Atropello a Lilian Tintori

<strong>Jorge G. Alvear Macías</strong> <em>Guayaquil, Ecuador</em>

La soberanía no es excusa para evitar compromisos sobre derechos humanos, ni puede ser manto para proteger a tiranos y criminales de guerra.

Si bien la ampulosa Ley de Movilidad Humana (art. 49) señala que los visitantes temporales no podrán inmiscuirse en asuntos de política interna del Ecuador, la mera intención de hacerlo no constituye causal para negarle a un extranjero el ingreso al país. Esto, porque de producirse la falta migratoria –realizar actividades diferentes a las permitidas en la visa o categoría migratoria–, únicamente cabría aplicar una multa; y, de reincidir el visitante, entonces sí cancelarle la condición migratoria. Es decir, una vez otorgada la visa y no antes.

Pero a Lilian Tintori se le negó la visa de turista porque supuestamente “admitió… que venía a Ecuador a participar en una agenda política por invitación del candidato Guillermo Lasso (CREO)”. Mas, esa razón no constaría en el parte oficial…

El caso es que al país han ingresado temporalmente otros extranjeros con propósitos que pueden enmarcarse en ese enunciado amplio de “inmiscuirse en asuntos de política interna del Ecuador”, pues han sido invitados o autorizados por el régimen para asesorar o publicitar en materia política o expresar apoyo al oficialismo, actividades que se acercan más al amplísimo concepto del impedimento indicado. Me refiero a los españoles que intervinieron en la redacción de la Constitución de Montecristi o con asesoría en la Corte Constitucional o en políticas públicas; también al chileno Patricio Mery, identificado por Martín Pallares como: “…parte del aparato de choque del sistema de propaganda del Gobierno. Desde sus cuentas en redes sociales ataca a periodistas críticos, insulta a usuarios a los que no les gusta el Gobierno, alaba por todo al presidente Rafael Correa, defiende las obras de la revolución ciudadana y promociona las cuentas de los candidatos del Gobierno…”. De la lista no excluyo a Jorge Gestoso (argentino), Piedad Córdoba (colombiana), ni a la tristemente célebre Tibisay Lucena (venezolana), a quien en Venezuela culpan de la manipulación de sus últimos comicios y cuya presencia en Ecuador aumentó la desconfianza del proceso electoral del 19 de febrero.

Acuso de grotesca la inadmisión de Tintori. Ella no incurrió en ninguna de las causales de inadmisión de un extranjero, de la Ley de Movilidad humana (art. 137). Además, no se cumplió el procedimiento establecido en dicha ley rimbombante, que enuncia entre sus principios los de Ciudadanía universal, Libre movilidad humana, Igualdad ante la ley y no discriminación (¿por qué la inadmisión de Tintori y no la de Iglesias, Gestoso, Córdoba, Mery y Mujica?).

Con la esposa de Leopoldo López se vilipendió una Ley que curiosamente publicitaba el canciller en España esta semana. En especial, el principio Pro-persona en movilidad humana, que reza: Las normas de la Ley “serán desarrolladas e interpretadas en el sentido que más favorezca a las personas en movilidad humana, con la finalidad que los requisitos o procedimientos no impidan u obstaculicen el ejercicio de sus derechos…”. Claro, solo se aplica a amigos del régimen. (O)

Este artículo ha sido publicado originalmente en el Diario El Universo.

 

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