Grupo de estudio

Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

El comité del Ciadi que conoce el pedido de anulación que el Ecuador tiene presentado contra el laudo que le manda a pagar más de 2.000 millones de dólares a Occidental, emitió una decisión el pasado 30 de septiembre negando el pedido de la petrolera para que se deje sin efecto la suspensión del laudo (mientras se tramita el procedimiento de nulidad). El comité mantuvo cerrada la puerta a la actual ejecución contra el Estado.

Entre los argumentos de Occidental en su pedido hubo los dos siguientes: primero, que el tratado de protección de inversiones con Estados Unidos (que el tribunal arbitral estimó infringido) ha sido considerado inconstitucional por nuestra Corte Constitucional, lo que pone en riesgo la ejecución posterior del laudo en caso de que no sea anulado; y segundo, la creación de la Caitisa (comentada en esta columna la semana anterior) la que según Occidental tendría por finalidad cuestionar la legitimidad del laudo, lo que (nuevamente según la petrolera) deja entrever que el Ecuador planea entrabar su ejecución.

Esos dos argumentos fueron rechazados por el comité del Ciadi. En el primer caso, porque el Ecuador formalmente expresó en una audiencia que «Esta decisión o esta opinión de la Corte Constitucional no implica que los tratados hayan salido del ordenamiento jurídico ecuatoriano. Los tratados siguen siendo aplicados en el orden jurídico ecuatoriano. La consecuencia es que el Ejecutivo tiene el deber, la obligación de denunciar los tratados de conformidad con la disposición del tratado respectivo y de conformidad con el derecho internacional» (lo que, dicho de pasada, no se termina de hacer).

En el segundo, porque si bien la comisión advierte que el texto del decreto que creó la Caitisa en efecto la faculta para «… determinar la legalidad, legitimidad y licitud…» de laudos emitidos en arbitrajes de inversión, el Estado ha explicado en el curso del procedimiento de anulación (y la comisión dice que no tiene motivo para dudar de esa postura) que la Caitisa es un simple «grupo de estudio» y que «el resultado de su auditoría no incrementará cualquier riesgo de incumplimiento de laudos dictados en arbitrajes de inversión».

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