Una superintendencia inconstitucional

Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social se apresta a elegir Superintendente de Información. La Superintendencia de Información fue creada por uno de los diecinueve artículos introducidos a última hora en el texto de la Ley Orgánica de Comunicación. Esos artículos nunca fueron conocidos por quienes discutieron la ley y no la votaron y, desde luego, tampoco fueron conocidos por los asambleístas que nunca la discutieron y, sin embargo, después la aprobaron con su voto en la Asamblea Nacional.

Los consejeros de ese organismo no pueden ignorar que sobre la Ley Orgánica de Comunicación se han presentado dos alegatos de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, y que se ha demandado la suspensión de la aplicación de la ley, entre tanto esa Corte no se pronuncie sobre el contenido de los mencionados alegatos.

Recuerden los consejeros que la creación de Superintendencia de Información nunca fue consultada a la ciudadanía en el referendo del 7 de mayo de 2011. Es una creación extraña y peligrosa que, junto a otros instrumentos, colma de inconstituiconalidad de forma y fondo a la Ley Orgánica de Comunicación.

En la demanda presentada a la Corte Constitucional por sesenta ciudadanos, se ha alegado que igual que el Consejo de Regulación, la Superintendencia de la Información es un organismo que afecta gravemente derechos constitucionales y tratados internacionales que protegen el derecho a la comunicación y el flujo de información indispensable para la existencia de un Estado democrático. «Se vulnera de manera particular la garantía del derecho al debido proceso, establecida en el literal k) del numeral 7, del artículo 76 de la Constitución, cuando se permite que juzguen órganos especiales, ajenos a la Función Judicial», subraya la alegación.

Los consejeros miembros del Consejo de Participación Ciudadana deben inhibirse de legitimar la aplicación de la Ley Orgánica de Comunicación , y no pueden conformar la Superintendencia de Información entre tanto la Corte Constitucional no se pronuncie declarándola inconstitucional, en garantía de la eficacia y la sumpremación de la Constituicón de la República del Ecuador.

22 de septiembre de 2013

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