
La sentencia e contra de la vicepresidenta Verónica Abad, fue dictada por la jueza de instancia el 5 de noviembre de 2024. No obstante, este 19 de febrero el pleno negó la apelación presentada por la funcionaria y la sentencia quedó en firme.
Pues, el ex consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), Juan Esteban Guarderas, acusó a la vicepresidenta Abad, de haber cometido una grave infracción electoral por actos de precampaña o campaña anticipada, cuando fue candidata a la Alcaldía de Cuenca en 2023.
Según el TCE, en su sentencia emitida el 19 de febrero de 2025, se concluyó que los recursos de apelación interpuestos no logran demostrar que la resolución emitida por la jueza de instancia incurra en las deficiencias alegadas por los recurrentes, en la causa 121-2024-TCE, en la que Verónica Abad se presenta como legitimada pasiva y Juan Esteban Guarderas como legitimado activo.
La juez se basó en el delito de infracción electoral grave prevista en el artículo 278 numeral 7 del Código de la Democracia. Por lo tanto, la imposición de una multa significativa es suficiente para disuadir a la denunciada y a otros actores políticos de incurrir en conductas similares en el futuro, sin necesidad de recurrir a sanciones más gravosas que podrían ser innecesarias para alcanzar la finalidad perseguida por la regulación, dijo la magistrada en su sentencia hoy ratificada.