Correa reforma disposición sobre límite de endeudamiento público

Bahía de Caráquez (Manabí), 11 de octubre 2016.- El Presidente de la República, Rafael Correa, mantuvo un conversatorio con medios de comunicación nacionales para informar sobre la agenda cumplida en la provincia de Manabí. Foto: Eduardo Flores / Presidencia de la República

Quito.- El presidente de la República, Rafael Correa Delgado, expidió el Decreto Ejecutivo No. 1218 en el cual reforma el Reglamento del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, específicamente el artículo sobre el endeudamiento público. 

El artículo en mención es el 135 de ese cuerpo legal y en él se establece que el Ministerio de Finanzas está encargado de vigilar que el endeudamiento de los entes del sector público, en su conjunto, no sobrepasen el 40% del Producto Interno Bruto (PIB), como ordena la constitución.

A esa disposición, se le deberá agregar la frase: «para lo cual, el cálculo respectivo se lo efectuará sobre la base de los Estados Consolidados de Deuda Pública correspondiente a cada ejercicio fiscal, de conformidad con el Manual de Estadísticas de las Finanzas Públicas del Fondo Monetario Internacional.»

En definitiva, se da una modificación para el mecanismo de cálculo de la deuda pública. El decreto también modifica los artículos 70, 130, 133, 148 y 160 de ese reglamento. (I)

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