Rivadeneira recuerda que las amas de casa pueden afiliarse desde esta semana

Gabriela Rivadeneira en entrevista el viernes 2 de octubre de 2015. Foto: Asamblea Nacional

La presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, recordó que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) expidió el reglamento y estableció el proceso para que trabajadoras no remuneradas del hogar puedan afiliarse, a partir de esta semana. Esta posibilidad se ejerció una vez que la legislatura aprobó en abril de este año la Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar.

Rivadeneira hizo referencia a varias temáticas encaminadas a defender los derechos de las amas de casa, de los dirigentes sindicales y trabajadores en general.

Sobre el trabajo no remunerado en el hogar aclaró que el aporte será para el acceso al derecho de jubilación por vejez o muerte, pero no para salud.  Nuestra principal intención es que las mujeres no mueran en la miseria, porque en cuanto a salud los ecuatorianos tenemos este servicio gratuito en todo el territorio, a través del Ministerio de Salud Pública (MSP), explicó.

La presidenta aclaró que las contribuciones se realizarán de acuerdo con el ingreso familiar. Explicó que cuando éste sea menor al 50% del Salario Básico Unificado (SBU) la beneficiaria aportará dos dólares y el Estado 9, 73 dólares. Si ahora se aplicaría esta jubilación la amas de casa recibirían 75 dólares mensuales por jubilación. Dijo que conforme mejore la situación económica de la mujer mejora su aporte y disminuye el subsidio del Estado. La jubilación podrá efectuarse después de que la mujer cumpla 240 aportaciones, afirmó.

La ley regula las grandes diferencias entre lo que gana el empleador principal y el colaborador de menor jerarquía, aseveró, al advertir que no puede haber justicia mientras un gerente gane 40 o 45 mil dólares frente al sueldo básico unificado de un obrero que trabaja en una misma empresa. Le corresponde al Ministerio de Relaciones Laborales establecer un mecanismo por rama o naturaleza para definir cuáles son esos techos. Como Asamblea estaremos expectantes de que el artículo 133 de esta ley se cumpla y tendremos que revisar cuál es la política que aplica esta cartera de Estado para cumplir esta norma, acotó.

Gabriela Rivadeneira también se refirió al techo de utilidades que se incluye en la ley. Manifestó que este instrumento jurídico establece que las mismas no pueden compensar un salario digno, sino que deben ser un apoyo. Lo fundamental es que el empleador debe garantizar un salario mensual que represente el sacrificio de cada colaborador. De esta manera la normativa fijó un máximo de utilidades de 24 SBU y el excedente lo cobrará el IESS para financiar las jubilaciones de las amas de casa. Todos estamos aportando para que sea una sociedad de justicia social, reiteró.

En otros temas manifestó que la ley ampara a las mujeres embarazadas para que no puedan ser despedidas por estar en esta condición y sanciona a quienes cometan esta ilegalidad con la reinserción de la perjudicada y una indemnización correspondiente a un año de trabajo. Además pretende que no se cometan estas violaciones con los dirigentes laborales y a otras personas por razones de diversidad de género, etnia o discapacidades. Entre tanto, en cuanto a la garantía solidaria del Estado, informó que en la Ley se estableció que en el caso que el IESS requiera un aporte del Estado éste será de hasta el 100% y no del 40%, como lo mandaba la norma anterior. (I)

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