Pleno se prepara para conocer proyecto de ley humanitaria

Quito, 27 de abril 2020. Tratamiento y debate del proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19. Foto: Fernando Lagla / Asamblea Nacional

El pleno de la Asamblea Nacional se prepara para conocer el informe sobre el proyecto de ley humanitaria, enviado con el carácter de urgente por el presidente Lenín Moreno, y que fue aperobado con ocho votos a favor la noche del lunes. El informe modifica sustancialmente la propuesta del Ejecutivo en cuanto a la tabla de aportaciones, el destino del fondo y compensaciones a los contribuyentes. Además, regula el teletrabajo.

La ministra de Gobierno se mostró complacida con la aprobación del informe.

Una de las principales modificaciones que aprobó fue subir de $ 500 a $720, el monto base del salario, sobre el cual los trabajadores con relación de dependencia, tanto del sector público como privado, deberán pagar una contribución humanitaria. Para el aporte se tomará en cuenta el ingreso neto mensual.

De manera progresiva se establece el aporte, que empieza con $6, por nueve meses, para aquel trabajador que gane $720 mensuales hasta $66.102 para quien que gane un sueldo superior a los $250.001 mensuales. No se considerará para el aporte, la décima tercera ni la décima cuarta remuneraciones ni otros beneficios sociales legalmente establecidos, percibidos mensualmente, restando el aporte personal a la seguridad social.

Los empleadores actuarán como agentes de retención de esta contribución y la pagarán de forma mensual en el mes inmediato siguiente al que corresponda la remuneración.

La comisión aprobó una moción planteada por el legislador, Fernando Callejas (CREO), que la exoneración del pago de las contribuciones únicamente recaerá sobre todo el sector salud que desempeñan sus labores como personal de primera línea para atender la emergencia sanitaria derivada por el coronavirus.

Como compensaciones a los contribuyentes, el criterio es que el valor declarado y pagado como contribución podrá ser utilizado como crédito tributario para el pago del impuesto a la renta del 2021 y 2022. También se incluirá una disposición de que quienes no contribuyan tendrán que cancelar una multa de 1,5 % del valor no declarado por cada mes de retraso.

Los asambleístas también acordaron aprobar un texto que permita a los empleadores acogerse a la flexibilidad laboral, y que bajo el criterio de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente justificados, puedan pedir al Ministerio del Trabajo la autorización de reducir la jornada laboral hasta un máximo del 50 %, debiendo la remuneración y el aporte al Seguro Social pagarse con base en la jornada reducida.

Todos los acuerdos con los trabajadores y los empleadores se tendrán que realizar de manera colectiva, según el criterio que aprobó la comisión.

Lo que quedó pendiente para la tarde es definir respecto de la reducción de las tarifas por consumo de energía eléctrica de hasta el 10 % en los meses de marzo, abril y mayo.

  • Con información de El Universo.

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