CorteIDH valida decreto que regula la fecundación in vitro en Costa Rica

Jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en San José de Costa Rica. Foto de Archivo.

San José, (EFE).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) emitió hoy un informe en el que valida el decreto con el que el Gobierno de Costa Rica pretende regular la fecundación in vitro, pero que fue anulado por la Sala Constitucional el 3 de febrero pasado.

En un informe de supervisión de cumplimiento de sentencia, la CorteIDH dispuso que «se mantenga vigente el decreto ejecutivo del 11 de septiembre de 2015, sin perjuicio de que el órgano legislativo emita alguna regulación posterior».

Además, el tribunal continental indicó que «debe entenderse que la fecundación in vitro (FIV) está autorizada en Costa Rica y, de forma inmediata, se debe permitir el ejercicio de dicho derecho tanto a nivel privado como público».

En el 2012 la CorteIDH condenó a Costa Rica por prohibir la FIV y le ordenó restablecer la aplicación de la técnica médica, pues consideró que estaba vulnerando el derecho a la vida privada y familiar, a la integridad personal en relación con la autonomía personal, a la salud sexual, a gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico, y a la no discriminación.

El decreto de septiembre pasado, firmado por el presidente Luis Guillermo Solís, le da dos años a la Caja Costarricense del Seguro Social para implementar la técnica médica, a la cual podría acceder cualquier mujer mayor de edad, soltera o con pareja, pero con algunos requisitos como ser infértil y haberse sometido a otras técnicas menos invasivas.

Sin embargo, el pasado 3 de febrero la Sala Constitucional anuló el decreto al afirmar que «todo lo relativo a la regulación de derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la salud, es materia reservada al legislador ordinario» y emplazó al Congreso a emitir una ley para regular la FIV.

Sin embargo, la CorteIDH determinó hoy que para garantizar derechos humanos no es necesaria una ley.

«La prohibición de la FIV no puede producir efectos jurídicos en Costa Rica ni constituir un impedimento al ejercicio del derecho a decidir sobre si tener hijos biológicos a través del acceso a dicha técnica de reproducción asistida», señala el informe de la CorteIDH.

La fecundación in vitro fue prohibida por la Sala Constitucional en el año 2000, pues interpretó que la vida comienza desde la concepción y que la técnica médica permitía desechar o destruir seres vivos.

Esto originó la demanda por la cual la Corte Interamericana condenó a Costa Rica en el 2012.

Desde hace un par de años están estancados en el Congreso dos proyectos de ley para regular la fecundación in vitro que enfrentan una fuerte oposición de un bloque de diputados de tendencia cristiana que se consideran «provida».

El Gobierno costarricense se pronunciará este martes sobre el tema. EFE

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