Veto parcial a Ley de Identidad pero mantiene cambio de sexo por género

Quito (Pichincha), 13 ene 2016.- El Presidente de la República, Rafael Correa, dirigió el Gabinete Sectorial de Desarrollo Social en el Palacio de Carondelet; se trataron temas como la medición multidimensional de la pobreza y sus indicadores, entre otros temas. Foto: Miguel Ángel Romero / Presidencia de la República

El Presidente de la República, Rafael Correa, vetó parcialmente la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.

De acuerdo al veto, el documento de identidad no se llamará Documento Nacional de Identidad como lo había aprobado el pleno de la Asamblea, sino conservará el nombre de Cédula de Identidad.

La segunda objeción se refiere al artículo 30 de la ley, que establece que el sexo se registra al momento del nacimiento y solamente se admite la modificación de este dato, con orden judicial. El veto considera indispensable aclarar que dicha modificación sólo sería admisible para rectificar el error en que se haya podido incurrir, entre otros casos por hermafroditismo.

Se establece que «voluntariamente, al cumplir la mayoría de edad y por una sola vez, la persona por autodeterminación podrá sustituir el campo sexo por el de género que puede ser: masculino o femenino. El acto se realizará en presencia de dos testigos que acrediten una autodeterminación contraria al sexo del solicitante y por al menos dos años, de acuerdo con los requisitos que para el efecto se determinen en esta ley y su reglamento. Este cambio no afectará los datos del registro personal único de la persona relativos al sexo. De darse esta situación, el peticionario podrá solicitar el cambio en los nombres a causa de la sustitución del cambio del sexo por género«.

En el artículo 46, el veto subraya que debe quedar claro que «en cualquier caso, la adopción corresponderá solo a parejas de distinto sexo».

En cuanto a la institución encargada de administrar la información ciudadana, continuará con su mismo nombre: Dirección General de Registro Civil.

El veto plantea modificaciones al artículo 94, como incluir el nombre del cónyuge, dato indispensable en los actos y contratos más frecuentes; mantener el nombre de los padres no solo para los menores de edad, incluir el dato sobre la condición de discapacidad y porcentaje y excluir lo relacionado al campo de autodeterminación.

 El asambleísta oficialista Richard Calderón dijo que analizará el veto presidencial. (I)

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