Sobre la «prenda general»

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Quiero creer que no será tan radical la propuesta de eliminar del sistema legal a la llamada «prenda general»; si esta da derecho al acreedor para cobrar las deudas pidiendo el embargo y remate de bienes del deudor moroso -así no estén prendados o hipotecados- de abolirla completamente se llegaría a absurdos como que el SRI no tuviera cómo cobrar los impuestos a quienes no los pagan con alegría, que los bienes de padres que no cubren los alimentos de sus hijos quedarían intocados, o que fracasaría el postulado de recientísimas leyes financieras, que buscan cobrar las pérdidas de la banca cerrada incluso embargando bienes que «de público conocimiento» son de propiedad de los responsables, así no estén bajo su nombre. En fin, un inaceptable «pago si quiero».

Supongo entonces que la propuesta será más limitada, enfocándose en que los créditos hipotecarios para (¿la primera?) vivienda puedan ser pagados totalmente con la entrega del inmueble financiado, aun cuando su valor sea inferior al de la deuda. Pero esto es igualmente inaceptable. No solo porque a nadie puede obligárselo a recibir, en pago total, algo que vale menos de lo que se le debe, sino porque semejante sistema puede afectar a los depositantes o a los afiliados al IESS, con cuyo dinero se hacen los antedichos préstamos. Se agrava el tema cuando todo esto ni siquiera se ensaya para solucionar una inexistente crisis actual. Todo apunta a enmendar el error del discurso en España.

En todo caso, fundamental es la certidumbre y no la habrá sino cuando se conozca con exactitud la propuesta; más aún si, según se dice, no se concretará reformando el Código Civil sino con declaratoria de inconstitucionalidad parcial de dicho Código, para la que la Corte Constitucional tendrá que hacer malabares, salvo que deje sin medios de cobro a los acreedores sin garantía como el SRI, o se permita al deudor hipotecario hacer la dación en pago en cualquier momento y no solo durante un corto lapso desde que entró en mora, incentivando el alargue tramposo de los juicios con lo que, además de no pagar en efectivo, el «alquiler» resultará gratuito.

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