Medios por suscripción también deberán desinvertir

El reglamento de la Ley Orgánica de Comunicación ya tuvo su primera reforma el pasado lunes, mediante decreto ejecutivo firmado por el presidente Rafael Correa.

Para evitar “interpretaciones equivocadas” Correa modificó –mediante el decreto 399– la disposición cuarta del reglamento, para que los servicios de audio y video por suscripción que tengan autorización para la operación de un canal local apliquen la desinversión de propiedad y capitales en temas no relacionados con la comunicación y actividades conexas, en un plazo de dos años, informa hoy diario El Universo.

Antes de ser reformada, la disposición pedía que se desvinculen de actividades no relacionadas con la comunicación solo a los titulares de los medios nacionales, sus directores y accionistas; ahora, esta se extiende a los canales por suscripción, señala el documento.

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