¿De dónde pagó Duzac?

Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Según notas de prensa de hace dos semanas, el Banco Cofiec informó haber recibido un pago en cheque por $ 380.908,50 del ‘préstamo’ que entregó al conserje Duzac en diciembre de 2011 y que ascendió en total a $ 800.000.

Como el desembolso del monto atracado (según se recordará) fue hecho en partes iguales a dos destinos en el extranjero, lo primero que se viene a la mente es que uno de los dos beneficiarios reales se habría arrepentido y decidido hacer la devolución respectiva, más allá de que ni el pago total eliminaría el peculado ni terminaría el juicio penal en curso por ese negocito (la propuesta de perdonar el delito si se «honra la obligación», que constaba en el art. 294 del proyecto inicial del Código Monetario, no pasó el filtro legislativo).

En todo caso, para evitar lucubraciones sobre el remitente de los fondos, lo más práctico es exigir que sea el propio Cofiec el que complete la información y diga quién mismo hizo el abono, pues con independencia de las sanciones por el peculado, es de interés público conocer quién fue en su momento beneficiario del favor de funcionarios, ya corruptos, ya serviles. O al menos conocer si el conserje del cuento se ha encontrado por ahí a algún benefactor para, echando tierra al tema, tratar de que pase al olvido.

Destaco que en esta materia no hay reserva alguna, pues el reciente Código Monetario (art. 353) dice expresamente que «no habrá reserva respecto de la extinción total o parcial de las operaciones activas, por lo que podrán hacerse públicas las daciones de pago y sus términos, las compensaciones, las condonaciones y las prescripciones», a lo que agrego otro asunto de interés público: el origen de los fondos, a propósito de lo cual la Ley para Reprimir el Lavado de Activos obliga a los bancos a reportar a la Unidad de Análisis Financiero las llamadas «operaciones o transacciones económicas inusuales e injustificadas», es decir los movimientos económicos de personas «que no guarden correspondencia con el perfil que estas han mantenido en la entidad reportante y que no puedan sustentarse» (arts. 2 y 3, d).

En síntesis: ¿de dónde vino la plata?

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