Aborto, mentiras y antiderechos

María Fernanda Egas

Miami, Estados Unidos

El viernes 29 de abril entró en rigor en Ecuador la ley que regula el aborto por violación, la misma que acogió el veto parcial enviado por el Presidente Guillermo Lasso a la Asamblea Nacional.

A pesar de que este veto parcial está disponible desde el 15 marzo pasado para que cualquier ciudadano lo consulte, muchos no se tomaron la molestia y se fiaron de las interpretaciones de grupos interesados en que el aborto por violación fuese un derecho humano.

Primeramente, el Presidente Lasso puntualiza que la Corte Constitucional en su sentencia de un año atrás, el 29 de abril del 2021, no reconoció un nuevo derecho humano fundamental a la interrupción del embarazo. Lo que hizo la Corte Constitucional fue extender la excepción de responsabilidad penal que antes se limitaba a casos de violación a mujeres con discapacidad mental.

El insistente intento de la Asamblea Nacional del Ecuador de establecer el “derecho al aborto” en el proyecto de ley contravenía el derecho fundamental a la vida, estipulado desde 1948 en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y es, per se, inconstitucional.

El Presidente Lasso, de abierta postura pro vida, la que reconoce que la vida empieza en el instante de la concepción y que cada embrión tiene su propio ADN completo, deja en claro que según su convicción ética e interpretación jurídica, ningún plazo es aceptable para la eliminación de una vida y que, sin embargo, “como Presidente debo respetar lo que ha resuelto la Asamblea Nacional ante el mandato de la Corte Constitucional”, que es la despenalización del aborto en casos de violación.

Recordemos que el veto presidencial fue remitido a la Corte Constitucional por la Asamblea Nacional, aduciendo que el Presidente se había extralimitado en sus observaciones de carácter constitucional, a lo cual la Corte respondió por unanimidad que no era verdad y que más bien la Asamblea estaba actuando fuera de su competencia.

La realidad es que ante el planteamiento de la demanda para la despenalización del aborto por violación, el Ejecutivo se encuentra en la obligación de procesar tal delito para poder conceder la excepción a la ley que aún sanciona el aborto en Ecuador con penas privativas de libertad que van desde los seis meses hasta los tres años. Por ello observó que “el proyecto de ley contiene normas por las cuales se podría dificultar la investigación y sanción del delito de violación, dificulta la recolección de testimonios y recepción de denuncias, contraviniendo artículos del Código Orgánico Integral Penal (COIP), perpetuando la violencia contra la mujer”.

En cambio, procesar a los verdugos de las víctimas de violación no es buena idea para los defensores del aborto por violación, que consideran que someterlas al proceso de la denuncia como se hace actualmente es revictimizarla. Obvian mencionar que en el veto presidencial se propuso un nuevo enfoque de protección a la víctima, con toda la estructura del Estado a su favor. Lo que plantean los grupos pro aborto no reduce el número de violaciones, ni los abortos por violación. Mientras tanto, el Estado sí podría reducir la revictimización reduciendo la impunidad. Y el Ejecutivo no se ha sometido a los intereses de grupos de presión para no cumplir con su obligación.

El veto presidencial deja en claro que tampoco existe ninguna obligación internacional de reconocer al aborto como un derecho fundamental, posición que Ecuador ha mantenido ante las Naciones Unidas. Y que los pronunciamientos de diferentes comités y recomendaciones no son vinculantes. Cabe recordar que varios intentos de injerencia en la legislación ecuatoriana provinieron de organizaciones autodenominadas de Derechos Humanos, incluso hubo un grupo de congresistas estadounidenses de los cuales muchos respaldan abiertamente a Planned Parenthood con su red de clínicas de aborto, bajo cuyo paraguas se aglutinan más de 70 organizaciones que promueven el aborto en América Latina y África. Planned Parenthood reconoce en su sitio web que en Ecuador está asociada a la Fundación Desafío, a Surkuna, a una red de reporteros feministas y a la campaña Niñas No Madres.

No se escuchan comentarios ante la observación que restringiría la venta o tráfico de órganos fetales, que en otras latitudes se ha permitido bajo la figura de donación para investigación científica. El veto presidencial aclara que “el texto del proyecto es inconsistente con el artículo 95 del COIP que tipifica el delito de extracción y tratamiento ilegal de órganos y tejidos, al no proponer nada sobre protocolos de inhumación de los cadáveres de los nasciturus.”

Tampoco hay menciones sobre que será la autoridad sanitaria nacional la que asegurará que las personas pertenecientes a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades cuenten con información relativa a la interrupción voluntaria del embarazo traducida al kichwa, al shuar, y lenguas ancestrales. Y deja en claro que no puede establecerse como finalidad de la ley la promoción de un derecho que no es tal, sino una excepción.

La nueva ley de aborto por violación ha ampliado la protección del Estado a las víctimas, desde el momento de la denuncia de violación, pasando por el procedimiento del aborto y hasta el embarazo si se deseara continuarlo; así como si se optara por la adopción. También protege a los servidores de la salud que tengan objeción de conciencia y no se vean obligados a practicar el aborto. Y protege al nasciturus que sobreviviere a un aborto al determinar como infanticidio dejarlo morir.

Hay muchos aspectos de la ley que no se mencionan ante la opinión pública. La omisión de la información también se practicó desde el debate público, cuando se prefirió ignorar que las niñas tienen derecho al  acceso a la Justicia. No se enfocaron en las problemáticas de las uniones de hecho o el matrimonio infantil, ni las relaciones sexuales consentidas a partir de los 14 años. De acuerdo a las cifras oficiales, en diez años (2010-2020) hubo 5,212 nacimientos de madres menores de 14 años en Ecuador. Lo más lógico, si lo que realmente se quiere es disminuir los embarazos de menores de 14 años, es abordar el matrimonio infantil y la violencia sexual, no la indiferencia que mantiene el ciclo perverso de impunidad.

A pesar de que no sea motivo de celebración para algunos que la nueva ley de aborto por violación del Ecuador no haya reconocido al aborto como derecho humano, en Ecuador han dado resultado los contrapesos, y esta ley podrá servir de referencia en otros países, por más pequeños y vulnerables que parezcan, en donde el conglomerado de organizaciones e impulsores de la multimillonaria industria del aborto haya permeado la opinión pública a través de los medios de comunicación, y las instituciones del Estado obligadas a precautelar el derecho fundamental a la vida.  

Cientos de mujeres ecuatorianas participan en una marcha feminista este sábado en Quito (Ecuador), a favor de la despenalización del aborto. Las mujeres exigieron al Gobierno el veto a una resolución de la Asamblea Nacional (Parlamento), que se negó a aceptar esa posibilidad en caso de violación. API/JUAN DIEGO MONTENEGRO

Más relacionadas