Procurador de Colombia pide declarar legales pruebas del computador de Reyes

El procurador General de la Nación Alejandro Ordóñez presentó el jueves una petición ante la Corte Suprema de Justicia para que se revise el auto inhibitorio en el caso del exrepresentante Wilson Borja –del Polo Democrático-, bajo el argumento central de que la ‘Operación Fénix’ “fue plenamente válida ante el derecho internacional”.

En su recurso de reposición, el Ministerio Público manifiesta que a la hora de declarar la ilegalidad del procedimiento de recaudo de los computadores del abatido jefe guerrillero ‘Raúl Reyes’, la Sala de Casación Penal de la Corte no tuvo en cuenta “que los cuestionados elementos de juicio se obtuvieron en un contexto de lucha contra el terrorismo, al amparo de la seguridad nacional e internacional, en el marco del desarrollo de un conflicto no internacional”.

“Por el objetivo, el tipo de armamento utilizado, las tácticas implementadas, y el hecho de que la operación se llevó a cabo contra objetivos militares, es decir, contra los combatientes no legítimos que son los terroristas de las FARC, la operación se enmarca dentro del conflicto armado no internacional, que se rige por el Artículo 3 Común de los Convenios de Ginebra”, agregó Ordoñez.

El Procurador de Colombia, Alejandro Ordóñez, apeló de la resolución de la Corte Suprema que declaró sin valor las pruebas del computador de ¨Reyes¨.
Específicamente, ante la argumentación del Alto Tribunal que se sostiene que las pruebas no fueron recogidas de acuerdo con la Ley, el Procurador riposta que “no se trató de la práctica de una diligencia judicial en el marco de un proceso penal, sino de una operación militar, que contrajo de manera inusitada la consecución de elementos materiales probatorios”.

En cuanto a la falta de atribuciones de Policía Judicial los integrantes de la Fuerza Pública que estuvo en la operación, también sostenida por la Corte, la Procuraduría sustenta que “actuaron amparados en funciones supletorias de Policía Judicial según dispone el parágrafo del artículo 201 del Código de Procedimiento Penal, o en su defecto como primer respondiente en los términos del artículo 208” de la misma normativa.

El procurador Ordoñez en su escrito intenta también demostrar que si bien la Corte declaró a lo largo del fallo como ‘”ilegales” las pruebas informáticas obtenidas a partir de los ordenadores confiscados a ‘Reyes’ –lo que implica que automáticamente no son tenidas en cuenta y se excluyen del proceso-, terminó valorándolas de alguna manera.

“Hacia el final de su argumentación, (la Corte) termina valorando las evidencias, señalando que no se tratan de correos electrónicos sino de documentos de Word, de los cuales se desconoce si viajaron por la red. Esta verdadera apreciación de la prueba, contradice la argumentación seguida por la Sala de Casación Penal en la providencia, pues le asigna mérito y grado de convicción al elemento material probatorio declarado antes como ilegal”.

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