Alguien no quiere que esto se sepa

Por Carlos Andrés Vera

Escena 1:

Argentina, 23 de enero de 1989. 42 militantes del MTP (Movimiento Todos por la Patria) asaltaron el cuartel militar “La Tablada” en la provincia de Buenos Aires. La acción respondió a un supuesto golpe de Estado que estarían gestando militares. El MTP logró ingresar al cuartel y se enfrentó durante 30 horas, a 3 600 efectivos de la policía y el ejército que rodearon la unidad. Entre los miembros del MTP, hubo 28 muertos y 3 desaparecidos. Entre los miembros de la policía y el Ejército, hubo 11 muertos. Las personas capturadas fueron torturadas, condenadas a distintas penas y despojadas del derecho a la apelación.

Escena 2:

Varios años después, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA falla en contra de Argentina por los hechos de la Tablada. Se trata de un fallo polémico, bastante cuestionado en su momento, porque tras el análisis llevado a cabo por la CIDH, este organismo entendió que resultaba pertinente aplicar principios propios del Derecho Internacional Humanitario (DIH), cuya aplicación es obligatoria en situaciones de conflicto armado internacional y conflicto armado no internacional. Entre otras cosas, la CIDH concluyó “que el Estado argentino es  responsable por las violaciones de los derechos humanos consagrados en los  artículos de la Convención Americana…” Los derechos violados, entre otros, fueron el derecho a la vida y el derecho a la integridad personal. Entre otras recomendaciones, la CIDH llamó a que el Estado argentino “proporcione los mecanismos y garantías necesarias para realizar una investigación  independiente, completa e imparcial de los hechos acontecidos”  La pregunta es, ¿cómo la CIDH llegó a considerar una insubordinación interna que duró 30 horas, un conflicto armado?

Escena 3:

El Derecho Internacional Humanitario es de obligatoria aplicación en situaciones de conflicto armado internacional o conflicto armado no internacional (término que reemplazó al de “guerra”). Los convenios de Ginebra definen intencionalmente de manera bastante flexible lo que es un conflicto armado, esto, toda vez que cada conflicto tiene sus características propias y particulares, y que la flexibilidad en la interpretación permite reforzar favorablemente la protección de las víctimas de los conflictos. De acuerdo al Art. 3 común a los 4 Convenios de Ginebra, el Protocolo Adicional II y las normas consuetudinarias propias de los CANI, los conflictos armados no internacionales podrían definirse como aquellos que reúnen como mínimo las siguientes condiciones:

– Por lo menos una de las partes del conflicto no es un Estado.

– El/los grupo/s armado/s tengan cierto nivel de organización.

– Exista cierto nivel de intensidad en las hostilidades.

La CIDH consideró que los hechos de la Tablada constituyeron un conflicto armado no internacional. Fue así que, a pesar de que los miembros del MTP iniciaron las hostilidades contra un cuartel, el Estado argentino fue condenado por violaciones a los DDHH bajo los principios del Derecho Internacional Humanitario. La pregunta obvia es: con esos antecedentes, ¿podría aplicarse el DIH a los acontecimientos del 30S como lo han interpretado y analizado algunos juristas entendidos en derecho internacional y varios críticos desapasionados del gobierno?

Escena 4:

Si bien los acontecimientos de la Tablada y el 30S son distintos, hay tres puntos que podrían tener en común:

1.- Los participantes: En la Tablada, los civiles fueron elevados a rango de combatientes, dado su nivel de organización. Con ese antecedente, no sería descabellado que se considere a la policía como combatiente también.

2.- El lugar: El capítulo III, artículo 19 del primer convenio de Ginebra, prohíbe expresamente los ataques a hospitales (Las negrillas son mías):

“Los establecimientos fijos y las unidades sanitarias móviles del Servicio de Sanidad no podrán, en ningún caso, ser objeto de ataques, sino que serán en todo tiempo respetados y protegidos por las partes en conflicto. Si caen en poder de la parte adversaria, podrán continuar funcionando mientras la potencia captora no haya garantizado por sí misma la asistencia necesaria para los heridos y los enfermos alojados en esos establecimientos y unidades…”

Si comparamos el 30-S con la Tablada, la intervención armada a un hospital es mucho más grave que la intervención armada a un cuartel. El ataque a ambos lugares acarreó un claro peligro para la población civil y, por lo tanto, una posible violación directa a la prohibición de atacar civiles que no participan en el conflicto. La diferencia es que el cuartel, en tiempo de conflicto, es un objetivo militar legítimo, no así un hospital o cualquier instalación donde se esté dando tratamiento a enfermos o heridos.

3.- Duración: Para la CIDH, la corta duración de los acontecimientos en el caso de la Tablada no fue motivo para no declararlo conflicto armado no internacional. En aquel momento, al no existir un precedente al respecto, nadie pensó que la CIDH podía decidir en el sentido que lo hizo.

Basado en estos antecedentes, podrían aplicarse principios de DIH para juzgar a los responsables del conflicto armado en un hospital, como ocurrió el 30S. En ese posible escenario, ¿qué argumentos podría usar el Estado ecuatoriano para su defensa?

Escena 5:

En un posible juicio internacional por los acontecimientos del 30S, el Estado tendría que defenderse utilizando como base al principio de proporcionalidad para justificar la intervención armada en un hospital. En ese sentido, podría argumentar que, el 30 de Septiembre, la democracia y el estado de derecho peligraban y, por lo tanto, peligraba la estabilidad de 14 millones de ecuatorianos. Eso podría  justificar la intervención armada. Pero, para aquello, el Estado tendría que probar que, efectivamente, Rafael Correa estaba secuestrado y había un golpe de estado en ciernes. ¿Fue eso lo que ocurrió?

Escena 6:

El 30S, Rafael Correa fue atendido en el hospital de la policía por las agresiones que sufrió en el regimiento Quito. Fue su guardia personal quien lo llevó hasta ahí para que reciba asistencia médica. En esa casa de salud, fue estabilizado. Desde ahí, se comunicó por vía telefónica con medios estatales y miembros de su gabinete así como de las FFAA. Existen versiones de que recibió al menos tres delegaciones de la policía para negociar salidas al conflicto. De acuerdo a Hernán Higuera de Ecuavisa, pocos minutos antes de que lleguen los militares, se había organizado un cordón policial para que Correa abandone el hospital (Higuera se prestaba a realizar la cobertura y terminó en medio del fuego cruzado. Más tarde él y su camarógrafo filmaron la muerte de Froilán Jiménez, que todos vimos.) En ese contexto, es forzado afirmar que Correa estaba secuestrado. Sentido común: por lo general, a una persona secuestrada no se le permite comunicarse con agentes externos para coordinar su rescate.

El sentido común también dice que Rafael Correa tenía suficientes motivos para no abandonar el hospital con la misma policía que lo agredió horas antes y que, para precautelar su integridad, lo más lógico era que abandone el lugar con un equipo de seguridad de su confianza. Pero, aun así… ¿puede considerarse esa circunstancia un secuestro que merezca la intervención armada en un hospital lleno de pacientes en medio de una zona poblada por civiles? La verdad, es que falta información para asumir una posición concluyente y versada al respecto. Y alguien, no está interesado en que esa información se haga pública.

Escena 7

Personalmente, sé que la versión de Correa, por lo menos en parte, es falsa. Y lo sé por una razón muy sencilla: el gobierno y sus medios van varios meses vinculando a mi padre con los acontecimientos de ese día, presentándolo como uno de los mentores. Dada la capacidad de manipulación de la SECOM, al mando de Correa, no me extraña que alguna gente se coma ese cuento. Pero engañar a las personas no cambia los hechos, solo la percepción de los mismos. Y la verdad, es que Carlos Vera no tuvo nada que ver con los acontecimientos de ese día. Tan es así que ni siquiera hay una acusación formal en su contra (obvio: no existe una sola prueba contundente que lo implique). Además de los motivos políticos atrás de la campaña contra mi padre, parece cada vez más evidente que la intención del gobierno es desviar la atención de los verdaderos responsables del 30-S. Entiéndase: los responsables de la violencia y de los muertos aquel día (que, estoy seguro, no deben ser solamente los policías).

El juicio a Emilio Palacio confirma mi hipótesis. Más allá de si Palacio injurió o no a Correa, la desproporcionalidad de la sentencia, muy apegada a la desproporcionalidad de la demanda (cárcel y un pago galáctico, imposible de ejecutar), demuestran que a Rafa lo que le interesa es que no se hable del 30-S. Lo bueno, es que con el abuso de poder demostrado la semana pasada, Rafa ha logrado exactamente lo contrario porque indignó, y no intimidó, a la gente.

Y es que hay demasiados cabos sueltos para hablar del 30S. Por ejemplo: ¿Por qué el informe del comando conjunto de las FFAA con respecto a 30-S fue declarado como información clasificada a pedido de Correa? (Así  lo publicó Blanco y Negro en Febrero pasado. Esa información no ha sido desmentida) ¿Por qué el gobierno no menciona ni impulsa la sanción de los militares sublevados en la base aérea? ¿Por qué el personal de los hospitales (Metropolitano y de la Policía), así como todos los pacientes, no fueron alertados de que habría una intervención armada y así ponerse a buen recaudo? ¿Si se sabía que habría una intervención armada de impredecibles consecuencias, por qué no se ordenó el desalojo de los hospitales? ¿Por qué se ordenó la detención de Carrión varios días después de los hechos, solo cuando dijo a CNN que Correa no estaba secuestrado? ¿Por qué el calibre de las balas que mataron a Froilán Jiménez son un misterio?

Alguien no quiere que esto se sepa.

¿Y si se confirma que la munición que mató a Froilán Jiménez fue munición militar? (Ojo: la policía pudo usar munición militar también, aunque es menos probable) ¿Podría su familia llevar el caso frente a la CIDH con el argumento de que se violaron principios de DIH? Es un escenario posible, quizás impensado, como fue el Caso de la Tablada en su momento, pero posible. Y ahora que Correa ha puesto de moda eso de la autoría coadyuvante para pretender apresar a los hermanos Pérez por una supuesta injuria de Emilio Palacio, sería interesante saber qué piensa si se llegara a comprobar, en una investigación independiente (que este gobierno nunca impulsará), que Froilán Jiménez murió por munición militar. Rafa es el comandante en jefe de las FFAA. Si no fue él,  ¿quién ordenó la intervención armada para su rescate, que provocó, entre otras muertes, la de Froilán Jiménez, el 30 de Septiembre de 2010?

 

Más relacionadas

46 Comments

  1. Si correa hubiese querido establecer la verdad sobre lo ocurrido el 30-S, lo primero que habría hecho, después de festejar su “rescate” en la Plaza Grande con luces multicolores y sus barras bravas, era pedir que se realice una INVESTIGACION INDEPENDIENTE llevada a cabo por un equipo INTERNACIONAL, todo lo contrario, el gobierno “mas transparente de la historia del Ecuador” declara los documentos relevantes del 30-S como CLASIFICADOS. Inmediatamente ACUSA SIN PRUEBA ALGUNA a ciudadanos de haberle querido dar un golpe de estado (Sabrá Dios porque no lo demandan por INJURIAS), pero de investigación independiente NADA.

    Es evidente que la falta de transparencia proviene del gobierno, especialmente del JEFE de TODOS las instituciones del estado (correa sic) directamente. Sin embargo, EXISTEN las declaraciones a la Prensa del mismo correa y de sus funcionarios el día del 30-S, en una de las cuales correa declara directamente que “TODO ESTA LISTO PARA EL RESCATE DESDE HACE RATO, TODAVIA NO HE DADO LA ORDEN PARA DARLES TIEMPO A ESTOS INSENSATOS DE QUE RECAPACITEN” estas declaraciones las hizo después del mediodía, luego SU MINISTRO de DEFENSA declaró que fue correa quien DIO LA ORDEN, digamos que a confesión de partes relevo de pruebas; de manera que está claro que lo que el gobierno trata de hacer es echar tierra sobre un asunto que en el futuro PODRIA llevarlo a los TRIBUNALES por haber ordenado un rescate armado en un hospital.

    Han pasado DIEZ MESES y no hay UN SOLO CULPABLE, ni siquiera alguien formalmente
    acusado por el “golpe de estado” o por el “secuestro”, simple y llanamente porque lo que hubo fue una revuelta, donde los ánimos se caldearon después de que un sujeto con la misma INTELIGENCIA EMOCIONAL de MAMA LUCHA, primero se fue a meter en la boca del lobo a pedir que lo maten y luego, cuando ya su guardia personal lo había sacado del lugar LOS OBLIGO a QUE LO REGRESARAN.  Si quieren demostrarnos esa “TRANSPARENCIA”
    de marras, todavía están a tiempo de pedir una COMISION INTERNACIONAL que investigue lo que paso. Claro que eso sería tanto como pedir  que correa acepte su responsabilidad en lo ocurrido, ergo, NO VA A PASAR.

    Hay alguien responsable por los MUERTOS y HERIDOS del 30-S y al parecer solo sabremos la VERDAD cuando haya pasado LA FIEBRE ROSA.

  2. Solamente la verdad nos hara libres ,adelante CARLOS ANDRES VERA ilumina el pensamiento,enciende la llama,no desmayes estamos apoyando la causa y cada dia se suman mas ciudadanos que despiertan del letargo en que estuvieron sumergidos.

     

  3. Excelente editorial, «no hay mal que dure 100 años…..». Cuando la democracia se restaure en Nuestra Querida Patria el dictador tendrá que ser extraditado desde Bélgica para pagar sus patrañas y alebocías.

  4. Excelente editorial, «no hay mal que dure 100 años…..». Cuando la democracia se restaure en Nuestra Querida Patria el dictador tendrá que ser extraditado desde Bélgica para pagar sus patrañas y alebocías.

  5. ALGUIEN NO QUIERE QUE ESTO TAMPOCO SE SEPA……… En los Diarios del Mundo las noticias son en grandes titulares, MURDOCH  entre la espada y la pared, su hijo de la misma forma, me refiero al Patriarca y dueño de una gran cantidad de Periódicos, canales de Tv. acusado de los PINCHAZOS, a grandes personalidades incluidos el Príncipe y la Reyna……….OTAN Bombardea un HOSPITAL en Trípoli, Libia, matando una gran cantidad de civiles, CONGRESO DE USA, Demócratas y Republicanos, no se ponen de acuerdo para evitar el derrumbe económico de la otrora  prospera potencia capitalista, esperemos que esto no ocurra, Ayer mismo en muchos Diarios de America se ve al Presidente Correa en los titulares de algunos Diarios del hemisferio y con tremendas fotos, pensaba que se encontraba en un enlace ciudadano, pero con la asistencia de grandes personalidades, y en una entrevista con al Agencia France Press, En la feria del Libro en Lima, donde el Libro del Presidente se vende como pan caliente, ! que belleza! la visita de parte de la Sra. Martha Maura, de la ONU, elogiando la labor del Presidente y el Ecuador en lo referente a los niños trabajadores que se ha reducido en nuestro país significativamente, ya no los explotan en las bananeras ¿porque no hablan los «Editorialistas » acerca de todo esto? no quiero seguir mencionando más………….Lo de la TABLADA  ya pertenece al pasado, 7 escenas, solamente en una. Ud. mismo dice Sr. Vera, que lo de la tablada es distinto a lo del 30S, recuerde que lo de Argentina fue un ataque armado de un grupo DE «REVOLUCIONARIOS» ……… el 30S fue una SUBLEVACION, INSUBORDINACION, de un grupo de policías desinformados, embrutecidos, por la falacia, la mentira de parte de algunos Asambleístas opositores, de  detractores mal intencionados y la Prensa, que con el animo de obstruir la excelente labor del gobierno del Presidente Rafael Correa, les confundieron dicendoles que se les iba a quitar todos sus beneficios, esto es otro caso y la nececidad que la Prensa tiene que saber como se difunde una noticia, ANALIZANDO los hechos, VERIFICANDO,  para no atizar más el fuego, a esto se suman los «periodistas» haciendo el coro para destruir, no al Presidente, sino al país, el 7 de Mayo el pueblo votó para regularizar la Prensa y el día de ayer vi a un grupo de payasos y payasas con esparadrapo en sus bocas, ridículos, solamente faltaron algunos que  no salieron en la foto!!!!! Respeto su opinión pero todo ud. lo supone, nada en concreto a mi no me gusta hablar de lo que no me consta, y cuido mucho mi LENGUA, POR ENCONTRARSE EN UN LUGAR HUMEDO ES FACIL DE RESBALAR, termino diciendo, en los titulares que mencione al inicio de mi comentario, esos titulares no son  suposición, no son míos,  hay ALGUIEN QUE NO QUIERE QUE ESTO TAMPOCO SE SEPA??????????? 

  6. Partes de una premisa equivocada: de que se ordenó un ataque al hospital, cuando la orden fue de rescate. Prueba de esto es que los primeros disparos (y esto es obvio y registrado por múltiples medios) fueron de francotiradores afuera del hospital cuando RC estaba saliendo en el vehículo. El fuego militar fue en respuesta (o hasta ahora no se ha probado lo contrario).

    Tu enfoque debería darse en la parte del artículo 19 que dice: «la protección a los hospitales puede cesar si se utiliza para cometer actos perjudiciales para el enemigo, pero con la condición de una advertencia que de un plazo razonable y que no sea cumplido por las fuerzas beligerantes».De esto poco o nada se ha comentado, ya que es más facil decir, como todo, que es #culpadeCorrea.
    Las circunstancias en las que se dió el #30s abren la puerta a un mar de especulaciones (el involucramiento de tu padre, por ejemplo), hay que recordar que se trató de un delito, el cual erróneamente se pretende resolver desde el plano político.
    Un abrazo,

    • Se ordenó una intervención armada.
      Eso podría llegar a considerarse un ataque a las fuerzas que en ese momento estaban en el hospital. No me parece descabellado que una corte internacional lo interprete como un ataque a un hospital. En todo caso: se aclararía con el informe de las FFAA, que es clasificado.

  7. CARLOS ANDRES EXCELENTE RELATO, LO FELICITO, DIGNO DE UNA NOVELA DE SUSPENSO, SIN ANIMO DE OFENDERLO SERIA INTERESANTE ENVIAR ESE GUION A ALGUN ESCRITOR DE HOLLYWOOD Y VER QUE SE PUEDE HACER…………………………..AHORA SI EN SERIO, LA MUNICION QUE MATO A EL SOLDADO JIMENEZ, ES DIFICIL DE SABER DE DONDE VINO, LA PREGUNTA DEL MILLON ES » DONDE ESTA?», ES COMO LA BALA MAGICA QUE MATO A KENNEDY E HIZO UN RECORIDO DE FANTASIA PROPIA DEL CINE AMERICANO.
    PUES AQUI PASO ALGO PARECIDO, LOS INTERESES QUE EXISTIERON Y APARECIERON EN EL MOMENTO DE LA OPORTUNIDAD DEL 30S QUE A TODO EL MUNDO SE LES PRESENTO, MAS QUE NADA SORPRENDIO A ALGUNOS Y EXIGIO AL MAXIMO LA CREATIVIDAD DE OTROS, EN OTRAS PALABRAS , LO APROVECHARON LOS MAS CAPACES DE APROVECHAR EL MOMENTO………..LO LAMENTABLE DE ESTOS ACONTECIMIENTOS FUERON LOS MUERTOS, PERO LO INTERESANTE FUE LA RAPIDES DE RESPUESTA DE ALGUN GUIONISTA DE CINE MUDO ECUATORIANO???????????

  8. tomado del Diario El Correo de Lima

    Columnas
    Martín Santivañez: «Bienvenido, dictador»El Viejo ReinoLima – Hemos de agradecer al presidente Humala -que los Apus nos lo guarden hoy, mañana y siempre- la nueva estrategia diplomática que pondrá en marcha ese Metternich velasquista que es su canciller, Rafael Roncagliolo, mago de las relaciones internacionales y profundo conocedor del nuevo orden mundial. Para mayor gloria de la república humalista, pospondremos los TLC con los monstruos del capitalismo y apostaremos, «solidarios y vigilantes», por la unión soberana con las nuevas potencias mundiales: Brasil, Irán y Rusia. Además, en nuestro vecindario, el Perú hará votos de hermandad bolivariana con el tirano de Caracas y los dinosaurios de La Habana, recibiendo a genios de la academia como el presidente ecuatoriano Rafael Correa, engendro de Lovaina. Vergüenza de país.Los próximos cinco años observaremos cómo nuestro bienamado presidente apoya los besamanos que organiza el clan de la guayabera sucia de los Castro, enviando a los lacayos de Gana Perú, que se multiplican como gremlins, a recibir admoniciones comunistas. También, de cuando en cuando, el país contemplará los guiños de complicidad que Humala le hace a pequeños dictadores como Rafael Correa, astuta zarigüeya que finge defender su honor cuando en verdad da rienda suelta a sus espasmos autoritarios y al hambre incontenible de poder.Mientras Correa se pasea por Lima, la prensa ecuatoriana lucha por mantener su independencia. Y aquí, nadie se pronuncia.Es una vergüenza que recibamos con pompa y circunstancia a un autócrata que pisotea la libertad de prensa y persigue a los columnistas ecuatorianos por sus opiniones. Más aún, ¿dónde están los liberales? ¿Dónde el Rastignac Álvarez Rodrich y la matrona de la decencia, la señora Palacios? ¿Por qué no truenan desde sus púlpitos condenando la presencia de un depredador de la prensa libre? El señor Correa tiene la desfachatez de aparecer en Lima para presentar un libro sobre repúblicas bananeras cuando él, precisamente él, encarna el liderazgo subdesarrollado y primitivo del cesarismo burocrático.Correa pontifica en la Feria del Libro sobre la maldad demoníaca de las políticas liberales y en su país impone la férula de su totalitarismo asolapado. Emilio Palacio, uno de los columnistas más importantes de Ecuador, ha sido condenado, junto al diario El Universo, a pagar 40 millones de dólares y purgar tres años de cárcel por ofender a su majestad revolucionaria. Además, desde que llegó al poder el 2007, Correa ha creado un imperio mediático que responde a su voluntad. Cinco canales de TV, cinco radios, cuatro revistas, tres diarios y una agencia de noticias se dedican, día y noche, a propagar los dogmas de la «Revolución ciudadana», tan parecida a ese mamotreto neovelasquista que es «La gran transformación». No contento con ello, el demócrata Correa, tan sensible cuando se trata de su persona, insulta a los periodistas de oposición llamándolos, entre otras cosas, «mafiosos», «miserias humanas», «bestias salvajes», «racistas» y «corruptos».Éste es el amiguito del presidente Humala. He aquí al demócrata que proclama en Lima lecciones de civismo y desarrollo ante el silencio cómplice de unos periodistas y políticos que se rasgan las vestiduras sólo cuando les conviene. Solidaridad con los demócratas ecuatorianos. Y a ti, dictador, el juicio severo de la historia, señora implacable que jamás te absolverá.

  9. tomado del Diario El Correo de Lima

    Columnas
    Martín Santivañez: «Bienvenido, dictador»El Viejo ReinoLima – Hemos de agradecer al presidente Humala -que los Apus nos lo guarden hoy, mañana y siempre- la nueva estrategia diplomática que pondrá en marcha ese Metternich velasquista que es su canciller, Rafael Roncagliolo, mago de las relaciones internacionales y profundo conocedor del nuevo orden mundial. Para mayor gloria de la república humalista, pospondremos los TLC con los monstruos del capitalismo y apostaremos, «solidarios y vigilantes», por la unión soberana con las nuevas potencias mundiales: Brasil, Irán y Rusia. Además, en nuestro vecindario, el Perú hará votos de hermandad bolivariana con el tirano de Caracas y los dinosaurios de La Habana, recibiendo a genios de la academia como el presidente ecuatoriano Rafael Correa, engendro de Lovaina. Vergüenza de país.Los próximos cinco años observaremos cómo nuestro bienamado presidente apoya los besamanos que organiza el clan de la guayabera sucia de los Castro, enviando a los lacayos de Gana Perú, que se multiplican como gremlins, a recibir admoniciones comunistas. También, de cuando en cuando, el país contemplará los guiños de complicidad que Humala le hace a pequeños dictadores como Rafael Correa, astuta zarigüeya que finge defender su honor cuando en verdad da rienda suelta a sus espasmos autoritarios y al hambre incontenible de poder.Mientras Correa se pasea por Lima, la prensa ecuatoriana lucha por mantener su independencia. Y aquí, nadie se pronuncia.Es una vergüenza que recibamos con pompa y circunstancia a un autócrata que pisotea la libertad de prensa y persigue a los columnistas ecuatorianos por sus opiniones. Más aún, ¿dónde están los liberales? ¿Dónde el Rastignac Álvarez Rodrich y la matrona de la decencia, la señora Palacios? ¿Por qué no truenan desde sus púlpitos condenando la presencia de un depredador de la prensa libre? El señor Correa tiene la desfachatez de aparecer en Lima para presentar un libro sobre repúblicas bananeras cuando él, precisamente él, encarna el liderazgo subdesarrollado y primitivo del cesarismo burocrático.Correa pontifica en la Feria del Libro sobre la maldad demoníaca de las políticas liberales y en su país impone la férula de su totalitarismo asolapado. Emilio Palacio, uno de los columnistas más importantes de Ecuador, ha sido condenado, junto al diario El Universo, a pagar 40 millones de dólares y purgar tres años de cárcel por ofender a su majestad revolucionaria. Además, desde que llegó al poder el 2007, Correa ha creado un imperio mediático que responde a su voluntad. Cinco canales de TV, cinco radios, cuatro revistas, tres diarios y una agencia de noticias se dedican, día y noche, a propagar los dogmas de la «Revolución ciudadana», tan parecida a ese mamotreto neovelasquista que es «La gran transformación». No contento con ello, el demócrata Correa, tan sensible cuando se trata de su persona, insulta a los periodistas de oposición llamándolos, entre otras cosas, «mafiosos», «miserias humanas», «bestias salvajes», «racistas» y «corruptos».Éste es el amiguito del presidente Humala. He aquí al demócrata que proclama en Lima lecciones de civismo y desarrollo ante el silencio cómplice de unos periodistas y políticos que se rasgan las vestiduras sólo cuando les conviene. Solidaridad con los demócratas ecuatorianos. Y a ti, dictador, el juicio severo de la historia, señora implacable que jamás te absolverá.

  10. Pues,
    TU Gerare pareces estar bastante MAL informado, no me creas a mí, INVESTIGA
    cuantos “franco tiradores” estuvieron en las inmediaciones del 30-S, HAY MUY
    POCOS en el PAIS y varios de ellos ni siquiera se encontraban en Quito el día
    del 30-S, por otro lado CADA ARMA de un francotirador es ESPECIALMENTE adaptada
    al INDIVIDUO, es decir JUAN usa un arma con MEDIDAS y CALIBRACION ESPECIAL para
    JUAN, sus armas no las cargan en los bolsillos, para utilizarlas TIENEN QUE
    PEDIR PERMISO CON ANTICIPACION, DETALLANDO EL USO QUE LES VAN A DAR, los
    INFORMES OFICIALES determinaron que NO HUBO FRANCOTIRADORES el 30-S, lo que
    hubieron es POLICIAS apostados en las terrazas del hospital, algo muy
    diferente.

     

    El “enfoque”
    que sugieres pierde todo piso si revisas las declaraciones de correa y su
    Ministro de Defensa que CLARAMENTE dicen que NO IBAN A NEGOCIAR NADA y mucho más
    cuando el propio correa dice que le prepararon una calle de honor LOS POLICIAS
    PARA QUE SALIERA y SE FUERA, NO ESTABA SOLO, tenía a toda su guardia personal y
    personal del GOE y del GIR con él, incluso algunos POLICIAS estaban de su lado,
    de manera que BIEN SE PUDO HABER EVITADO ESA MASACRE.

     

    Lo de
    tu juego de palabras: rescate por ataque TOMANDO en CUENTA que HUBIERON MUERTOS
    y DECENAS de HERIDOS ya cae en lo cómico.
     

  11. Se sigue intentando darle otra tónica a los acontecimientos del 30S, la prensa se ha encargado de desprestigiar y algunos con razón, a todos los gobiernos pasados, de manera tal que de ahora en adelante los nuevos gobiernos asi sean honestos (no digo que este lo sea) tendrán que trabajar mucho para recuperar la credibilidad a no ser que esten en contubernio con los poderes facticos. La policía con la pre disposición del presidente, esta recuperando la dignidad que perdió, pero como la persecución política de una prensa tan cuestionada no está para informar y dar buenas noticias, pasó lo que pasó

    • No veo mal que un hijo defienda a su padre, tu si lo ves???

      Pero al parecer TU DEFENSA POR UN HOMBRE (de genero no mas) es VALIDA, cierto?, aunque sea por $ 4.000 al mes como es el caso de los «operadores» del IMPERIO MEDIATICO de los Alvarado. No tienes posibilidades de encontrarte un trabajo en el que no tengas que ponerte de rodillas ocho horas diarias?  ;-)

      • Deja que el hijo defienda a su padre…

        Por eso me gusta LAREPUBLICA.EC , aunque en algunos editoriales se lean chorradas ( y no precisamente de los comentarios del gran público, jejeje )

      • Como se va a defender el papá de CAV si de los 14´0000.000,00 de ecuatorianos ni siquiera  1.579.000 le creen (cantidad de firmas que necesitaba para revocar el mandato presidencial).  

        • De esos mismos 14’000.000,00 SOLO el 36% voto por la propuesta de correa en el ultimo referendum. Y eso con mas de VEINTE y CINCO MEDIOS PROPIOS, con REGALOS a DIESTRA y SINIESTRA, con una PROPAGANDA MENTIROSA MILLONARIA, con CONCIERTOS que duraron UN MES, con CNE PROPIO, etc.

          Sabe a DERROTA, cierto??? Y quieres minimizar el esfuerzo DE UNA SOLA PERSONA en contra de TODO el PODER del ESTADO???

          Ve a que te surzan, te hace buena falta.

        • De esos mismos 14’000.000,00 SOLO el 36% voto por la propuesta de correa en el ultimo referendum. Y eso con mas de VEINTE y CINCO MEDIOS PROPIOS, con REGALOS a DIESTRA y SINIESTRA, con una PROPAGANDA MENTIROSA MILLONARIA, con CONCIERTOS que duraron UN MES, con CNE PROPIO, etc.

          Sabe a DERROTA, cierto??? Y quieres minimizar el esfuerzo DE UNA SOLA PERSONA en contra de TODO el PODER del ESTADO???

          Ve a que te surzan, te hace buena falta.

        • De esos mismos 14’000.000,00 SOLO el 36% voto por la propuesta de correa en el ultimo referendum. Y eso con mas de VEINTE y CINCO MEDIOS PROPIOS, con REGALOS a DIESTRA y SINIESTRA, con una PROPAGANDA MENTIROSA MILLONARIA, con CONCIERTOS que duraron UN MES, con CNE PROPIO, etc.

          Sabe a DERROTA, cierto??? Y quieres minimizar el esfuerzo DE UNA SOLA PERSONA en contra de TODO el PODER del ESTADO???

          Ve a que te surzan, te hace buena falta.

  12. Donde estaban las personas que murieron? Froilán Jiménez estaba en la Mariana de Jesús. Bolaños nunca entró al Hospital (los civiles lo tenían prohibido).
    De aquellos policías y militares fallecidos, cuáles estaban adentro del Hospital? Creo que ninguno.
    Si es así, nadie ordenó atacar el hospital, y el cruce de balas se dio afuera del hospital.

    • JA JA JA!!! Y tu te dices Periodista??? Te recuerdo que al Coronel Carrion lo encarcelaron por decir lo que al SATRAPA no le gustaba y en esa entrevista MOSTRARON los destrozos de las balas DENTRO del HOSPITAL, te repito DENTRO del HOSPITAL.

      Y aunque no hubieran, quieres decir que COMO SE MATARON fuera del hospital, todo esta bien???, Acaso lo militares esperaron a correa AFUERA del hospital a que saliera???

      PIENSA, antes de escribir!

  13. Nunca pensé ver a mi país hacer noticia mundial, con un suceso tan feo, como lo es silenciar la Libertad de Expresión, con este tipo de demandas millonarias contra periodistas y dueños de medios.
    Antes de proceder a demandas tan abusivas, ciertamente sería mejor que se aclare que mismo pasó ese 30 S.

  14. que bueno que alguien como usted don Carlos Vera. escriba este articulo porque allí cualquier entendido. o que tenga «sentido común» como solía decir el GRAN DOCTOR MANRIQUE, QDP. es que me preocupa también es que como habrá sido el AMARRE. perdón ACUERDO con los familiares de las victimas. o sea los muertos por la balacera que el COMNDANNTE EN JEFE LES DIO A SUS FUERZAS ARMADAS PARA QUE  DISPAREN A DIESTRA Y SINIESTRA  n un hospital lleno de gente. digo amarre. perdón ARREGLO. porque no se escucha que algún familiar de los varios que murieron hayan o estén exigiendo una investigación profunda. y que se consiga un casafantasma a ver si por suerte encuentra la bala que mato a Froilan Jimenez. porque el jefe se le ocurrio la gran ida que para que la información no salga ni se le de a nadie, «ni a los parientes de las victimas». se la declaro informacion CLASIFICADA. COSA MAS GRANDE DE LA VIDA CHICO. 

  15. que bueno que alguien como usted don Carlos Vera. escriba este articulo porque allí cualquier entendido. o que tenga «sentido común» como solía decir el GRAN DOCTOR MANRIQUE, QDP. es que me preocupa también es que como habrá sido el AMARRE. perdón ACUERDO con los familiares de las victimas. o sea los muertos por la balacera que el COMNDANNTE EN JEFE LES DIO A SUS FUERZAS ARMADAS PARA QUE  DISPAREN A DIESTRA Y SINIESTRA  n un hospital lleno de gente. digo amarre. perdón ARREGLO. porque no se escucha que algún familiar de los varios que murieron hayan o estén exigiendo una investigación profunda. y que se consiga un casafantasma a ver si por suerte encuentra la bala que mato a Froilan Jimenez. porque el jefe se le ocurrio la gran ida que para que la información no salga ni se le de a nadie, «ni a los parientes de las victimas». se la declaro informacion CLASIFICADA. COSA MAS GRANDE DE LA VIDA CHICO. 

  16. Carlos Andrés mira, a pesar de que quisiera, no tengo tantos detalles como quisiera acerca del 30S para poder hacer afirmaciones sobre el tema, aunque en general comparto la opinión de que Correa cometió varios errores en ese día, de que toda la farsa del secuestro fue una comedia, que la acusación a tu padre no tiene base alguna y todavía me indigno con las cadenas que intentan lavar el cerebro a ciudadanos incautos.Ahora, de lo que si tengo detalles, y me gustaría aclararte varios puntos es sobre el caso La Tablada y sobre Derecho Internacional Humanitario, porque parece que en ciertas cosas las afirmaciones que has realizado no son tan acertadas.En primer lugar, y para diferenciar ambos «eventos» creo que es necesario (para que el artículo no sea parcializado) señalar en ESCENA 1 que los acontecimientos en La Tablada fueron de gran intensidad, no sólo por la cantidad de soldados y policías que participaron sino por el material bélico que se utilizó (tanques, tanquetas, cañones, bombas incendiarias de fósforo blanco, blindados, tanques, ametralladoras pesadas, piezas de mortero, helicópteros y en general artillería pesada) y que el Estado mediante su general reconoció a los subversivos como una parte del conflicto. ¿Por qué esto es importante? Porque nos muestra cuáles fueron los aspectos que consideró la comisión para calificar este evento como un CANI (Conflicto armado no internacional), aspectos que no sólo bajo mis ojos sino bajo el de verdaderos conocedores de DIH diferencian radicalmente de los eventos del 30S. Además, con esto espero responder tu pregunta de cómo la CIDH llegó a considerar una insubordinación interna que duró 30 horas, un conflicto armado. Por cierto, no fue una «insubordinación», fue un evento organizado por un grupo subversivo, el MTP)Ahora, en ESCENA 2, hablas de un fallo contra Argentina: «(…) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA falla en contra de Argentina por los hechos de la Tablada.Se trata de un fallo polémico, bastante cuestionado en su momento (…)» Sobre esta afirmación:1. Creo que es más correcto hablar sobre el «informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos», informe que consta en nada más que una recomendación al Estado Argentino. El caso nunca llegó a la Corte, por lo tanto nunca hubo sentencia.2. El caso fue polémico, si, pero porque la Comisión no es un organismo competente para conocer sobre DIH, y, principalmente, por la calificación del conflicto que es ÚNICA en su especie, en ningún otro lugar del mundo a un evento tan corto se lo ha calificado de CANI. Cabe recordar que al no ser la Comisión un organismo especializado ni mundial en DIH, esta jurisprudencia no tiene gran peso internacionalmente.3. Lo más importante es que la decisión tomada por la Comisión, no es de ningún modo «protectora de derechos» o desfavorable para el Estado Argentino. Y te voy a explicar por qué. El Derecho Internacional Humanitario es el llamado «ius in bello» como su nombre lo señala es el derecho que da la normativa dentro de la guerra, no prohíbe la guerra, la acepta como una realidad, simplemente la regula. Esto significa que permite y no castiga el ataque contra otros combatientes. Es por esto que a diferencia de lo que tú señalas el margen de aplicación es bastante alto, no todo cruce de balas está bajo DIH. No es flexible es este sentido, porque el hecho de que un evento sea calificado como campo de aplicación de DIH implica que un soldado puede matar a otro sin responsabilidades extras. Te cito un poco la sentencia:»Cuando los incursores atacaron el cuartel de La Tablada asumieron claramente el riesgo de encontrar una respuesta militar del Estado.  El hecho de que las fuerzas militares argentinas fueran superiores en número y dispusieran de mayor poder de fuego, y que lo emplearan contra los atacantes, no puede reputarse por sí mismo como violación de norma alguna del derecho humanitario.»»189. La Comisión desea hacer hincapié, sin embargo, en que las personas que participaron en el ataque contra el cuartel eran objetivos militares legítimos solo durante el tiempo que duró su participación activa en el conflicto.» (Si tienes tiempo lee también el párrafo 178 http://www.cidh.org/annualrep/97span/Argentina11.137d.htm )El campo de protección del DIH es menor que el de DDHH, si la Comisión no hubiese calificado de CANI a La Tablada el Estado Argentino hubiese sido encontrado culpable de la muerte de TODOS los subversivos, pero no, dado que la Comisión calificó el conflicto como CANI, encontró a Argentina culpable sólo de las muertes provocadas después de la rendición de los combatientes o después del conflicto como tal, las demás fueron consideradas justificables. Discúlpame, pero Froilán Jiménez estaba siendo parte activa de las hostilidades, al menos yo, lo vi corriendo armado en medio del combate, si esto fuera un CANI, su muerte fuera justificada y NADIE debería responder por la misma porque él era un combatiente. Un objetivo militar.Ahora, la violación al derecho a la vida y a la integridad personal (de los subversivos que sobrevivieron al evento y fueron ejecutados y torturados después) y la recomendación para que el Estado proporcione «mecanismos y garantías necesarias para realizar una investigación  independiente, completa e imparcial de los hechos acontecidos” se basa en DDHH y no en DIH. Tu señalas: «el Estado argentino fue condenado por violaciones a los DDHH bajo los principios del Derecho Internacional Humanitario.» Y esto no es cierto. DDHH y DIH son dos campos distintos del derecho, fue condenado por violaciones a los DDHH, no al DIH, no se le encontró culpable en ninguna de las acusaciones de delitos de DIH (párrafos 180-189). Qué significa esto, que las violaciones a los DDHH pueden ser condenadas aún cuando el «evento» no sea calificado como CANI, de hecho, repito, el DDHH prohíbe varios actos permitidos por el DIH.Te expliqué al inicio ciertas características de La Tablada que lo diferencian claramente del 30S. Pero tu señalas ciertas semejanzas: los combatientes, el lugar y  la duración.Sobre los combatientes: No te equivocas mucho al decir que los policías eran combatientes, es bastante discutible, pero incluso tenían un mando, una estructura jerárquica organizada y un objetivo común (que también son aspectos a tomarse en cuenta), pero tenían un plan a largo plazo? Para que sean combatientes es necesario que el grupo organizado tenga un plan, derrocar al Gobierno, esto era lo que se buscaba en La Tablada, planeamiento, no simplemente una decisión tomada de un momento a otro. Discúlpame, si me equivoco, pero creo que te he leído incluso a ti afirmando que el 30S inició simplemente como una queja, como una petición al presidente, no como un plan organizado desde hace meses con la colaboración de Yon Goicoechea y «derechistas» del país para derrocar al presidente.El lugar: El lugar no importa en la clasificación del conflicto. Entiendo que tu buscabas enfatizar que un ataque a un hospital está prohibido, pero no siempre (el articulo que usas no es el adecuado). Si fuera un CANI, el atacar un hospital desproporcionalmente y sin distinción fuera un delito de guerra. Bajo Derechos Humanos el sólo ataque se trata de una violación: salud y seguridad de las personas, ambiente sano y algunos más. De hecho, bajo mi criterio (formado en gran parte por varias sentencias de DIH) si el 30S fuera un CANI, el ataque al hospital (en las condiciones y con las consecuencias que tuvo) para sacar al «primer mandatario», el Estado de derecho y bla bla bla es un ataque proporcional o al menos esta afirmación es bastante defendible, por la definición del objetivo, por la relación medio-fin y por la táctica utilizada. Porque cómo tu lo señalas eso implica que estaba secuestrado (porque o sino sería un sinsentido); lo cuál es imposible de probar…. pero hay CANI si los policías no estaban organizados y no tenían un plan en marcha? La duración: Se usó el criterio en La Tablada, pero recuerda, es el único antecedente a nivel mundial, la Comisión no es un organismo especializado y tampoco mundial, es sólo regional. Los demás criterios señalan que la intensidad del conflicto va de la mano con su duración.Entiendo que no haces afirmaciones concluyentes, porque falta información del 30S, Correa cometió varios errores, y debería ser juzgado por cortes nacionales por esto (claro que después del juicio de El Universo esto es pedir ver cerdos volando) pero no bajo estándares de DIH, sino de DDHH. Por esto te señalaba que el DIH a diferencia de DDHH no se aplica siempre, y que lo que la Comisión hizo en La Tablada fue algo incorrecto, perjudicial para las víctimas. Bajo DIH, Correa se podría defender más, es una situación ventajosa para él. Por eso no estoy de acuerdo con que insinúes (tácitamente o no) que el 30S fue un CANI.Es más, te pregunto, después de todo esto… crees que convendría señalar que el 30S fue un CANI? y que se le aplica el DIH?  

    • Gracias por todos esos elementos de juicio, GRAN aporte.
       
      Algunas precisiones: 

      Al inicio de tu texto me dices que no hubo sentencia de la comisión, sino un informe. Pero luego citas «la sentencia». Aquí me perdí. ¿Estás citando el informe? 

      Sobre el 30S, he dicho que la única certeza que tengo es que la versión oficial es falsa o incompleta. Si hubo o no un intento de golpe de estado o una simple insubordinación que se fue de las manos, no puedo estar seguro. Creo que ninguno de nosostros, sin información privilegiada, puede estarlo. Pienso que hay elementos como para considerar ambas hipótesis. 

      Me parece interesante que la Tablada sea un caso único. No deja de ser un antecedente muy interesante ¿no crees? O consideras el informe de la Comisión una aberración jurídica desde el punto de vista del DIH? Tu criterio en ese sentido, me parece clave.

      Más allá de si el informe (o la sentencia) de la comisión tuvieron algún peso jurídico en Argentina, contribuyeron a desempolvar las claras violaciones a los DDHH (y a principios de DIH). Dices que un informe de la comisión no tiene tanto peso para instituciones especializadas en DIH. Eso recién me lo desyuno. Entendía que la Comisión Interamericana es un organismo respetado (aunque no sea especializado en DIH) y un informe con recomendaciones debe significar algún tipo de remezón, sino jurídico, social, por lo menos en Argentina.  

      Con respecto a tu pregunta final, no insunúo que el 30S fue un CANI. Sostengo que es un escenario posible. (Por tu mensaje, entiendo que tu sostienes que no, que es un escenario imposible. ¿Interpreto bien el sentido de tu comentario?) Si convendría o no calificar el 30S como CANI, no es el punto del artículo (y mi pregunta sería más bien: ¿convendría a qué? ¿a quién? No lo sé. Tal vez lo positivo de ese posible escenario sería la presión externa para que exista una investigación independiente y no sesgada por el prisma político. Si ese fuera el caso, llegar a conocer nuevos elementos de juicio y acercarse a «la verdad» nos convendía a todos). El punto es plantear la posibilidad de que esto podría llegar a instancias internacionales y en qué términos.

      Disculpa si mis terminos no son lo mas adecuado desde lo juridico.

      Gracias por tu tiempo y tus precisiones.  

      • Tienes la razón, me atrapó la inconsistencia al citar el informe. Touchée. Probablemente es la costumbre de abogada de hablar de sentencias. Lo importante es señalar cómo no es fruto de un proceso judicial con una decisión vinculante para el Estado.  

        Ahora, La Tablada es un caso único, por eso es objeto de estudio. Claro que es muy interesante, pero no es muy rico desde el punto de vista del DIH. No es una aberración jurídica del tipo la sentencia del juez Juan Paredes, pero de utilizarse en una Corte Internacional, para un juez, no fuera un criterio muy persuasivo. Es esto a lo que me refiero con que no tenga mucho peso, socialmente repercute bastante (no sólo en Argentina, sino mundialmente), pero jurídicamente no, no crea un precedente. Es un órgano respetado, si, pero de DDHH, ahora jurídicamente hablando en DIH, La Tablada vs una decisión del ICTY (Tribunal Penal para la Ex Yugoslavia) o de la Corte Penal Internacional, será fácilmente desplazada. 

        Mira que el informe pudo haber sido mucho mejor, de hecho, creo yo que si no se hubiera hablado de CANI, el caso hubiera ido a la Corte Interamericana de DDHH y se hubiera podido condenar a Argentina por los asesinatos, torturas y desapariciones forzosas ocurridas en esa época. TODAS, no sólo aquellas acaecidas después del conflicto. En ese sentido La Tablada me parece un error.

        Sobre hechos de 30S concuerdo contigo, la versión oficial tiene varios vacíos e incoherencias que deben ser aclarados. Por eso me niego a hablar del 30S, poca información de la que tengo es verificada. Y no, no creo que sea imposible argumentar que 30S eventualmente sea un CANI. Uno puede sostener ambas hipótesis, es cierto; pero si creo, como te expuse, que la del CANI es demasiado forzada. Principalmente, y esto era lo que te quería dejar claro en mi comentario (y parece que si lo he logrado), creo que no nos conviene y por NOS me refiero a todos los ecuatorianos, ecuatorianos que nos sentimos afectados por crímenes que quedan impunes e investigaciones cuyos resultados se nos ocultan. Es más, ya me imagino las cadenas en las que saldría victimizándose y defendiendo su posición. 

        Ahora entiendo tu punto, lograr una investigación independiente que nos de nuevos elementos de juicio. Que eslo que deberíamos buscar y mas que nada exigir, y me gusta tu artículo en el sentido que busca despertar y provocar la búsqueda de la verdad en nosotros. Pero creo que la posibilidad de un CANI, no es la vía correcta. 

        Lamentablemente para tener éxito en cualquier demanda internacional, debemos primero acudir a la justicia nacional, y es evidente que los resultados no son nada prometedores actualmente. Pero si se llegan a instancias internacionales, se debe acudir a los DDHH, y no al DIH. Igual habría investigación, y conseguiríamos jueces e investigaciones imparciales.

        (Terminé escribiendo algo largo una vez más, agradezco el interés expresado para que hayas leído todo.. e intentaré mejorar esta capacidad sintetizadora ;) )

      • Tienes la razón, me atrapó la inconsistencia al citar el informe. Touchée. Probablemente es la costumbre de abogada de hablar de sentencias. Lo importante es señalar cómo no es fruto de un proceso judicial con una decisión vinculante para el Estado.  

        Ahora, La Tablada es un caso único, por eso es objeto de estudio. Claro que es muy interesante, pero no es muy rico desde el punto de vista del DIH. No es una aberración jurídica del tipo la sentencia del juez Juan Paredes, pero de utilizarse en una Corte Internacional, para un juez, no fuera un criterio muy persuasivo. Es esto a lo que me refiero con que no tenga mucho peso, socialmente repercute bastante (no sólo en Argentina, sino mundialmente), pero jurídicamente no, no crea un precedente. Es un órgano respetado, si, pero de DDHH, ahora jurídicamente hablando en DIH, La Tablada vs una decisión del ICTY (Tribunal Penal para la Ex Yugoslavia) o de la Corte Penal Internacional, será fácilmente desplazada. 

        Mira que el informe pudo haber sido mucho mejor, de hecho, creo yo que si no se hubiera hablado de CANI, el caso hubiera ido a la Corte Interamericana de DDHH y se hubiera podido condenar a Argentina por los asesinatos, torturas y desapariciones forzosas ocurridas en esa época. TODAS, no sólo aquellas acaecidas después del conflicto. En ese sentido La Tablada me parece un error.

        Sobre hechos de 30S concuerdo contigo, la versión oficial tiene varios vacíos e incoherencias que deben ser aclarados. Por eso me niego a hablar del 30S, poca información de la que tengo es verificada. Y no, no creo que sea imposible argumentar que 30S eventualmente sea un CANI. Uno puede sostener ambas hipótesis, es cierto; pero si creo, como te expuse, que la del CANI es demasiado forzada. Principalmente, y esto era lo que te quería dejar claro en mi comentario (y parece que si lo he logrado), creo que no nos conviene y por NOS me refiero a todos los ecuatorianos, ecuatorianos que nos sentimos afectados por crímenes que quedan impunes e investigaciones cuyos resultados se nos ocultan. Es más, ya me imagino las cadenas en las que saldría victimizándose y defendiendo su posición. 

        Ahora entiendo tu punto, lograr una investigación independiente que nos de nuevos elementos de juicio. Que eslo que deberíamos buscar y mas que nada exigir, y me gusta tu artículo en el sentido que busca despertar y provocar la búsqueda de la verdad en nosotros. Pero creo que la posibilidad de un CANI, no es la vía correcta. 

        Lamentablemente para tener éxito en cualquier demanda internacional, debemos primero acudir a la justicia nacional, y es evidente que los resultados no son nada prometedores actualmente. Pero si se llegan a instancias internacionales, se debe acudir a los DDHH, y no al DIH. Igual habría investigación, y conseguiríamos jueces e investigaciones imparciales.

        (Terminé escribiendo algo largo una vez más, agradezco el interés expresado para que hayas leído todo.. e intentaré mejorar esta capacidad sintetizadora ;) )

  17. Carlos Andrés mira, a pesar de que quisiera, no tengo tantos detalles como quisiera acerca del 30S para poder hacer afirmaciones sobre el tema, aunque en general comparto la opinión de que Correa cometió varios errores en ese día, de que toda la farsa del secuestro fue una comedia, que la acusación a tu padre no tiene base alguna y todavía me indigno con las cadenas que intentan lavar el cerebro a ciudadanos incautos.Ahora, de lo que si tengo detalles, y me gustaría aclararte varios puntos es sobre el caso La Tablada y sobre Derecho Internacional Humanitario, porque parece que en ciertas cosas las afirmaciones que has realizado no son tan acertadas.En primer lugar, y para diferenciar ambos «eventos» creo que es necesario (para que el artículo no sea parcializado) señalar en ESCENA 1 que los acontecimientos en La Tablada fueron de gran intensidad, no sólo por la cantidad de soldados y policías que participaron sino por el material bélico que se utilizó (tanques, tanquetas, cañones, bombas incendiarias de fósforo blanco, blindados, tanques, ametralladoras pesadas, piezas de mortero, helicópteros y en general artillería pesada) y que el Estado mediante su general reconoció a los subversivos como una parte del conflicto. ¿Por qué esto es importante? Porque nos muestra cuáles fueron los aspectos que consideró la comisión para calificar este evento como un CANI (Conflicto armado no internacional), aspectos que no sólo bajo mis ojos sino bajo el de verdaderos conocedores de DIH diferencian radicalmente de los eventos del 30S. Además, con esto espero responder tu pregunta de cómo la CIDH llegó a considerar una insubordinación interna que duró 30 horas, un conflicto armado. Por cierto, no fue una «insubordinación», fue un evento organizado por un grupo subversivo, el MTP)Ahora, en ESCENA 2, hablas de un fallo contra Argentina: «(…) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA falla en contra de Argentina por los hechos de la Tablada.Se trata de un fallo polémico, bastante cuestionado en su momento (…)» Sobre esta afirmación:1. Creo que es más correcto hablar sobre el «informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos», informe que consta en nada más que una recomendación al Estado Argentino. El caso nunca llegó a la Corte, por lo tanto nunca hubo sentencia.2. El caso fue polémico, si, pero porque la Comisión no es un organismo competente para conocer sobre DIH, y, principalmente, por la calificación del conflicto que es ÚNICA en su especie, en ningún otro lugar del mundo a un evento tan corto se lo ha calificado de CANI. Cabe recordar que al no ser la Comisión un organismo especializado ni mundial en DIH, esta jurisprudencia no tiene gran peso internacionalmente.3. Lo más importante es que la decisión tomada por la Comisión, no es de ningún modo «protectora de derechos» o desfavorable para el Estado Argentino. Y te voy a explicar por qué. El Derecho Internacional Humanitario es el llamado «ius in bello» como su nombre lo señala es el derecho que da la normativa dentro de la guerra, no prohíbe la guerra, la acepta como una realidad, simplemente la regula. Esto significa que permite y no castiga el ataque contra otros combatientes. Es por esto que a diferencia de lo que tú señalas el margen de aplicación es bastante alto, no todo cruce de balas está bajo DIH. No es flexible es este sentido, porque el hecho de que un evento sea calificado como campo de aplicación de DIH implica que un soldado puede matar a otro sin responsabilidades extras. Te cito un poco la sentencia:»Cuando los incursores atacaron el cuartel de La Tablada asumieron claramente el riesgo de encontrar una respuesta militar del Estado.  El hecho de que las fuerzas militares argentinas fueran superiores en número y dispusieran de mayor poder de fuego, y que lo emplearan contra los atacantes, no puede reputarse por sí mismo como violación de norma alguna del derecho humanitario.»»189. La Comisión desea hacer hincapié, sin embargo, en que las personas que participaron en el ataque contra el cuartel eran objetivos militares legítimos solo durante el tiempo que duró su participación activa en el conflicto.» (Si tienes tiempo lee también el párrafo 178 http://www.cidh.org/annualrep/97span/Argentina11.137d.htm )El campo de protección del DIH es menor que el de DDHH, si la Comisión no hubiese calificado de CANI a La Tablada el Estado Argentino hubiese sido encontrado culpable de la muerte de TODOS los subversivos, pero no, dado que la Comisión calificó el conflicto como CANI, encontró a Argentina culpable sólo de las muertes provocadas después de la rendición de los combatientes o después del conflicto como tal, las demás fueron consideradas justificables. Discúlpame, pero Froilán Jiménez estaba siendo parte activa de las hostilidades, al menos yo, lo vi corriendo armado en medio del combate, si esto fuera un CANI, su muerte fuera justificada y NADIE debería responder por la misma porque él era un combatiente. Un objetivo militar.Ahora, la violación al derecho a la vida y a la integridad personal (de los subversivos que sobrevivieron al evento y fueron ejecutados y torturados después) y la recomendación para que el Estado proporcione «mecanismos y garantías necesarias para realizar una investigación  independiente, completa e imparcial de los hechos acontecidos” se basa en DDHH y no en DIH. Tu señalas: «el Estado argentino fue condenado por violaciones a los DDHH bajo los principios del Derecho Internacional Humanitario.» Y esto no es cierto. DDHH y DIH son dos campos distintos del derecho, fue condenado por violaciones a los DDHH, no al DIH, no se le encontró culpable en ninguna de las acusaciones de delitos de DIH (párrafos 180-189). Qué significa esto, que las violaciones a los DDHH pueden ser condenadas aún cuando el «evento» no sea calificado como CANI, de hecho, repito, el DDHH prohíbe varios actos permitidos por el DIH.Te expliqué al inicio ciertas características de La Tablada que lo diferencian claramente del 30S. Pero tu señalas ciertas semejanzas: los combatientes, el lugar y  la duración.Sobre los combatientes: No te equivocas mucho al decir que los policías eran combatientes, es bastante discutible, pero incluso tenían un mando, una estructura jerárquica organizada y un objetivo común (que también son aspectos a tomarse en cuenta), pero tenían un plan a largo plazo? Para que sean combatientes es necesario que el grupo organizado tenga un plan, derrocar al Gobierno, esto era lo que se buscaba en La Tablada, planeamiento, no simplemente una decisión tomada de un momento a otro. Discúlpame, si me equivoco, pero creo que te he leído incluso a ti afirmando que el 30S inició simplemente como una queja, como una petición al presidente, no como un plan organizado desde hace meses con la colaboración de Yon Goicoechea y «derechistas» del país para derrocar al presidente.El lugar: El lugar no importa en la clasificación del conflicto. Entiendo que tu buscabas enfatizar que un ataque a un hospital está prohibido, pero no siempre (el articulo que usas no es el adecuado). Si fuera un CANI, el atacar un hospital desproporcionalmente y sin distinción fuera un delito de guerra. Bajo Derechos Humanos el sólo ataque se trata de una violación: salud y seguridad de las personas, ambiente sano y algunos más. De hecho, bajo mi criterio (formado en gran parte por varias sentencias de DIH) si el 30S fuera un CANI, el ataque al hospital (en las condiciones y con las consecuencias que tuvo) para sacar al «primer mandatario», el Estado de derecho y bla bla bla es un ataque proporcional o al menos esta afirmación es bastante defendible, por la definición del objetivo, por la relación medio-fin y por la táctica utilizada. Porque cómo tu lo señalas eso implica que estaba secuestrado (porque o sino sería un sinsentido); lo cuál es imposible de probar…. pero hay CANI si los policías no estaban organizados y no tenían un plan en marcha? La duración: Se usó el criterio en La Tablada, pero recuerda, es el único antecedente a nivel mundial, la Comisión no es un organismo especializado y tampoco mundial, es sólo regional. Los demás criterios señalan que la intensidad del conflicto va de la mano con su duración.Entiendo que no haces afirmaciones concluyentes, porque falta información del 30S, Correa cometió varios errores, y debería ser juzgado por cortes nacionales por esto (claro que después del juicio de El Universo esto es pedir ver cerdos volando) pero no bajo estándares de DIH, sino de DDHH. Por esto te señalaba que el DIH a diferencia de DDHH no se aplica siempre, y que lo que la Comisión hizo en La Tablada fue algo incorrecto, perjudicial para las víctimas. Bajo DIH, Correa se podría defender más, es una situación ventajosa para él. Por eso no estoy de acuerdo con que insinúes (tácitamente o no) que el 30S fue un CANI.Es más, te pregunto, después de todo esto… crees que convendría señalar que el 30S fue un CANI? y que se le aplica el DIH?  

  18. Carlos Andrés mira, a pesar de que quisiera, no tengo tantos detalles como quisiera acerca del 30S para poder hacer afirmaciones sobre el tema, aunque en general comparto la opinión de que Correa cometió varios errores en ese día, de que toda la farsa del secuestro fue una comedia, que la acusación a tu padre no tiene base alguna y todavía me indigno con las cadenas que intentan lavar el cerebro a ciudadanos incautos.Ahora, de lo que si tengo detalles, y me gustaría aclararte varios puntos es sobre el caso La Tablada y sobre Derecho Internacional Humanitario, porque parece que en ciertas cosas las afirmaciones que has realizado no son tan acertadas.En primer lugar, y para diferenciar ambos «eventos» creo que es necesario (para que el artículo no sea parcializado) señalar en ESCENA 1 que los acontecimientos en La Tablada fueron de gran intensidad, no sólo por la cantidad de soldados y policías que participaron sino por el material bélico que se utilizó (tanques, tanquetas, cañones, bombas incendiarias de fósforo blanco, blindados, tanques, ametralladoras pesadas, piezas de mortero, helicópteros y en general artillería pesada) y que el Estado mediante su general reconoció a los subversivos como una parte del conflicto. ¿Por qué esto es importante? Porque nos muestra cuáles fueron los aspectos que consideró la comisión para calificar este evento como un CANI (Conflicto armado no internacional), aspectos que no sólo bajo mis ojos sino bajo el de verdaderos conocedores de DIH diferencian radicalmente de los eventos del 30S. Además, con esto espero responder tu pregunta de cómo la CIDH llegó a considerar una insubordinación interna que duró 30 horas, un conflicto armado. Por cierto, no fue una «insubordinación», fue un evento organizado por un grupo subversivo, el MTP)Ahora, en ESCENA 2, hablas de un fallo contra Argentina: «(…) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA falla en contra de Argentina por los hechos de la Tablada.Se trata de un fallo polémico, bastante cuestionado en su momento (…)» Sobre esta afirmación:1. Creo que es más correcto hablar sobre el «informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos», informe que consta en nada más que una recomendación al Estado Argentino. El caso nunca llegó a la Corte, por lo tanto nunca hubo sentencia.2. El caso fue polémico, si, pero porque la Comisión no es un organismo competente para conocer sobre DIH, y, principalmente, por la calificación del conflicto que es ÚNICA en su especie, en ningún otro lugar del mundo a un evento tan corto se lo ha calificado de CANI. Cabe recordar que al no ser la Comisión un organismo especializado ni mundial en DIH, esta jurisprudencia no tiene gran peso internacionalmente.3. Lo más importante es que la decisión tomada por la Comisión, no es de ningún modo «protectora de derechos» o desfavorable para el Estado Argentino. Y te voy a explicar por qué. El Derecho Internacional Humanitario es el llamado «ius in bello» como su nombre lo señala es el derecho que da la normativa dentro de la guerra, no prohíbe la guerra, la acepta como una realidad, simplemente la regula. Esto significa que permite y no castiga el ataque contra otros combatientes. Es por esto que a diferencia de lo que tú señalas el margen de aplicación es bastante alto, no todo cruce de balas está bajo DIH. No es flexible es este sentido, porque el hecho de que un evento sea calificado como campo de aplicación de DIH implica que un soldado puede matar a otro sin responsabilidades extras. Te cito un poco la sentencia:»Cuando los incursores atacaron el cuartel de La Tablada asumieron claramente el riesgo de encontrar una respuesta militar del Estado.  El hecho de que las fuerzas militares argentinas fueran superiores en número y dispusieran de mayor poder de fuego, y que lo emplearan contra los atacantes, no puede reputarse por sí mismo como violación de norma alguna del derecho humanitario.»»189. La Comisión desea hacer hincapié, sin embargo, en que las personas que participaron en el ataque contra el cuartel eran objetivos militares legítimos solo durante el tiempo que duró su participación activa en el conflicto.» (Si tienes tiempo lee también el párrafo 178 http://www.cidh.org/annualrep/97span/Argentina11.137d.htm )El campo de protección del DIH es menor que el de DDHH, si la Comisión no hubiese calificado de CANI a La Tablada el Estado Argentino hubiese sido encontrado culpable de la muerte de TODOS los subversivos, pero no, dado que la Comisión calificó el conflicto como CANI, encontró a Argentina culpable sólo de las muertes provocadas después de la rendición de los combatientes o después del conflicto como tal, las demás fueron consideradas justificables. Discúlpame, pero Froilán Jiménez estaba siendo parte activa de las hostilidades, al menos yo, lo vi corriendo armado en medio del combate, si esto fuera un CANI, su muerte fuera justificada y NADIE debería responder por la misma porque él era un combatiente. Un objetivo militar.Ahora, la violación al derecho a la vida y a la integridad personal (de los subversivos que sobrevivieron al evento y fueron ejecutados y torturados después) y la recomendación para que el Estado proporcione «mecanismos y garantías necesarias para realizar una investigación  independiente, completa e imparcial de los hechos acontecidos” se basa en DDHH y no en DIH. Tu señalas: «el Estado argentino fue condenado por violaciones a los DDHH bajo los principios del Derecho Internacional Humanitario.» Y esto no es cierto. DDHH y DIH son dos campos distintos del derecho, fue condenado por violaciones a los DDHH, no al DIH, no se le encontró culpable en ninguna de las acusaciones de delitos de DIH (párrafos 180-189). Qué significa esto, que las violaciones a los DDHH pueden ser condenadas aún cuando el «evento» no sea calificado como CANI, de hecho, repito, el DDHH prohíbe varios actos permitidos por el DIH.Te expliqué al inicio ciertas características de La Tablada que lo diferencian claramente del 30S. Pero tu señalas ciertas semejanzas: los combatientes, el lugar y  la duración.Sobre los combatientes: No te equivocas mucho al decir que los policías eran combatientes, es bastante discutible, pero incluso tenían un mando, una estructura jerárquica organizada y un objetivo común (que también son aspectos a tomarse en cuenta), pero tenían un plan a largo plazo? Para que sean combatientes es necesario que el grupo organizado tenga un plan, derrocar al Gobierno, esto era lo que se buscaba en La Tablada, planeamiento, no simplemente una decisión tomada de un momento a otro. Discúlpame, si me equivoco, pero creo que te he leído incluso a ti afirmando que el 30S inició simplemente como una queja, como una petición al presidente, no como un plan organizado desde hace meses con la colaboración de Yon Goicoechea y «derechistas» del país para derrocar al presidente.El lugar: El lugar no importa en la clasificación del conflicto. Entiendo que tu buscabas enfatizar que un ataque a un hospital está prohibido, pero no siempre (el articulo que usas no es el adecuado). Si fuera un CANI, el atacar un hospital desproporcionalmente y sin distinción fuera un delito de guerra. Bajo Derechos Humanos el sólo ataque se trata de una violación: salud y seguridad de las personas, ambiente sano y algunos más. De hecho, bajo mi criterio (formado en gran parte por varias sentencias de DIH) si el 30S fuera un CANI, el ataque al hospital (en las condiciones y con las consecuencias que tuvo) para sacar al «primer mandatario», el Estado de derecho y bla bla bla es un ataque proporcional o al menos esta afirmación es bastante defendible, por la definición del objetivo, por la relación medio-fin y por la táctica utilizada. Porque cómo tu lo señalas eso implica que estaba secuestrado (porque o sino sería un sinsentido); lo cuál es imposible de probar…. pero hay CANI si los policías no estaban organizados y no tenían un plan en marcha? La duración: Se usó el criterio en La Tablada, pero recuerda, es el único antecedente a nivel mundial, la Comisión no es un organismo especializado y tampoco mundial, es sólo regional. Los demás criterios señalan que la intensidad del conflicto va de la mano con su duración.Entiendo que no haces afirmaciones concluyentes, porque falta información del 30S, Correa cometió varios errores, y debería ser juzgado por cortes nacionales por esto (claro que después del juicio de El Universo esto es pedir ver cerdos volando) pero no bajo estándares de DIH, sino de DDHH. Por esto te señalaba que el DIH a diferencia de DDHH no se aplica siempre, y que lo que la Comisión hizo en La Tablada fue algo incorrecto, perjudicial para las víctimas. Bajo DIH, Correa se podría defender más, es una situación ventajosa para él. Por eso no estoy de acuerdo con que insinúes (tácitamente o no) que el 30S fue un CANI.Es más, te pregunto, después de todo esto… crees que convendría señalar que el 30S fue un CANI? y que se le aplica el DIH?  

  19. Carlos Andrés mira, a pesar de que quisiera, no tengo tantos detalles como quisiera acerca del 30S para poder hacer afirmaciones sobre el tema, aunque en general comparto la opinión de que Correa cometió varios errores en ese día, de que toda la farsa del secuestro fue una comedia, que la acusación a tu padre no tiene base alguna y todavía me indigno con las cadenas que intentan lavar el cerebro a ciudadanos incautos.Ahora, de lo que si tengo detalles, y me gustaría aclararte varios puntos es sobre el caso La Tablada y sobre Derecho Internacional Humanitario, porque parece que en ciertas cosas las afirmaciones que has realizado no son tan acertadas.En primer lugar, y para diferenciar ambos «eventos» creo que es necesario (para que el artículo no sea parcializado) señalar en ESCENA 1 que los acontecimientos en La Tablada fueron de gran intensidad, no sólo por la cantidad de soldados y policías que participaron sino por el material bélico que se utilizó (tanques, tanquetas, cañones, bombas incendiarias de fósforo blanco, blindados, tanques, ametralladoras pesadas, piezas de mortero, helicópteros y en general artillería pesada) y que el Estado mediante su general reconoció a los subversivos como una parte del conflicto. ¿Por qué esto es importante? Porque nos muestra cuáles fueron los aspectos que consideró la comisión para calificar este evento como un CANI (Conflicto armado no internacional), aspectos que no sólo bajo mis ojos sino bajo el de verdaderos conocedores de DIH diferencian radicalmente de los eventos del 30S. Además, con esto espero responder tu pregunta de cómo la CIDH llegó a considerar una insubordinación interna que duró 30 horas, un conflicto armado. Por cierto, no fue una «insubordinación», fue un evento organizado por un grupo subversivo, el MTP)Ahora, en ESCENA 2, hablas de un fallo contra Argentina: «(…) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA falla en contra de Argentina por los hechos de la Tablada.Se trata de un fallo polémico, bastante cuestionado en su momento (…)» Sobre esta afirmación:1. Creo que es más correcto hablar sobre el «informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos», informe que consta en nada más que una recomendación al Estado Argentino. El caso nunca llegó a la Corte, por lo tanto nunca hubo sentencia.2. El caso fue polémico, si, pero porque la Comisión no es un organismo competente para conocer sobre DIH, y, principalmente, por la calificación del conflicto que es ÚNICA en su especie, en ningún otro lugar del mundo a un evento tan corto se lo ha calificado de CANI. Cabe recordar que al no ser la Comisión un organismo especializado ni mundial en DIH, esta jurisprudencia no tiene gran peso internacionalmente.3. Lo más importante es que la decisión tomada por la Comisión, no es de ningún modo «protectora de derechos» o desfavorable para el Estado Argentino. Y te voy a explicar por qué. El Derecho Internacional Humanitario es el llamado «ius in bello» como su nombre lo señala es el derecho que da la normativa dentro de la guerra, no prohíbe la guerra, la acepta como una realidad, simplemente la regula. Esto significa que permite y no castiga el ataque contra otros combatientes. Es por esto que a diferencia de lo que tú señalas el margen de aplicación es bastante alto, no todo cruce de balas está bajo DIH. No es flexible es este sentido, porque el hecho de que un evento sea calificado como campo de aplicación de DIH implica que un soldado puede matar a otro sin responsabilidades extras. Te cito un poco la sentencia:»Cuando los incursores atacaron el cuartel de La Tablada asumieron claramente el riesgo de encontrar una respuesta militar del Estado.  El hecho de que las fuerzas militares argentinas fueran superiores en número y dispusieran de mayor poder de fuego, y que lo emplearan contra los atacantes, no puede reputarse por sí mismo como violación de norma alguna del derecho humanitario.»»189. La Comisión desea hacer hincapié, sin embargo, en que las personas que participaron en el ataque contra el cuartel eran objetivos militares legítimos solo durante el tiempo que duró su participación activa en el conflicto.» (Si tienes tiempo lee también el párrafo 178 http://www.cidh.org/annualrep/97span/Argentina11.137d.htm )El campo de protección del DIH es menor que el de DDHH, si la Comisión no hubiese calificado de CANI a La Tablada el Estado Argentino hubiese sido encontrado culpable de la muerte de TODOS los subversivos, pero no, dado que la Comisión calificó el conflicto como CANI, encontró a Argentina culpable sólo de las muertes provocadas después de la rendición de los combatientes o después del conflicto como tal, las demás fueron consideradas justificables. Discúlpame, pero Froilán Jiménez estaba siendo parte activa de las hostilidades, al menos yo, lo vi corriendo armado en medio del combate, si esto fuera un CANI, su muerte fuera justificada y NADIE debería responder por la misma porque él era un combatiente. Un objetivo militar.Ahora, la violación al derecho a la vida y a la integridad personal (de los subversivos que sobrevivieron al evento y fueron ejecutados y torturados después) y la recomendación para que el Estado proporcione «mecanismos y garantías necesarias para realizar una investigación  independiente, completa e imparcial de los hechos acontecidos” se basa en DDHH y no en DIH. Tu señalas: «el Estado argentino fue condenado por violaciones a los DDHH bajo los principios del Derecho Internacional Humanitario.» Y esto no es cierto. DDHH y DIH son dos campos distintos del derecho, fue condenado por violaciones a los DDHH, no al DIH, no se le encontró culpable en ninguna de las acusaciones de delitos de DIH (párrafos 180-189). Qué significa esto, que las violaciones a los DDHH pueden ser condenadas aún cuando el «evento» no sea calificado como CANI, de hecho, repito, el DDHH prohíbe varios actos permitidos por el DIH.Te expliqué al inicio ciertas características de La Tablada que lo diferencian claramente del 30S. Pero tu señalas ciertas semejanzas: los combatientes, el lugar y  la duración.Sobre los combatientes: No te equivocas mucho al decir que los policías eran combatientes, es bastante discutible, pero incluso tenían un mando, una estructura jerárquica organizada y un objetivo común (que también son aspectos a tomarse en cuenta), pero tenían un plan a largo plazo? Para que sean combatientes es necesario que el grupo organizado tenga un plan, derrocar al Gobierno, esto era lo que se buscaba en La Tablada, planeamiento, no simplemente una decisión tomada de un momento a otro. Discúlpame, si me equivoco, pero creo que te he leído incluso a ti afirmando que el 30S inició simplemente como una queja, como una petición al presidente, no como un plan organizado desde hace meses con la colaboración de Yon Goicoechea y «derechistas» del país para derrocar al presidente.El lugar: El lugar no importa en la clasificación del conflicto. Entiendo que tu buscabas enfatizar que un ataque a un hospital está prohibido, pero no siempre (el articulo que usas no es el adecuado). Si fuera un CANI, el atacar un hospital desproporcionalmente y sin distinción fuera un delito de guerra. Bajo Derechos Humanos el sólo ataque se trata de una violación: salud y seguridad de las personas, ambiente sano y algunos más. De hecho, bajo mi criterio (formado en gran parte por varias sentencias de DIH) si el 30S fuera un CANI, el ataque al hospital (en las condiciones y con las consecuencias que tuvo) para sacar al «primer mandatario», el Estado de derecho y bla bla bla es un ataque proporcional o al menos esta afirmación es bastante defendible, por la definición del objetivo, por la relación medio-fin y por la táctica utilizada. Porque cómo tu lo señalas eso implica que estaba secuestrado (porque o sino sería un sinsentido); lo cuál es imposible de probar…. pero hay CANI si los policías no estaban organizados y no tenían un plan en marcha? La duración: Se usó el criterio en La Tablada, pero recuerda, es el único antecedente a nivel mundial, la Comisión no es un organismo especializado y tampoco mundial, es sólo regional. Los demás criterios señalan que la intensidad del conflicto va de la mano con su duración.Entiendo que no haces afirmaciones concluyentes, porque falta información del 30S, Correa cometió varios errores, y debería ser juzgado por cortes nacionales por esto (claro que después del juicio de El Universo esto es pedir ver cerdos volando) pero no bajo estándares de DIH, sino de DDHH. Por esto te señalaba que el DIH a diferencia de DDHH no se aplica siempre, y que lo que la Comisión hizo en La Tablada fue algo incorrecto, perjudicial para las víctimas. Bajo DIH, Correa se podría defender más, es una situación ventajosa para él. Por eso no estoy de acuerdo con que insinúes (tácitamente o no) que el 30S fue un CANI.Es más, te pregunto, después de todo esto… crees que convendría señalar que el 30S fue un CANI? y que se le aplica el DIH?  

  20. La ventaja  para Correa -como para los directivos del diario El Universo-, es que ni la sentencia del Juez Paredes constituye jurisprudencia en nuestro modelo de civil law ni la «coautoría coadyuvante» es compatible con el iter criminis tanto en el delito de injuria calumniosa como en los hechos del 30-S.

1 Trackback / Pingback

  1. Alguien no quiere que esto se sepa « @dbarrera

Los comentarios están cerrados.