Responsabilidad limitada de los accionistas, el mayor descubrimiento de todos los tiempos

El 26 de septiembre de 2012 en el Registro Oficial Suplemento 797 se publicó la Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales, y fue esta Ley la que sirvió de pretexto a una serie de procesos en los cuales se atribuyeron responsabilidades a los socios de las compañías sin antes haberse levantado el velo societario de las mismas y menos aún sin haberse probado que éstas habían sido utilizadas para defraudar a los terceros.

Claramente esto fue un retroceso y un desconocimiento total de las instituciones del Derecho societario y de las bondades que brinda la responsabilidad limitada de los socios.

Lamentablemente, el Ecuador sigue en el mismo camino de desconocimiento de las instituciones del Derecho societario, en este sentido, el Ejecutivo ha enviado el Proyecto de Ley Orgánica para impulsar la reactivación económica del Ecuador, y en lo que respecta a las sociedades en el Ecuador, se vuelven a “cargar” la teoría de la responsabilidad limitada de los accionistas y la transforman nuevamente en responsabilidad ILIMITADA. Ver a este respecto, las reformas al artículo 27 del Código Tributario.

En 1911 una persona le pidió al famoso filósofo Nicholas Murray Butler, ex presidente de la Universidad de Columbia y ganador del Premio Nobel de la Paz, que nombrara el invento más importante de la era industrial. “¿El vapor, quizás? ¿La electricidad? No, respondió, ambos quedarían virtualmente impotentes sin otra cosa, que él llamó el mayor descubrimiento de todos los tiempos modernos”.

El filósofo se refería a las sociedades de responsabilidad limitada.

¿Por qué fue esta la respuesta del filósofo? Fácil, porque sin el invento de los juristas de la época de permitir poner límites a la responsabilidad de los inversionistas, nadie hubiera invertido. Es sencillo, las personas no invertirían en un nuevo emprendimiento si al hacerlo todo su patrimonio se pudiera ver afectado. El ejemplo paradigmático es el siguiente: una persona con un patrimonio importante jamás invertiría en una participación pequeña o mediana (donde no va a tener el control) de un emprendimiento, si producto de esa inversión estaría poniendo en riesgo todo su patrimonio, es decir, su casa, sus carros, sus ahorros; en otras palabras, el bienestar de su familia.

Es por ello, que la responsabilidad limitada tiene una importancia vital en el desarrollo de las economías, sin este invento, habría menos emprendimiento, menos innovación y haría más complicado el financiamiento de las empresas. Esto último es lo que determina que una compañía pueda tener recursos con los que financiar proyectos de inversión que, en última instancia, puedan generar trabajo, riqueza y bienestar social.

En síntesis, la responsabilidad limitada reduce los costos de agencia entre: a) los socios y la administración, b) los socios entre sí; y, c) los costos de vigilancia de los acreedores sociales (acreedores institucionales, bancos, cooperativas de ahorros y crédito, etc.)

Es de vital importancia que nuestro legislador entienda lo necesario de estudiar la deseabilidad económica de las leyes y la afectación directa que tiene sobre la economía.

En el Ecuador, en lugar de proteger el emprendimiento, la innovación y el financiamiento, se lo restringe cada día más.

Más relacionadas