El seguro de desempleo

Imagínese usted que su casa está en medio de un bosque que se está incendiando; y que, debido a que los bomberos están muy lejos, es muy probable que no lleguen a tiempo para salvar toda casa. Claro está, usted hará lo posible por salvaguardar su casa y tomará las medidas necesarias para protegerse, pero el incendio es tan grande que es muy probable que al menos parte de la casa se queme. Es ahí, justo en ese momento, cuando observa que el incendio está cerca, que se le ocurre buscar contratar un seguro contra incendio. Es obvio que ninguna empresa aseguradora en su sano juicio sería capaz de brindarle un seguro, probablemente le queden viendo como a un loco y piensen “cómo no se le ocurrió asegurar su casa antes cuando no había ningún problema”.

Pues ese es precisamente el problema con el famoso seguro de desempleo. De forma clara nuestra Constitución señala como uno de los deberes de la Seguridad Social el protegernos en contra de la contingencia del desempleo. Es decir, tanto el gobierno como los legisladores debían desde el 2008, haber buscado una fórmula normativa eficaz para que el IESS pudiese cubrir dicha contingencia; pero no, hemos tenido que esperar a vernos con la crisis a la vuelta de la esquina, para en este momento, tratar de buscar un seguro que mitigue esa crisis.

El problema es aún más grande cuando quienes sí estamos afiliados al IESS, de acuerdo a lo señalado en el proyecto, seremos quienes actuemos como aseguradores, pues será de nuestros porcentajes de aportación que saldrá el fondo para el seguro de desempleo. Es decir, de pronto, nuestros bolsillos se van a convertir en aquella aseguradora capaz de cubrir una contingencia que no debería ser cubierta por el alto riesgo que esta acarrea en estos momentos.

Se dice que no importa, que el seguro de desempleo no hace más que reemplazar a la cesantía, sin embargo, no se explica cómo solventar todos los vacíos que se crean al tratar de realizar aquello. Empezando por el mismo vacío constitucional que se crea al no reconocer que el artículo 369 de nuestra Constitución diferencia claramente las contingencias de desempleo y cesantía.

Ahí es cuando cabe la pregunta ¿por qué no se lo hizo antes?, por qué no fue el Estado quien, con los excedentes que se recaudaron cuando los precios del petróleo estuvieron por sobre lo presupuestado, buscó crear un fondo de aportación para asegurar la contingencia del desempleo.

Pero bueno, como se dice por ahí, no tiene sentido llorar por la leche derramada. No se ahorró cuando se pudo, cuando se debió hacerlo para ayudar a la Seguridad Social a cubrir todas las contingencias que señala la Constitución. Pero ahora se busca un remedio que será peor que la enfermedad si se llega a dar.

Los legisladores todavía están a tiempo de corregir el proyecto enviado por el Ejecutivo, deberán observar que su fin como representantes del soberano es proteger nuestros derechos. Espero que así lo hagan, que no terminen menoscabando derechos de quienes sí han sabido ahorrar.

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