Uruguay concede por primera vez una adopción a pareja de lesbianas

Parejas homosexuales. Foto de Archivo, La República.

La Justicia uruguaya concedió por primera vez una adopción a una pareja de lesbianas y ese fallo conocido este jueves «abre la puerta» a otras adopciones en trámite, según organizaciones de defensa de los derechos de los homosexuales.

La jueza de familia Irma Lucy Dinello concedió la adopción de una niña de dos años a una pareja de mujeres que previamente legalizó su unión concubinaria y de las cuales una es además la madre biológica de la pequeña.

Michelle Suárez, abogada del colectivo de defensa de los derechos de los homosexuales, gays y lesbianas Ovejas Negras, afirmó que el fallo judicial «abre la puerta» para otras posibles adopciones.

Hasta ahora «no había precedentes» en Uruguay de una adopción por parte de parejas de lesbianas «aunque sí hay antecedentes» de adopciones por parte de parejas de hombres homosexuales, señaló la jurista a Efe.

La difusión que el caso está teniendo en el país «es importante» para que otras parejas «se informen, conozcan sus derechos y hagan uso de ellos», agregó Suárez, que es la primera abogada transexual en el país.

La abogada representa actualmente a dos parejas de lesbianas que iniciaron los trámites de adopción de niños concebidos por una de ellas, «pero es difícil determinar en que plazo podrán estar resueltos», señaló.

En este primer caso resuelto por la Justicia una de las mujeres, identificada como M.C. tuvo una hija en septiembre de 2009 concebida mediante inseminación artificial y posteriormente S.C., que es su pareja desde hace mas de una década, inició los trámites de adopción.

La jueza Dinello en su fallo señala que las dos mujeres «forman un hogar brindándole a la niña un cuidado afectivo que corresponde cubriendo todas las necesidades».

Y agrega que S.C. «reúne todos los requisitos exigidos por la ley» (de adopciones) como son tener más de 25 años de edad, más de 15 años que la niña y más de 4 años de convivencia con la madre natural.

De acuerdo al fallo de la magistrada, «ha resultado demostrado» que S.C. tiene a su cargo a la niña junto con la madre natural, «le brinda el afecto y los cuidados de verdadera hija, la atiende con cariño satisfaciéndole todas las necesidades materiales y espirituales, siendo un ambiente adecuado y de felicidad».

La jueza precisó además que la niña adoptada mantiene en primer lugar el apellido de la madre biológica y se sustituye el segundo por el de la adoptante. EFE

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