Crean Comité para la recuperación y rescate de Portovelo-Zaruma

Foto de Archivo.

El presidente de la República, Lenín Moreno, firmó anoche el decreto ejecutivo 169 en el cual crea el Comité para la Remediación, Recuperación y Fomento Productivo del área minera de Portovelo-Zaruma.

En el artículo 2 de este decreto se establece que ese comité «estará integrado por los siguientes miembros permanentes, quienes actuarán con voz y voto» y son:

La o el Ministro del Interior, quien lo presidirá; la o el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo; la o el Ministro de Minería; la o el Ministro de Ambiente; la o el Ministro de Salud Pública; la o el Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda; la o el Ministro de Industrias y Productividad; la o el Ministro de Inclusión Económica y Social; la o el Secretario de Gestión de Riesgos; la o el Secretario del Agua; la o el Alcalde de Zaruma; y la o el Alcalde de Portovelo.

Se agrega que: «El comité podrá invitar a otras entidades públicas y privadas, organizaciones sociales y de la academia afines a la temática para recibir asesoría específica. De igual manera el comité podrá desarrollar mecanismos de participación ciudadana, de manera que las poblaciones de Zaruma y Portovelo puedan conocer y participar de las definiciones adoptadas por el presente órgano colegiado».

Ese comité presentará informes periódicos de su gestión al Presidente de la República o cuando este los solicitare.

En el artículo 3 se señala que ese comité tendrá las siguientes atribuciones: «1. Aprobar el Plan Estratégico Emergente de remediación, recuperación y fomento productivo del área minera de Portovelo-Zaruma y el presupuesto para su ejecución; 2. Identificar y priorizar políticas, planes, programas y proyectos que coadyuven al cumplimiento de los fines del Comité que no estén previstos en el Plan; 3. Coordinar intersectorialmente con los actores públicos y privados la implementación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos para la remediación, recuperación y fomento productivo del área minera de Portovelo-Zaruma; y 4. Monitorear y evaluar el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos para la remediación, recuperación y fomento productivo del área minera de Portovelo-Zaruma.

El presidente del comité, según el artículo 4, tendrá las siguientes atribuciones: «1. Dirigir las políticas, planes, programas y proyectos para la remediación, recuperación y fomento productivo del área minera de Portovelo-Zaruma, en coordinación con la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo; 2. Requerir información, asesoría técnica, disponer la participación de cualquier entidad pública de la función Ejecutiva, y solicitar la participación de gobiernos autónomos descentralizados, organizaciones de la sociedad civil, academia, entidades privadas u organismos internacionales; 3. Conformar equipos intersectoriales de trabajo; 4. Denunciar y solicitar a las autoridades competentes la toma de acciones pertinentes, entre otras, aquellas tendientes a sancionar a los responsables de actividades mineras dentro del área minera Portovelo-Zaruma; y 5. Coordinar las acciones que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del comité.

El artículo 5 señala que el comité ejecutará sus acciones a través de los siguientes ejes fundamentales: remediación, recuperación y fomento productivo.

En la disposición transitoria única se establece el plazo de tres meses para que esté listo el Plan Estratégico Emergente de remediación, recuperación y fomento productivo del área minera de Portovelo-Zaruma. (I)

  • Fuente Diario El Universo

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