
Desde hoy y durante el próximo año, la adquisición de bienes y servicios estará gravada con un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 14%. Según establece la Ley Solidaria, los recursos recaudados por el incremento del 2% del tributo serán destinados a la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto.
El 14% de IVA aplica a las transacciones realizadas con los medios de pago tradicionales, es decir, con monedas, billetes y cheques. En cambio, el consumidor pagará el 13% por IVA si cancela bienes y servicios con tarjetas de crédito, débito y prepago.
Si el consumidor utiliza dinero electrónico para sus pagos, los bienes y servicios serán gravados solo con el 10% de IVA.
El aumento del impuesto no afecta a alimentos y medicinas.
El incremento del 12 al 14% del IVA no afecta al 90% de alimentos consumidos por los hogares, informa Diario El Telégrafo.
De manera más específica, se mantienen exonerados del pago del 14% IVA productos tales como frutas, verduras, cárnicos, lácteos, cereales y granos. Tampoco el aumento del IVA afectará a medicamentos, combustibles, alquileres, servicios de educación, servicios básicos y servicios de transporte urbano.
En cambio, el incremento del IVA sí se aplica a bienes como bebidas alcohólicas, cigarrillos, vestimenta, calzado, productos de higiene y cuidado personal. Por ejemplo, a partir de hoy, si compra una prenda de vestir con un precio de $ 10, usted pagará $ 1,4 adicional por concepto de IVA.
Así también deberá cancelar la tarifa de 14% por IVA en la compra de dispositivos electrónicos, electrodomésticos, materiales de construcción o servicios del hogar. (I)