
Los legisladores de Alianza PAIS han introducido en el proyecto de ley de ordenamiento territorial la obligación de que los ciudadanos registren el lugar donde residen, según se ha conocido en el segundo debate en la Asamblea Nacional.
La obligación está contenida en el artículo 105, que establece la creación de un «Registro Único de Residencia«. El artículo 104 manda que «las personas están obligadas a registrar o actualizar su residencia cada vez que deban inscribir los hechos relativos a su estado civil, cada vez que cambien de residencia, o cuando la Dirección General de Registro Civil lo requiera».
El registro debe realizarse hasta diez días hábiles después que ocurrió el cambio de residencia. No hacerlo es sancionado con multas del uno por mil del salario básico unificado por cada día de retraso.
La creación del registro único de residencia ha sido defendido por el asambleísta Virgilio Hernández con el siguiente argumento: «…lo de registro único de residencia, por qué está en esta ley, qué tiene que ver con esta ley, podría tener uso pero reflexionemos sobre eso. Por ejemplo, cuando uno va a Santa Elena, cuando uno va a Salinas, a Esmeraldas, a Tonsupa, ve muchas casas de quiteños, de azuayos, de cuencanos, por ejemplo, en Salinas o en Santa Elena, abandonadas. Demos utilidad a ese registro único, que permita el cobro del predial, que permita que cuando hay bienes que están inadecuadamente utilizados, pueda haber colaboración del municipio para eso. Demos utilidad a ese capítulo quinto».