Cristina y la Corte Suprema de EE.UU.

Hernán Pérez Loose
Guayaquil, Ecuador

Por su naturaleza las decisiones de los altos tribunales nacionales de justicia tienen un impacto limitado a sus fronteras jurisdiccionales. Si bien algunos de estos tribunales causan estupor con ciertas decisiones que evidencian una ignorancia pasmosa y un servilismo bochornoso, la mayoría de ellos cumple con seriedad el rol que sus sistemas políticos les ha asignado. Pero no pasan de ello.

Hay, sin embargo, algunos tribunales de justicia cuyas decisiones pueden llegar a producir efectos internacionales relevantes. Este es el caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos. Ora por el prestigio de sus magistrados, ora por su tarea de interpretar la primera constitución escrita de la época moderna que ha servido de modelo al mundo, o simplemente por el lugar que ocupa esa nación en el ajedrez internacional, lo cierto es que en no pocas ocasiones sus sentencias ejercen un impacto que va más allá de sus fronteras.

El más reciente ejemplo es el caso República Argentina c. MNL Capital, cuyo desenlace ha concitado la atención, y hasta el temor no solo del gobierno argentino sino de muchos otros así como del FMI y de Wall Street.

Todo comenzó cuando Argentina entró en default allá por el año 2001 durante una de sus recurrentes crisis financieras. Tres años más tarde, luego de serias tensiones, Buenos Aires propuso un plan de reestructuración de su deuda. El plan implicaba canjear los bonos de la deuda impaga por nuevos bonos clasificados según el castigo de su valor, el interés que producirían y el plazo de su pago. Aunque muchos acreedores accedieron al plan a regañadientes, varios se negaron a aceptar la oferta y optaron por esperar nomás su vencimiento para demandar judicialmente su pago según lo pactado originalmente.

Y así sucedió. El año pasado un fondo de inversión que había adquirido bonos originales con descuento demandó a Argentina ante un juez federal en Nueva York su pago completo. El juez aceptó la demanda y ordenó a Argentina no discriminar entre los nuevos y anteriores tenedores de bonos. Una deuda es una deuda, dijo. La decisión causó un terremoto no solo en Buenos Aires, que veía desbaratarse el arreglo con sus acreedores, sino también en Wall Street. La decisión implicaba desconocer la validez de las reestructuraciones de deudas soberanas; una práctica comúnmente aceptada y de mucha rentabilidad aunque de dudosa legitimidad como todo incumplimiento contractual.

La orden fue apelada, pero para sorpresa de muchos fue confirmada por la respetada Corte Federal de Apelaciones del Segundo Circuito. Los magistrados aceptaron suspenderla cuando Argentina anunció que recurriría a la Corte Suprema. Pero esta última no está obligada a conocer de todas las peticiones que recibe. Su decisión depende de muchos factores. La semana pasada el gobierno francés presentó un inusual amicus curiae respaldando la tesis argentina. La Corte probablemente invite al gobierno estadounidense a expresar su opinión. Pero nada de ello garantiza que acepte conocer el petitorio, y menos de cómo será su decisión final.

* El texto de Hernán Pérez ha sido publicado originalmente en El Universo.

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