Asamblea aprueba el Código Monetario y Financiero con 91 votos

Asamblea Nacional, el 24 de octubre de 2014. API

La Asamblea Nacional aprobó el jueves el proyecto de Código Monetario y Financiero con 91 votos a favor, 22 en contra y 3 abstenciones. La iniciativa de la ley fue del Presidente de la República, quien envió a la Asamblea el cuerpo legal con el carácter económico-urgente que daba 30 días para su aprobación, plazo que se cumplía hoy.

El nuevo código abre el camino para la moneda electrónica y fija un organismo regulador, una Junta de Política y Regulación Monetaria Financiera que contará con amplios poderes para fijar lineamientos y regulaciones al sistema financiero público y privado.

La Comisión de lo Económico de la Asamblea hizo varios aportes al proyecto original, incluyendo, por ejemplo, más atribuciones a la Junta Reguladora que será integrada por cinco delegados del gobierno.

El catedrático de la universidad Católica de Quito y analista económico Pablo Dávalos dijo a The Associated Press que el nuevo código introduce «una variable de flexibilidad en un esquema rígido como es la dolarización, lo que dará como resultado que este esquema (dolarizado) se rompa».

Pero la presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira, había dicho en rueda de prensa que «una de las cosas más claras es proteger la estabilidad económica y financiera del país, es la mantención de la dolarización».

El legislador del partido de gobierno Virgilio Hernández señaló a AP que «estamos buscando lo que le conviene al país, al usuario… que va y deposita sus ahorros en los bancos y quiere que esos bancos sean adecuadamente regulados».

Tanto el sector bancario como el empresarial expresaron en los últimos días reparos a este código aduciendo que reduce su ámbito de discrecionalidad.

El gobierno ha alegado que la nueva ley busca evitar una nueva crisis económica y dirigir créditos al sector productivo.

Este Código será trasladado hasta el Presidente de la República, que puede vetar o allanarse a lo aprobado, previo a su publicación en el Registro Oficial y vigencia en el país.

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