de Justicia el recurso de casación presentado por la defensa de los hermanos Pérez.

Esta fue entregada el pasado viernes. Según la norma vigente, las partes tenían hasta cinco días después de notificada la ampliación de la sentencia para interponer esa acción legal, es decir, el plazo está corriendo todavía.

 

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