Kroll dice que SaiBank no tenía cómo saber que algunas de sus cuentas tenían depósitos de Odebrecht

La firma internacional de mayor reputación en la investigación respecto de lavado de activos, Kroll, ha concluido que el South American International Bank, SaiBank, de Curazao, «no tenía forma de prever o anticipar que algunos de los recursos que fueron depositados o movilizados a través de las cuentas de los clientes Alesbury Investment S.A., Belvedear Worldwide Corporation y Joubert Corporation, podrían provenir, o estar destinados a, la ejecución de actos de corrupción u otras conductas delictivas«, según ha difundido el propio SaiBank en un comunicado de prensa difundido la tarde del lunes.

El SaiBank es un banco de Curazao, que se encuentra investigado por la Fiscal Diana Salazar, por una supuesta participación en captación ilegal de dinero. Uno de los directores del SaiBank en Curazao es el señor Juan Pablo Eljuri Vintimilla. Un comunicado de la defensa de Eljuri resalta que este no era ni ha sido nunca Director del Banco SAI BANK en Ecuador. Y que un error de las funcionarias de la Unidad de Análisis Financiero y Económico que elaboraron los informes materia de esta investigación provocó esta falsa apreciación que ahora ha sido corregida tanto por la Superintendencia de Bancos como por la UAFE.

En el comunicado, Franklin Girigori, Gerente General de SaiBank, da a conocer que el banco ha contratado los servicios profesionales de Kroll para que emita un informe sobre un posible lavado de dinero en sus cuentas.  Kroll cuenta con un equipo plenamente capacitado y reconocido en la investigación de delitos, su presencia mundial y su reputación de larga data, así como su independencia e integridad la convierten en una de las más calificadas para resolver inquietudes regulatorias a nivel mundial.

En el boletín, SaiBank detalla algunas de la conclusiones del informe de Kroll:

1.   South American International Bank NV – SAIBANK Curazao cuenta con un sistema ALD/CFT (Prevención del Lavado y Financiamiento del Terrorismo), que cumple técnicamente los requisitos exigidos por la legislación vigente en Curazao, en materia de prevención de lavado de activos y contra la financiación del terrorismo».

2. La evaluación realizada por Kroll, ha permitido determinar que Saibank, cumple con los requisitos de monitoreo y fiscalización contenidas en las leyes de Curazao.

3. Como parte de su sistema de ALD/CFT, SAIBANK mantiene una política de conocimiento de clientes (Know Your Customer – KYC-). Dicha política prevé los procedimientos y controles mínimos que deben aplicarse para conocer apropiadamente a cada cliente y que cumple técnicamente los requisitos mínimos exigidos por la legislación vigente en Curazao, en materia de prevención de lavado de activos y contra la financiación del terrorismo.

4. KROLL revisó las carpetas de los clientes ALESBURY INVESTMENT S.A., BELVEDEAR WORLDWIDE CORPORATION y JOUBERT CORPORATION. Como producto de esa revisión pudo constatar que SAIBANK aplicó en forma completa la totalidad de los controles y procedimientos de debida diligencia previstos en su política, para el conocimiento de sus clientes.

5 . Llama la atención que en aplicación de los controles y procedimientos de debida diligencia requeridos para el conocimiento del cliente ALESBURY INVESTMENT S.A., el Saibank llevo a cabo la búsqueda selectiva del nombre NORBERTO ODEBRECHT en la base de datos de su proveedor de información en listas y fuentes abiertas (WORLD CHECK). Esa búsqueda no arrojó resultados, lo que indica que, para la fecha en que se vinculó a ALESBURY INVESTMENT S.A. como cliente en el año 2014, no existía información reportada en listas o en fuentes abiertas que sugiriera que esa persona, o que las empresas asociadas a ella, podrían estar relacionados con el caso de soborno transnacional que hoy es de público conocimiento en varios países de la región.

Por lo anterior Kroll sostiene, que SAIBANK no tenía forma de prever o anticipar que algunos de los recursos que fueron depositados o movilizados a través de las cuentas de los clientes ALESBURY INVESTMENT S.A., BELVEDEAR WORLDWIDE CORPORATION y JOUBERT CORPORATION podrían provenir de, o estar destinados a, la ejecución de actos de corrupción u otras conductas delictivas.

Finalmente, y dado que el sistema ALD/CFT del SAIBANK cumple los requisitos técnicos exigidos por la legislación vigente en Curazao, en materia de prevención de lavado de activo y contra la financiación del terrorismo, puede considerarse que cualquier otra institución financiera que hubiera aplicado el mismo nivel de debida diligencia mínima exigida por la legislación vigente en Curazao habría podido incurrir en ese mismo tipo de operaciones. Ello, por cuanto no existían fuentes de información confiables y accesibles que alertaran o advirtieran sobre las actividades ilícitas en las que – al parecer – estaba involucrada la firma ODEBRECHT, conluye el comunicado.

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