Caso Flopec que involucraba a Lasso se archiva por falta de pruebas

Daniela Camacho, jueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), emitió la resolución del archivo del caso Flopec y notificó a las partes procesales

Camacho argumentó su sentencia aduciendo que «no se advierten elementos de convicción que puedan establecer cómo es la forma en la que, por el desempeño las funciones, los denunciados se apropien, distraigan, dispongan u obtengan un beneficio a favor propio o de terceros, o que se genere un detrimento al Estado».

La juez también citó el informe sobre un examen especial de la Contraloría General del Estado, el cual fue revisado dentro de la investigación. Este documento detalla el examen realizado a los involucrados en los periodos comprendidos entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020. La Jueza anota que en esos periodos “las personas actualmente investigadas no formarían parte, ni estarían relacionadas con funciones propias del Estado y del sector público, por lo que no se configura un beneficio propio o para terceros”. Pues, Lasso fue posesionado y asumió el cargo el 24 de mayo de 2021.

Sobre la presunta delincuencia organizada, se señala que “queda sobreentendido que Guillermo Lasso Mendoza, al delegar y dotar de funciones y atribuciones a funcionarios de su confianza, no tenía conocimiento de todas las actuaciones de los funcionarios a cargo de entidades públicas”, sentenció Camacho.

Para que se configure el delito de delincuencia organizada, se deben cumplir con algunas circunstancias como una agrupación o concertación de tres o más personas, que formen un grupo estructurado. Pero, “para el caso en concreto no se estaría cumpliendo con esta circunstancia, ya que, de la revisión de los elementos de convicción, no consta ningún tipo de documento, conversación, acuerdos o alianzas entre las personas denunciadas”, señala la resolución.

La indagación previa inició con la denuncia presentada el 27 de abril de 2023 y “han transcurrido tres años con 18 días, hasta la presente fecha, resultando en exceso el plazo legal para la indagación previa, sin que exista elemento alguno para deducir una imputación”.

Con esos argumentos, Camacho indicó que la petición fiscal y la indagación previa, puestas en su conocimiento, “reúnen las exigencias legales para declarar el archivo definitivo de la denuncia”

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