CorteIDH condena a Perú por desaparición forzada de 15 campesinos en 1991

Mujeres piden justicia por campesinos desaparecidos. Foto de Archivo, La República.

San José, (EFE).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado peruano por la desaparición forzada de 15 campesinos, entre ellos niños y una mujer embarazada, ocurrida en la comunidad de Santa Bárbara (centro) en 1991, informó hoy el tribunal.

«Los hechos fueron cometidos el 4 de julio de 1991 por miembros del Ejército peruano, en la ejecución de un operativo militar que tenía como fin incursionar en la localidad de Rodeopampa, comunidad de Santa Bárbara, y ‘capturar y/o destruir’ elementos terroristas, todo ello en el contexto del conflicto armado peruano», indicó la CorteIDH, con sede en San José de Costa Rica.

El tribunal agregó que los hechos formaron parte de «una práctica sistemática de violaciones de los derechos humanos, entre ellas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas de personas sospechosas de pertenecer a grupos armados al margen de la ley».

Entre las víctimas de este caso figuran adultos, una mujer embarazada y siete niños con edades entre los ocho meses y seis años de edad.

La Corte determinó que las 15 víctimas fueron privadas de libertad por agentes estatales y permanecieron bajo custodia estatal mientras fueron trasladadas a una mina abandonada llamada «Misteriosa» o «Vallarón», según la sentencia.

Agregó que «en dicho lugar, las víctimas fueron introducidas al interior del socavón y acribilladas con fusiles por los efectivos militares y casi de inmediato fueron inmolados sus cuerpos mediante la detonación de cargas de dinamita, provocando su fraccionamiento».

Los jueces determinaron que existió una negativa del Estado peruano a reconocer la detención, así como de proporcionar información sobre el destino de las víctimas y revelar su suerte.

La CorteIDH resolvió que Perú violó los derechos a la vida y la libertad personal de las víctimas y que incurrió en una falta de debida diligencia en las investigaciones de estos hechos, que incluyó pérdida de evidencias, y además hubo obstaculizaciones a la debida investigación por parte del Ejército.

La sentencia ordena al Estado llevar a cabo las investigaciones necesarias para determinar, juzgar y sancionar a los responsables de las desapariciones e iniciar las acciones necesarias tanto para la exhumación como la identificación de los restos humanos localizados en la mina «Misteriosa» o «Vallarón».

«Por otra parte, tras una reapertura de la investigación en la jurisdicción ordinaria, el Estado incurrió en faltas de debida diligencia en la recaudación de prueba y la ubicación y captura de reos prófugos», añade el fallo.

Y prosigue: «así como en una demora prolongada que permanece hasta la fecha, en el esclarecimiento de todos los hechos del caso y la determinación del paradero de las víctimas desaparecidas».

La Corte también ordenó reparaciones económicas para los familiares de las víctimas.

La sentencia, notificada el viernes a las partes y publicada hoy en la página web de la Corte, es de acatamiento obligatorio para el Estado.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA). EFE

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