Vaticano dice que «nada impide» canonización de Pablo Muñoz Vega

Pablo Muñoz Vega, cardenal de Quito, hasta la década de los ochenta. Retrato en óleo colgado en el Palacio Arzobispal, en Quito.

El Vaticano ha respondido favorablemente al pedido del arzobispo de Quito y primado del Ecuador, Fausto Trávez, para iniciar acciones que conduzcan a una eventual apertura de la causa del cardenal y arzobispo de Quito, Pablo Muñoz Vega, fallecido en 1994, y reconocido como uno de los más importantes pensadores de la Iglesia ecuatoriana.

Pablo Muñoz Vega, un sacerdote jesuita ordenado en 1933, teólogo, que llegó a Rector de la Pontificia Universidad Gregoriana en Roma, fue el segundo ecuatoriano en acceder al rango de cardenal, que obtuvo en 1969 durante el pontificado de Pablo VI. Como tal participó en los cónclaves que eligieron a los papas Juan Pablo I, Juan Pablo II. Desde 1967 era arzobispo de Quito. Ejerció una importante influencia en la vida nacional entre fines de la década de los sesenta hasta mediados de los ochenta.

La petición fue realizada en el 2013 y fue contestada desde Roma el 10 de diciembre pasado con el «Nihil Obstat», que significa ‘nada lo impide’ para el inicio de la causa.

Estos procesos empiezan cuando hay la intención de llevar a canonización a un fiel. La fase previa es la beatificación.

“Primero se hace toda la investigación, se lo declara siervo de Dios. Luego beato y finalmente santo, se lo canoniza”, explica el padre César Piechestein, portavoz de la Arquidiócesis de Guayaquil, citado por El Universo.

Los jesuitas del Ecuador indican en su página de internet que Muñoz Vega, como jefe de la Iglesia, “siempre tuvo una palabra de autoridad, oportuna y clara, en defensa del pueblo ecuatoriano y de la concordia de todos los sectores”.

La canonización actualmente es un acto reservado exclusivamente a la autoridad pontificia de Roma. Pero –sin dejar de ser de competencia exclusiva del papa– al acto de la canonización precede un largo proceso judicial, que puede durar algunos años.

Con la canonización de un fiel, se autoriza al pueblo católico la veneración del nuevo santo de acuerdo con las normas litúrgicas católicas establecidas. (I)

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