Moreno emite las medidas de austeridad del sector público

Quito (Pichincha), 21 de agosto 2017.- El Presidente de la República, Lenín Moreno, lideró la reunión que mantuvo con el Frente Unidos, en el Palacio de Carondelet, de Quito. Foto: Fredy Constante / Presidencia de la República

El Decreto Ejecutivo No. 135 suscrito por el presidente de la República, Lenín Moreno, fija las Normas de Optimización y Austeridad del Gasto Público, entre otras las siguientes:

Las remuneraciones mensuales unificadas que superen la remuneración del grado 2 del nivel jerárquico su reajustarán en un 10% a partir del 1 de septiembre. «En ningún caso, los grados sujetos a ajuste tendrán una diferencia respecto al grado inmediato inferior no menor de 50 dólares. Además, exceptúa de esta disposición a los directores y gerentes de hospitales, centros de unidades de salud, director/ rector 4 y miembros activos de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Ecuador», señala el documento.

Se suspende el pago de remuneración variable por eficiencia para los ejercicios 2017 y 2018.

Se elimina las vacantes de todas las instituciones del Estado.

Las empresas petroleras públicas deberán evaluar las cargas óptimas de sus funcionarios y obreros.

Las jornadas suplementarias y extraordinarias del personal sujeto a la Ley Orgánica de Servicio Público serán autorizadas por la máxima autoridad hasta un monto de 30 horas al mes.

El Ministerio de Trabajo y la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) identificarán las unidades que deban ser eliminadas.

Igualmente se deberá racionalizar los programas públicos.

Además, se racionalizará el pago de viáticos por gastos de residencia, los viajes al exterior, la movilización interna, la compra de pasajes y se prohíbe la compra de vehículos, el uso de sirenas y balizas en vehículos oficiales, la realización de eventos públicos y de capacitación en locales privados.

Se estipula que los viajes al exterior de servidores públicos de la Función Ejecutiva, en representación del Estado, serán previamente autorizados por la Secretaría de la Presidencia. Además, prohíbe la compra de automóviles de alta gama y se autoriza el uso máximo de dos vehículos todo terreno por unidad de administración financiera. El exceso de vehículos será distribuido.

Las instituciones públicas de la Función Ejecutiva podrán contratar publicidad previa autorización de la Secretaría Nacional de Comunicación (SECOM).

Se dispone la enajenación de los activos inmuebles improductivos de las entidades a la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.

Se dispone la reducción de personal asignado a la seguridad de las autoridades.

 

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