
Guayaquil, Ecuador
En la antigüedad y hasta la edad media convertían el plomo en oro. Algo imposible, pero decían que lo hacían. Acá en nuestros juzgados y ante la impávida mirada de quienes podrían evitarlo, pasa algo parecido. Transforman las acciones de protección y de habeas data en oro y plata. Y nada de lo que aquí se comente revela algo que no sea público. Todo está “online”. Es cuestión de buscar no más.
Los alquimistas están, primordialmente, en cantones o provincias cercanas pero lejanas. Cercanas porque están mas o menos a dos horas, pero lejanas porque están un poco fuera del radar. Así, Quevedo, Yaguachi, Montecristi, Manglaralto, Balsas, Valencia, han sido jurisdicciones donde “se discuten” los derechos de quienes residen en Guayaquil o Quito, terminando los rápidos procesos en resoluciones “a la carta”.
Porque los procesos constitucionales, creados realmente para precautelar derechos fundamentales de los ciudadanos, se han transformado en foros donde se discuten temas que deberían ser discutidos en litigios de reivindicación de inmuebles, del pago de obligaciones o cualquier otra materia que debería litigarse dentro de un procedimiento ordinario que normalmente -y eso es verdad- dura un par de años en lugar del par de meses que tarda el trámite de una acción de protección o de habeas data.
Entonces, los creadores de “un nuevo derecho procesal constitucional”, logran que se discutan y resuelvan temas rápidamente aprovechando la “predisposición” judicial. Así, los jueces de las jurisdicciones “lejanas” tramitan encantados estas acciones y la Corte Constitucional, ocupada como está siempre en consultas populares, dictámenes de carácter general y agobiada por el “orden cronológico”, no logra todavía cerrarles la puerta a los alquimistas, resolviendo de una vez por todas cuales son los límites territoriales de estas acciones, que se puede y que no tramitar como acciones de protección y/o de habeas data.
En lo que sí se avanzó, dada la vergüenza general del paisito, como lo llamaba don Alfredo Pinoargote, fue en el tramite de los habeas corpus luego de que Jorge Glas obtuviera resultados favorables en Manglaralto, Portoviejo, Santo Domingo de los Tsachilas, Balsas y Yaguachi. ¡Nada mal, ehhh! La sentencia 98-23-JH/23 de la jueza Carmen Corral Ponce del 13 de diciembre pasado zanjó el asunto.
Pero el aquelarre se mantiene en las otras garantías, que se presentan “lejos” no solo para conseguir resultados sino para obtener la famosa “reparación integral”, que consiste en millonarias indemnizaciones dadas por los mismos jueces o tribunales que dictaron los fallos, con lo cual la institución -publica o privada- queda a merced de los alquimistas, pues hasta que la Corte Constitucional corrija el entuerto…….ya cobraron.
Hace poco un juez devolvió, en un santiamén, una isla a una persona que la había perdido a manos del IERAC hace 40 años; hace otro poco otro juez declaró pagada una deuda que nunca se canceló; y, hace menos todavía, un tercero resolvió que se pague a ex accionistas el valor de unas acciones perdidas en la crisis financiera de 1.999, hace 25 años.
Todo resuelto en jurisdicciones “exóticas” alejadas de los jueces naturales de los afectados y respecto de materias que, como se ha dicho, ameritan análisis y pruebas profundas, debiendo ser discutidas en procesos ordinarios. Va siendo hora que la Corte Constitucional le pare el carro a los alquimistas. Y naturalmente a quienes los solapan, apoyan y respaldan desde cualquier lugar, incluyendo los recónditos confines del paisito.
