Corte declara inconstitucional tres medidas del estado de excepción

REFERENCIA | El presidente Daniel Noboa, en el Cuartel Modelo de Guayaquil, el 8 de mayo de 2024. Fotografías: Eduardo Santillán/Presidencia de la República.

La Corte Constitucional del Ecuador resolvió este jueves que tres medidas del estado de excepción declarado por el Gobierno de Daniel Noboa el pasado 3 de octubre son inconstitucionales. Las disposiciones señaladas están relacionadas al derecho a la libertad de reunión y a la intervención de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional al momento de enfrentarse a grupos criminales.

En un comunicado oficial, la Corte Constitucional señaló que el estado de excepción promulgado a través del Decreto Ejecutivo 410 es constitucional en lo que respecta a la suspensión de los derechos a la inviolabilidad de correspondencia y domicilio (en el caso de allanamientos). Sin embargo, esto no se aplica a la suspensión del derecho a la libertad de reunión, «la disposición de que se realicen requisiciones» y la movilización de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Los magistrados argumentan que estas acciones pueden ser implementadas en un régimen ordinario.

Las acciones de la Corte llegan el mismo día que grupos sindicales planean protestas en contra del Gobierno en ciudades como Quito. El pasado miércoles, la ministra del Interior Mónica Palencia emitió declaraciones públicas en las que aseguró que la libertad de asociación está suspendida debido al estado de excepción.

El texto completo puede ser leído en el siguiente enlace. (I)

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