Cambios al Código de la Democracia

Por David Ochoa

En 2009, apenas expedida la nueva Constitución, el Congresillo promulgó el Código de la Democracia, que se usará por primera vez en elecciones generales en 2013, porque las elecciones de 2009 se hicieron con las normas del régimen de transición. Sin embargo, el Código ya experimentó reformas en 2010 y 2011. Una nueva reforma se aprobará en 2012 de acuerdo al momento político actual.

La Constitución de 2008 establece que las reformas electorales sólo pueden regir si se aprueban un año antes de la convocatoria a elecciones. Como las elecciones de 2013 se convocarán a inicios de ese año, la Asamblea está corriendo contra el tiempo para tratar dos proyectos para llevar las elecciones de asambleístas a la primera vuelta electoral (propuesta de Madera de Guerrero y PRE), así como un proyecto del Consejo Nacional Electoral (CNE) para corregir algunos aspectos prácticos del proceso electoral, pero también para asumir capacidad de juzgar infracciones electorales. Aparte, proponen que se pague horas extras a los consejeros electorales.

La conformación política del viejo Tribunal Supremo Electoral (siete vocales de los siete sujetos políticos más votados) se prestaba para que los partidos allí representados coludan para perjudicar a otros sujetos políticos o para encubrirse entre ellos las infracciones electorales cometidas. Los casos más notorios fueron el juzgamiento del aporte de Fernando Aspiazu a la campaña de Jamil Mahuad o el no juzgamiento del aporte mexicano a la campaña de Lucio Gutiérrez.

Por todo esto, se planteó separar la admnistración del proceso electoral del juzgamiento de infracciones. En 2006, León Roldós propuso crear una sala especializada en la Corte Suprema de Justicia. Alianza País, crear un tribunal especializado. El diseño institucional finalmente aprobado en Montecristi se inspira en el caso federal mexicano, con una entidad administrativa y un Tribunal especializado en justicia electoral.

Cuando en octubre de 2008 la Asamblea Constituyente nombró a las autoridades de transición del CNE y del Tribunal Contencioso Electoral, Omar Simon y compañía llegaron rápidamente a la sede del viejo TSE y se instalaron sin dejar espacio para el recién creado Tribunal. A regañadientes, permitieron que los jueces electorales recalen en el edificio del extinto Tribunal Electoral de Pichincha. Desde entonces, una silenciosa pugna electoral envuelve a ambas instituciones, quienes sólo se pusieron de acuerdo para enviar el proyecto de Código de la Democracia en 2009.

Pero como el que ríe al último, es al Tribunal Contencioso Electoral al que le corresponde juzgar el comportamiento del CNE. En más de una sentencia han delimitado el alcance de las competencias del CNE y tienen entre sus atribuciones, un arma letal: entre las infracciones que pueden juzgar está el incumplimiento de las atribuciones de los consejero electorales.

La reforma que propone el CNE volvería a las infracciones electorales tipificaciones administrativas, con lo cual sería el propio CNE el que impondría sanciones. Sólo en caso de impugnación de esas sanciones se podría llegar al Tribunal Contencioso Electoral. Aparte de los métodos de asignación de escaños y el momento de elegir asambleístas, el diseño de la Función Electoral está en juego en la reforma actual.

Más relacionadas