Cantinfleo

Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

En abril pasado comenté aquí un proyecto de ley presentado por el asambleísta Oswaldo Larriva, con el que se intenta que el Ejecutivo fije tarifas obligatorias, «únicas e iguales para todos los usuarios», del transporte aéreo de pasajeros, carga y correo en rutas nacionales, para lo cual se empezaría por declarar como público a ese servicio, para luego argumentar que la Constitución dizque faculta al Estado para fijar sus precios, pirueta verbal que soslaya que el artículo 314 de la carta política dice solamente que el Estado debe velar porque sean equitativos. No fijarlos.

Superando al proyecto Larriva, el 7 de mayo de 2015 los asambleístas Fanny Uribe, Bayron Pacheco, Gabriela Díaz, Gozoso Andrade y Antonio Posso presentaron otro, muchísimo más ambicioso: pretenden que el Estado fije mensualmente no solo las tarifas de transporte aéreo en rutas nacionales, sino también en las internacionales.

Semejante esperpento está precedido de tres carillas de «exposición de motivos» y casi otras tres de «considerandos», en los que ningún fundamento constitucional puede encontrarse para justificar tal fijación de precios. Como es común en el paisito, se trata de palabras huecas, en las que hasta se encuentra cosas tan variopintas como que: quienes presten servicios públicos deben contar con sistemas de medición de satisfacción de los usuarios y poner en práctica sistemas de atención y reparación; que el Estado debe responder civilmente por los daños causados por negligencia en los servicios públicos a su cargo; que el Estado debe definir una política de precios orientada a proteger la producción nacional; que el Estado debe promover el desarrollo de infraestructura para el acopio, transformación, transporte y comercialización de productos para la satisfacción de necesidades básicas internas.

En fin, un cantinfleo inagotable que elude el tema de fondo: que en un mercado altamente concurrido, con diversas empresas participantes, los principios de sana competencia aconsejan que aquellas establezcan libremente sus precios, lo que, en adición, en caso alguno puede ser conceptualmente contrario a la equidad.

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