
Con la finalidad de reforzar los derechos laborales de las mujeres embarazadas y de los trabajadores en general, la asambleísta por Pachakutik, Dina Farinango, presentó este jueves, 5 de junio, una propuesta de reforma a los artículos 42, 188 y 195.2 del Código del Trabajo.
Farinango explicó que esta iniciativa se construyó con base en las propuestas presentadas por mujeres en estado de gestación y por distintos sindicatos, con quienes mantuvo reuniones para recoger sus observaciones y sugerencias.
En este marco, se plantea modificar el artículo 42 del Código para incluir como responsabilidad del empleador la adopción de protocolos internos que prevengan y atiendan casos de despido ineficaz por embarazo, lactancia o por el ejercicio de funciones sindicales, dentro del período estipulado en el artículo 187.
En cuanto al artículo 188, la reforma propone que las indemnizaciones por despido intempestivo se calculen tomando como base la remuneración recibida por el trabajador al momento de la desvinculación, o, si le resulta más beneficioso, la percibida hasta dos meses antes. Esto sin afectar el derecho a recibir las bonificaciones establecidas en el artículo 185 del mismo Código.
Por último, en relación al artículo 195.2, se establece que para las personas embarazadas, el plazo para interponer una acción por despido ineficaz se mantendrá vigente durante todo el tiempo que dure el embarazo.
Se determina que en los juicios por despido ineficaz de mujeres embarazadas, en período de lactancia o de dirigentes sindicales en funciones, dentro del lapso establecido en el artículo 18, la responsabilidad de demostrar la legalidad del despido recaerá sobre el empleador.
Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social
- Diana Jácome (P) ADN7
- Edmundo Cerda (VP) PK18
- Isaac Solano ADN7
- Jorge Guevara ADN7
- Dominique Serrano ADN7
- Dina Farinango PK18
- Jorge Chamba ADN7
- Blasco Luna RC5
- Germania Romero RC5
- Otto Vera PSC6
Nota por: David Josue Quispe Franco.
