Ecuador planta a la CIDH en audiencias sobre libertad de expresión e indígenas

Washington, 28 oct (EFE).- El Gobierno de Ecuador notificó hoy a la CIDH que no asistiría a ninguna de las dos audiencias sobre el país celebradas este lunes en Washington, una decisión que lamentó el secretario ejecutivo de la Comisión, Emilio Álvarez Icaza.

Pese a la ausencia de representantes del Gobierno, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) siguió adelante con las dos audiencias programadas, una en la que activistas ecuatorianos denunciaron la erosión de las libertades de expresión y asociación y una segunda centrada en el derecho a consulta de los indígenas.

«Lamentamos la ausencia del Estado de Ecuador», dijo Álvarez Icaza a los periodistas tras la primera audiencia. «La Comisión dará puntual respuesta en los términos que corresponda» a Ecuador, uno de los países más críticos con la gestión de la CIDH.

«Buscaremos condiciones de diálogo para poder avanzar en una condición que resulte en beneficio de los habitantes de Ecuador, pero como ustedes escucharon, la Comisión decidió seguir adelante con las audiencias en el marco de su práctica y su norma», agregó.

La CIDH recibió esta mañana una nota de la misión de Ecuador ante la Organización de Estados Americanos (OEA) «haciendo referencia a una nota del canciller», Ricardo Patiño, en la que informaban de que no asistirían a las audiencias de hoy, las únicas sobre Ecuador en el 149º periodo de sesiones de la Comisión, explicó Álvarez Icaza.

Explicó que, en el caso de la audiencia del derecho a consulta de los pueblos indígenas, el Gobierno ecuatoriano argumentó que «no corresponde a la competencia jurídica de la Comisión porque hay un caso en la Corte (Interamericana de Derechos Humanos, CorteIDH), y que entonces será esa instancia la que tiene que dar seguimiento».

Álvarez Icaza defendió que la CIDH convocó esa audiencia porque «no es referida a un caso» concreto, sino que «es una audiencia de carácter general como establece la regulación» sobre su competencia y la de la CorteIDH, ambos órganos dependientes de la OEA.

Los peticionarios de la primera audiencia también criticaron la decisión del Gobierno ecuatoriano, a través de su portavoz Carlos Castellanos, presidente de la confederación unitaria de comerciantes minoristas y trabajadores autónomos de Ecuador.

«Lamentamos la ausencia; no obstante, no nos sorprende su actuación, pues localmente estilan actuar de la misma manera, privando a los ciudadanos de cualquier vía de diálogo propia de una sociedad democrática», indicó Castellanos.

Los peticionarios centraron sus demandas en la nueva Ley de Comunicación, que entró en vigor en junio en Ecuador, y en el decreto ejecutivo número 16, firmado el 4 de junio por el presidente Rafael Correa y que amplía los poderes del Ejecutivo sobre las organizaciones civiles y no gubernamentales.

«Este decreto soslaya derechos históricos e irrenunciables de las organizaciones, nos hace depender de un bien político», alertó Carlos Pérez, presidente de la Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador (Ecuarunari).

Pérez denunció que el decreto 16 «crea sistemas de registros» de las organizaciones, con lo que «el gobierno tendrá acceso a toda nuestra información personal, nuestras creencias religiosas y políticas», «legalizando el control y espionaje gubernamental».

«Por ello, las organizaciones indígenas presentamos un recurso de inconstitucionalidad, pero sigue durmiendo en una justicia parcializada», lamentó.

Los peticionarios solicitaron a la CIDH que pida una opinión consultiva a la CorteIDH sobre si las dos legislaciones mencionadas son compatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos, y que elabore un informe especial sobre la situación de derechos humanos y democracia en Ecuador.

La relatora de libertad de Expresión de la CIDH, Catalina Botero, volvió a expresar su preocupación sobre la Ley de Comunicación, y manifestó sus dudas sobre la figura del defensor de la audiencia, muy criticada por dos periodistas ecuatorianos en la sesión de hoy.

«Cuando los estados ordenan a través de un acto del estado que un funcionario elegido por una agencia del estado ocupe un espacio en un medio de comunicación y de alguna manera pueda controlar lo que se publica, eso antes se llamaba censura. No sé cuál es la diferencia entre eso y lo que hay en la ley», planteó. EFE

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