¡Vivan los morosos!

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

En el proyecto de ley recién aprobado por la Asamblea, ahora en manos del Ejecutivo, en el que se pretende borrar del mapa a los burós de crédito, se ha introducido subrepticiamente, como al descuido, un intento de reformar el Código Civil que, de tener éxito, constituiría un vergonzoso fomento a la trampa de los deudores morosos. Un descarado incentivo a la mora. Se trataría de que, en los casos en que una deuda esté vencida por más de seis meses, cualquier pago que se haga se impute primero al capital, y no a los intereses devengados y vencidos, como es ahora y como debe seguir siendo.

Comienzo por lo de subrepticio: ni en el proyecto original, ni en los informes que para el primero y el segundo debate presentó la comisión de lo económico de la Asamblea, consta semejante intento de reformar el Código Civil, que sí aparece en cambio deslizado al final del proyecto definitivo enviado al Ejecutivo, bajo el título de disposición reformatoria novena. Muy claro es entonces que, aun asumiendo que en el segundo debate algún diputado ocurrido hubiese propuesto incorporar la pretendida modificación al Código Civil, esta no siguió el trámite establecido por la Constitución, que exige dos debates en el pleno (artículo 137). La inconstitucionalidad por la forma es irrebatible.

Pero no solo es cuestión de forma. En el fondo, es inmoral un sistema que incentiva a que las deudas no se paguen cumplidamente. Es inmoral dar el mensaje de que no hay problema en dejar vencer deudas para luego de seis meses pagar el capital, a sabiendas de que los intereses (cuyo pago también está atrasado) no generan nuevos intereses, pues el resultado de no pagar es igualito al de pagar a tiempo.

En todo caso, si tan bueno es premiar en esa forma a los morosos, ¿por qué, para ser coherentes, no se atrevieron a proponer que también se reforme el artículo 47 del Código Tributario, que al igual que hasta hoy el Código Civil, dice que en caso de atrasos los pagos se imputan primero a los intereses y luego a los impuestos adeudados? Al menos así se trataría de la misma forma a todos los acreedores, respetando el principio constitucional de la igualdad ante la ley.

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2 Comments

  1. Por favor, dando lecciones de moral al quien nunca la ha conocido, realmente es perder el tiempo, si, porque ahora la honestidad es un defecto, no una virtud, tal como dice el tango «el que no llora no mama, y el que no afana es un gil». O tempora, o mores.

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