El CPCCS es el «ojo» de la consulta de Guillermo Lasso

Luego que hoy, 12 de septiembre de 2022, se supiera las 8 preguntas iniciales que estarían en la próxima consulta popular, las miradas de todos se posaron en un solo organismo: el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

Por primera vez coincidieron tanto los vocales de minoría como de mayoría en rechazar lo planteado por el Presidente Guillermo Lasso. David Rosero consejero del CPCCS indicó no estar de acuerdo:

«El remedio es peor que la enfermedad, pues ahora la terna de las funciones del Estado las nombrará sólo Carondelet y se tomará votación desde la Asamblea», sostuvo Rosero.

¿Qué es el CPCCS y para qué sirve?

En la nueva Constitución creada en 2008 con la llegada de Rafael Correa, la estructura del Estado ecuatoriano con tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) quedó atrás.

Se modificó para establecer, en su lugar, cinco funciones del Estado que son las siguientes:

  • Función Ejecutiva.
  • Función Legislativa.
  • Función Judicial.
  • Función de Transparencia y Control Social.
  • Función Electoral.

Se integró una cuarta Función del Estado: la Función de Transparencia y Control Social.

Además, es representada por un llamado Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) creado en 2009 que fue creado con la finalidad de incentivar y fomentar la participación ciudadana.

Así, el CPCCS, según la Constitución en el Art. 207, es la entidad que promueve e incentiva «el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana». En ese sentido, impulsa y establece «mecanismos de control social en los asuntos de interés público».

Es decir, este organismo fue creado con la intención de «fortalecer el derecho de la ciudadanía a participar en la gestión del sector público».

Esto implica tomar «acciones» contra la corrupción, realizar veedurías ciudadanas, rendir cuentas a instituciones y entidades públicas si es necesario en una investigación de corrupción. También, designar autoridades inmersas en la cuarta Función de Estado.

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