No se instala la audiencia de juicio contra vocales de la Judicatura

El juez Walter Macías es quién lleva el caso Vocales Judicatura.

Por cuarta vez, la audiencia para definir si los vocales de la Judicatura Maribel Barreno y Juan José Morillo son convocados a juicio no se instaló. Esta no es la primera vez que esta diligencia no se lleva a cabo y en esta ocasión fue por solicitud de Barreno.

Antes de la instalación, la vocal del Consejo de la Judicatura (CJ) expuso un pedido en su cuenta de «X» (antes Twitter). Barreno indicó: «He solicitado el diferimiento de la audiencia toda vez que mi defensa técnica no puede asistir a la misma».

La Fiscalía, que es la encargada de sustentar el pedio para convocarlos a juicio, dijo esta mañana que los abogados de Maribel Barreno no se presentaron a la audiencia alegando calamidad médica, diligencia jurisdiccional y nueva defensa. Esto, de acuerdo a la entidad, ocasionó una multa de dos salarios básicos a tres abogados defensores.

El juez Walter Macías, quien lleva este caso, comunicó que la nueva fecha para la audiencia es el miércoles 27 de septiembre de 2023 a las 08:30. 

Antecedentes

A las 08:30 de este 22 de septiembre de 2023, estaba programada la audiencia para decidir si dos vocales del Consejo de la Judicatura son convocados a juicio. Si eso ocurre, Maribel Barreno y Juan José Morillo deberán abandonar sus puestos.

Walter Macías, juez de la Corte Nacional de Justicia, realizó esta diligencia que es parte del proceso legal que enfrentan ambos vocales y también Vladimir Jhayya, juez de Pichincha, por aparente tráfico de influencias.

Macías volvió a su cargo luego de que la jueza Martha Vimos aceptara su acción de protección en contra de la resolución con la que la Judicatura los destituyó del puesto. Y es que con solo dos votos del presidente de la Judicatura, Wilman Terán y del vocal Xavier Muñoz, se optó por sacarlo de su puesto.

Consecuencias para los vocales

El Telégrafo informa que la audiencia programada para esta mañana es clave porque, de acuerdo al Código Orgánico de la Función Judicial, existe una inhabilidad para ejercer el cargo si un funcionario ha sido convocado a juicio.

La Ley indica que no puede ser llamado ni ejercer en un cargo o puesto en la Función Judicial: “Quien hubiese sido llamado a juicio por delito reprimido con prisión o reclusión, por providencia ejecutoriada, mientras no haya sido absuelto”.

Por ello, la acción de hoy establece su convocación a juicio, Barreno y Morillo deberían dejar la Judicatura en lo que se resuelve su caso. Eso implica un proceso legal que puede llegar hasta la casación. La separación del puesto sería definitiva si la sentencia se encuentra ejecutoriada.   

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