El Estado candidato

Por Hernán Pérez Loose
Guayaquil, Ecuador

En las últimas elecciones presidenciales en Venezuela el candidato Capriles fue derrotado por el Estado candidato. Sería ingenuo pensar que lo que hubo en ese país fue una campaña electoral y una elección entre dos ciudadanos por ganar la primera magistratura de la nación. Capriles en realidad no se enfrentó a Hugo Chávez, ni este último fue en realidad el candidato. A quien enfrentó Capriles es a un Estado candidato. Esta es la consecuencia obvia del proceso de total concentración de los poderes públicos que en Venezuela tiene para sí Chávez. El sistema judicial, la Fiscalía, la Función Legislativa, los organismos electorales, la contraloría, las superintendencias, las instituciones educativas, los entes de regulación económica, decenas de medios de comunicación, y buena parte de las llamadas sociedades intermedias, han estado y están sometidos no a los dictados de la Constitución ni de las leyes, y menos del derecho, sino a la voluntad y deseos del señor presidente.

La reelección presidencial consecutiva ha sido y es uno de los peores obstáculos para una sociedad democrática. En los países donde ella es permitida existe una compleja y severa legislación que busca disminuir la posibilidad de convertir al Estado en candidato, es decir, evitar que el presidente en funciones abuse de su situación de ventaja y ponga al Estado a su servicio. Cuando la Corte Constitucional de Colombia rechazó una demanda de inconstitucionalidad contra el proyecto de referéndum que le iba a abrir el paso a la reelección inmediata de Uribe, lo hizo imponiendo condiciones. Entre ellas, exigió que en el evento de que la reforma sea aprobada ella no entrara en vigencia hasta que el Congreso apruebe una ley especial con el objeto de controlar al máximo la campaña electoral del presidente. En Estados Unidos el presidente en funciones no puede usar ni los teléfonos de la Casa Blanca para abordar asuntos de su campaña de reelección. Tiene a la Contraloría prácticamente al acecho. Si por razones de seguridad debe usar bienes públicos durante la campaña electoral tiene que pagar por ellos. Si el presidente ha optado por lanzarse a la reelección debe entonces ponerse en la misma posición que los otros candidatos. El uso propagandístico de los medios a guisa de “informar” al país no solo que está prohibido sino que es éticamente impensable que se le ocurra hacerlo.

Para evitar estos recovecos legales y riesgos políticos otras naciones han preferido una solución más simple: prohibir la reelección inmediata. En Panamá, la Constitución permite la reelección, pero luego de dos periodos presidenciales, es decir, ocho años. En Honduras no solo que está prohibida la reelección inmediata sino que es causal de enjuiciamiento penal al presidente que en funciones abierta o indirectamente busque su reelección. El expresidente Zelaya fue removido precisamente por violar esta prohibición. En la Antigua Grecia, que algo sabía de democracia, el solo intento de continuismo en las funciones públicas se sancionaba con el ostracismo.

En las sociedades democráticas no debe haber lugar para los estados candidatos.

* El texto de Hernán Pérez ha sido publicado originalmente en El Universo.

Más relacionadas

3 Comments

  1. ESTE ES EL ABOGADO DE LA OXI, EL TRAIDOR A LA PATRIA, EL QUE QUIERE QUITAR EL DINERO A LOS ECUATORIANOS PARA SUS BOLSILLOS Y LA OXI SIN IMPORTARLE A LOS ECUATORIANOS, ESTE PERSONAJE NAFASTO QUIERE DAR CLASE DE MORAL, QUE SINVERGUENZA,

    • Lejos de crear polémica, necesito hacer la siguiente reflexión ante los que denostan a Pérez con ese argumento que me deja atónito: ¿es ilegítimo ser abogado de un privado -sea la Oxy o sea un ciudadano común- cuando aspira demandar al Estado por una actuación arbitraria que causó perjuicios? Creo que la respuesta se contesta por sí sola. Los abogados no «venden» a la Patria por el hecho de defender a una parte que la demanda. Esa es su profesión. La culpa la tiene el mismo Estado por cometer atropellos sin evaluar las posibles consecuencias económicas de sus actuaciones. Véase atropellos a soberanía o a privados, eso sí es relativo: http://www.eluniverso.com/2012/10/16/1/1363/ecuador-vs-occidental.html. Y por último, la sentencia no la da el mismo abogado, sino un Tribunal Arbitral.
      El autor de este artículo es de los mejores juristas del país. ¿Será por eso que gana la mayoría de las veces, incluyendo al Estado? Creo que sí. Saludos.

  2. Cuando hablemos de la OXI podemos acusar a este o a otro. Pero no cuando estamos hablando de elecciones, reelecciones y de Venezuela. Fuera de lugar el ataque a Pérez, por ser una maniobra burda para evitar el tema de discusión

Los comentarios están cerrados.