Verdades a medias sobre el aborto

Ángel Eduardo Gaibor

Guayaquil, Ecuador

Hace algunos años, en una clase de argumentación jurídica, nos refirieron sobre “la verdad a medias”, es decir una verdad, pero que tiene un trasfondo de mentira; y, cuyas  consecuencias pueden ser perjudiciales porque logran convencer al receptor, por esa cuota de verdad que poseen. David Welch, en su libro sobre la propaganda del régimen Nazi, comentaba cómo Goebbels utilizaba el recurso de las medias verdades para convencer sobre su mensaje político.

He ofrecido esta pequeña introducción al lector, porque estas medias verdades (intencionadas o no) continúan siendo un recurso en el debate de temas polémicos, y en la Asamblea Nacional no es la excepción. Actualmente, se debate la reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP), entre las cuales hay una para despenalizar el aborto, y las verdades a medias empañan el debate. Es por esto, que enumeraré algunas de ellas:

  1. El aborto es una de las principales causas de muerte de mujeres en el Ecuador, y por esto es apremiante despenalizarlo.

Esta media verdad es muy común, tanto así que quienes están a favor de despenalizar el aborto ofrecen una cifra: el 15,46% de las muertes maternas son causadas por aborto, según el Ministerio de Salud.  Quienes la sostienen, tienen la intención de hacernos  creer que se trata de cientos de miles de mujeres las que mueren por esta causa. Sin embargo, lo que omiten es que a este porcentaje solo le corresponden 17 casos, de los cuales 8 corresponden a embarazos ectópicos (no abortos por violación ni consentidos), y solo 4 son abortos sépticos. [1] Además, el aborto no está ni entre las diez primeras causas de muerte de mujeres en el Ecuador, pues su lugar es la número 70, con 4 casos.

    2.- La despenalización del aborto disminuye su práctica

Esto no es una media verdad, si no mentira entera, y para rebatirla, solo basta conocer las cifras de países que ya despenalizaron el aborto, como Uruguay. Según las cifras del Ministerio de Salud de ese país, en el año 2013, cuando se legalizó el aborto, se practicaron 7 171; en el 2014, 8 537; y en el 2017; 9830.[2] España es otro ejemplo. En 1987, cuando se recogieron las primeras cifras por parte del Ministerio de Salud, se registraron 16766 abortos. Veinte años después, esta cifra aumentó a 113031, es decir, 600 % más. Por tanto, las cifras muestran como posterior a la despenalización del aborto, ésta práctica no disminuye, si no que aumenta.

    3.- Las niñas y adolescentes son criminalizadas por abortar  

Es muy común que los grupos pro aborto, en el intento de convencer sobre su despenalización, utilicen el dolor de las víctimas de violación y recurran al engañoso argumento que las niñas y adolescentes, a más de ser violadas, corren el riesgo de ser judicializadas. En adición, esgrimen y vociferan la dolorosa cifra de 18 mil casos de violación a menores de edad ocurridos en 4 años. Es parte del discurso, lograr convencer a las personas de que existe una conexión necesaria entre los miles de casos de violación y el aborto, planteando éste último como si fuera una solución.

Las niñas y adolescentes no pueden ser judicializadas, ya que de acuerdo al artículo 38 del COIP, las menores de edad son inimputables penalmente, es decir, no pueden ser procesadas por ningún delito, entre ellos el aborto.

 4.- Esta reforma no permitirá el aborto libre

Algunos asambleístas que promueven la postura de la despenalización, sostienen que esta reforma al COIP no permitirá el aborto libre, dado que solo se permitirá en determinadas circunstancias. Aquí es importante puntualizar que tanto los medios de comunicación como los asambleístas (de ambas posturas), se han dedicado a debatir sobre una y no las cuatro causales restantes por las que se legalizará el aborto. Estimado lector, es más que probable que usted haya escuchado ese argot popular: hecha la ley, hecha la trampa. Y es que esta reforma legal no es la excepción. La quinta causal por la que se legalizaría el aborto es: la inseminación no consentida.

Es probable que usted se pregunte cual es el sentido y alcance de esta causal, y es lamentable, ya que esto no lo explican ni los asambleístas, ni la misma reforma per se. Primero, la inseminación no solo puede darse se forma artificial, sino en una relación sexual natural. Segundo, los defensores de esta propuesta han sostenido que esta causal se refiere al delito “inseminación no consentida” establecido en el artículo 164 del COIP, en el que sí se indica que este delito se da cuando la inseminación es artificial y forzada; pero lo que no dicen los grupos pro aborto, es que en la causal que permitiría el aborto, no se establece si la inseminación seria artificial o natural, por tanto, ¿cuál será el alcance de esta reforma? 

Y es que es esta causal la que contempla el aborto libre, ya que es precedida por una relación sexual consentida en la que la mujer podría alegar posteriormente que no consintió la inseminación propia de la misma.  Por esta razón los requisitos para acceder al aborto libre serían menores, incluso nulos, pues en principio, bastaría demostrar que no se buscaba la inseminación de una relación sexual; extremo que con una simple observación, nos permitiría concluir que basta la sola voluntad de la mujer para decir si fue o no consentida la inseminación, que incluso, puede que durante la relación sexual quisiera la inseminación, pero una vez culminada, no.

5.- La despenalización del aborto no significa legalizarlo

Algunos asambleístas y líderes políticos como María Mercedes Cuesta o Jaime Nebot, de manera paradójica, afirman que están en contra del aborto y que se debe defender la vida desde la concepción, pero, al mismo tiempo, defienden la despenalización del aborto en los términos expuestos en la reforma al código penal. Unos alegan que despenalizarlo no significa legalizarlo. Esto es una clásica verdad a medias. Ofrecen una verdad a medias al inicio, y después del pero, continúa la verdad completa.

Es importante indicar que su despenalización tiene como consecuencia que sea el Estado quien practique el aborto a aquella mujer que arrastra el dolor de una violación o que alegue una inseminación no fue consentida, y que en lugar de recibir ayuda médica y psicológica, cargue con la vida de quien llevaba en el vientre.

Todas estas medias verdades, que son tan o más peligrosas como las mentiras, oscurecen aun más el debate de este tema tan controvertido ya que no se ofrecen cifras y hechos reales que permitan legislar desde su origen, es decir la violencia sexual en la que se ven sometidas múltiples las mujeres. En cambio,  buscan eliminar la consecuencia, esto es el niño por nacer quien no tiene ninguna culpa por los hechos ocurridos. 

Por último, es importante que los ciudadanos estemos pendientes cuando se tratan estas reformas de temas tan fundamentales, porque la desinformación y las verdades a medias constituyen un arma que pulveriza la verdad y los derechos; especialmente, el de la vida del niño por nacer, y el de la integridad de las personas.


[1]https://www.salud.gob.ec/wp-content/uploads/2017/07/Gaceta-SE-52-MM.pdf

[2] http://www.msp.gub.uy/sites/default/files/presentaci%C3%B3n%20IVE%202013%202017.pdf

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