Informe penal de Contraloría

Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Para iniciar un proceso penal por peculado o enriquecimiento ilícito, debe existir un informe previo de la Contraloría estableciendo indicios de responsabilidad penal (COIP, art. 581). Con esa norma, inspirada en una decisión de la Corte Nacional del 24 de febrero de 2010, se exige un doble umbral para imputar tales delitos: opinión de la Contraloría y decisión de la Fiscalía, bien entendido que la primera no es obligatoria para la segunda, pero sí condición sin la cual esta no puede actuar.

La exigencia de doble conformidad de esas entidades públicas buscó cortar las prácticas persecutorias y extorsivas de fiscalitos (o fiscalitas, para seguir la cursilería de moda), que iniciaban procesos penales a troche y moche, con las consabidas órdenes de prisión que se repartían como boletos de circo, y que al final del día quedaban desvanecidos por falta de méritos. De esas persecuciones hay muchos ejemplos. Basta citar las hechas a Gustavo Noboa y Jorge Gallardo.

Resulta, sin embargo, que la Comisión de Justicia de la Asamblea, en el informe para segundo debate del proyecto de ley de “lucha contra la corrupción” (del 26 de julio de 2018), pretende regresar en parte al pasado, con un curioso sistema híbrido. Propone que aquel informe de la Contraloría ya no sea obligatorio para iniciar un proceso penal (la etapa de “instrucción fiscal”), sino que recién lo sea para que el fiscal, concluida tal instrucción, fundamente la acusación en la que pide al juez que abra la siguiente fase del proceso, la etapa del “juicio”. Pero para “equilibrar” las cosas agrega que la prisión preventiva de los imputados solo pueda ordenarse al presentar tal acusación (es decir, cuando ya exista el informe de la Contraloría) (art. 1, letras h y j).

Síntesis: el informe de la Contraloría dejaría de ser requisito para iniciar un proceso penal y pasaría a serlo para ordenar la prisión preventiva del imputado, pero meses después de iniciado el proceso. No hay en la propuesta de la Comisión de Justicia una sola línea que explique sus porqués. Esto hay que debatirlo a fondo, no puede pasar de agache.

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