Banco Central independiente

Eduardo Carmigniani

Guayaquil, Ecuador

No es verdad que la Constitución de Montecristi diga que el Banco Central está subordinado al Ejecutivo o que sea dependencia de este. Nadie podrá citar semejante texto. Su art. 303 se limita a delegar a la ley el diseño de su estructura: “El Banco Central es una persona jurídica de derecho público, cuya organización y funcionamiento será establecido por la ley”.

Precisamente aprovechando esa herramienta, por ley aún vigente dictada en el correísmo, el Banco Central quedó -y sigue hoy- sometido al Ejecutivo. El art. 26 del Código Monetario y Financiero dice que aquel “es una persona jurídica de derecho público, parte de la Función Ejecutiva”. Obviedad es entonces que eso se puede cambiar con mera reforma legal, sin violar la Constitución, pues ya está visto que no es está la que dispone la subordinación del Central al Ejecutivo.

El tema a debatir -a propósito de la independencia del Banco Central, anunciada por el ministro Pozo en el proyecto de ley que estaría por enviarse a la Asamblea- no es, pues, la vía para otorgarla (reforma legal), sino en qué debe consistir para que sea real y no brindis al sol, como sucedió en el proyecto de ley fanesca, de larguísimo texto y no menos largo nombre, presentado el 18 de octubre de 2019 (que terminó archivado), en el que, no obstante las proclamas públicas sobre la búsqueda de la tal independencia (“Ninguna otra institución debe interferir en las decisiones que tome el cuerpo colegiado”, decía la gerente Artola en la comisión legislativa), en verdad se mantenía la pertenencia al Ejecutivo (art. 155), al punto que el directorio que se pedía crear hubiese sido no solo nombrado por el Presidente de la República, sino que sus miembros podían ser removidos por aquel (art. 178).

Un buen sistema puede ser que el directorio sea designado por la Asamblea a propuesta del Presidente de la República, y que sus miembros no puedan ser removidos sino por causas específicas, por una mayoría reforzada (2/3) del legislativo. Así se disminuiría el riesgo de que los directores tengan la tentación de obedecer órdenes.

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