¿Hay democracia en la reforma constitucional?

Pablo A. Proaño

Quito, Ecuador

La reciente modificación de la Constitución sobre el artículo 138 no ha generado el debate y la atención que se merece y las consecuencias están todavía por verse.

Profundizar sobre la conveniencia de restar poderes al Presidente para entregárselos a la Asamblea o mantener el status quo tendrá implicaciones directas y concretas en el día a día de nuestra cultura política, modificando, tal vez para siempre, el equilibro de poderes en nuestro país.

Hasta ahora, si la Asamblea promulgaba una ley que al Presidente le parecía inconveniente, podía modificarla mediante veto parcial, permitiendo que la Asamblea se ratifique en el proyecto anterior con dos tercios de los legisladores. Con la nueva reforma, la Asamblea requiere el mismo número de votos tanto para promulgar una ley como para revocar el veto parcial del Presidente.

Si partimos de una visión distorsionada del poder que aboga por una imposición falsamente igualitaria, la reforma podría verse coherente. Pero existen tres importantes problemas que, considero, no han sido debidamente abordados en esta temática.

El primero es muy simple: hay que enfocar el asunto desde principios democráticos. Un país democrático reconoce la importancia de mantener el poder detrás de la línea. Quien ostenta el poder, ostenta también la facultad de abusar del poder. Se requiere entonces de entidades independientes, desconcentradas y análogamente poderosas para equilibrar la balanza: un sistema de pesos y contrapesos. El poder ejecutivo y el poder legislativo son parte de esta balanza. Ahora mismo, esa balanza está fuera de equilibrio, porque el poder legislativo no necesita más votaciones para sobrepasar el veto presidencial.

Esto nos lleva al segundo punto: la concentración del poder político. Y hay que pensar en una simple pregunta: la reforma que ‘empodera’ a la Asamblea, ¿a quién favorece? ¿Por qué una Asamblea que ha tramitado casi 15 leyes en los últimos meses necesita concentrar más poder? Y seguidamente, si tanto la Asamblea como el Presidente son elegidos por votación popular, los primeros representando todas las visiones, culturas y territorios de nuestro país y el segundo, representando a la posición de la mayoría, ¿cuál es el problema con el diseño constitucional que permite un veto parcial fuerte?

Finalmente, es importante mencionar las problemáticas del partidismo ecuatoriano como parte de este análisis. Lastimosamente, hemos visto cómo leyes positivas y muy importantes han sido bloqueadas por una concepción partidista de la política. Así también, reformas absurdas a leyes funcionales se han promovido y hubieran sido aprobadas de no ser por el contrapeso del Ejecutivo a través de su veto parcial.

Todo esto es un llamado a la atención que busca trascender la dialéctica del poder y del partidismo y llevarnos a la pregunta: ¿es esta reforma una opción más democrática? ¿limitar los efectos del veto parcial realmente favorece el debate legislativo? Y, más importante, ¿para qué se prepara una Asamblea que busca blindar e incrementar su poder?

paproano@dignidadyderecho.org

ECUADOR, 05 DE JUNIO DEL 2024. Declaraciones del Presidente de la Asamblea Nacional Henry Kronfle. Foto Fernando Sandoval / Asamblea Nacional

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