¿Pulverizar el ‘factoring’?

Eduardo Carmigniani

Guayaquil, Ecuador

El llamado ‘factoring’ es una importante herramienta de financiamiento a corto plazo que permite, más que nada a las pequeñas y medianas empresas, obtener liquidez inmediata por las ventas que hacen como proveedoras de otras empresas, en general las grandes.

Se trata de un contrato expresamente definido en el Código de Comercio (art. 667) como de compra de cartera, en virtud del cual unas compañías de comercio realizan en forma “profesional y habitual” operaciones de descuento de facturas comerciales negociables o cesión de cualquier tipo de derechos de cobro.

Desde esa perspectiva, está muy bien que el asambleísta Guido Chiriboga haya propuesto que se incluya, a las “compañías y empresas de factoring”, en la lista de sujetos obligados a reportar a la UAFE no solo las operaciones o transacciones económicas inusuales o injustificadas que detecten respecto de sus clientes (es decir de aquellos a quienes compren cartera), sino también sus propias operaciones nacionales e internacionales cuya cuantía sea igual o superior a diez mil dólares, como consta en los antecedentes del informe para segundo debate del proyecto de reformas a la ley contra el lavado de activos, que fue presentado el pasado 10 de enero por la Comisión del Régimen Económico de la Asamblea.

Pero resulta que el articulado concreto que fue insertado en el proyecto como consecuencia de la propuesta de Chiriboga, no dice que pasarán a ser sujetos obligados a reportar a la UAFE las compañías y empresas “de” factoring, sino las compañías y empresas “que usan” el factoring. Y lo que pudiera parecer una sutileza sin importancia en la redacción, no lo es. De ser aprobada la propuesta tal como está el cambio legal atraparía, no a las empresas que se dedican en forma profesional y habitual a la compra de cartera, sino a quienes la venden, es decir a quienes buscan financiarse traspasando sus derechos de cobro. Así no lo hagan habitualmente.

Se pulverizaría así las operaciones de descuento de cartera como mecanismo para que las pequeñas y medianas empresas se financien. Los costos operativos y transaccionales en que tendrían que incurrir -incluyendo la incorporación de un departamento de cumplimiento-, sumado a que sus reportes mensuales a la UAFE tendrían que versar sobre todas las compras que terceros les hagan por un monto igual o superior a diez mil dólares (así no sean inusuales o injustificadas, y así no hayan sido descontadas vía factoring), harían impracticable la figura.

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