
La Ley Orgánica de Inteligencia de Ecuador entró este miércoles en vigencia tras su publicación en el Registro Oficial (Boletín Oficial del Estado), tras haber sido aprobada el martes por el pleno de la Asamblea Nacional (Parlamento) con el rechazo de la oposición, que ve en esta norma una puerta abierta a posibles espionajes y vulneraciones de la privacidad a adversarios políticos del Gobierno.
Entre los puntos polémicos de la ley que crea el Sistema Nacional de Inteligencia está la posibilidad de que las oficinas de inteligencia requieran a las empresas de telecomunicaciones información de los ciudadanos mediante un procedimiento que debe ser detallado en el reglamento de la norma y bajo la legislación vigente.
Esto, a falta de la emisión del reglamento, contempla en principio que los requerimientos para realizar escuchas de conversaciones telefónicas deban tener previamente una autorización judicial, si bien la oposición liderada por el correísmo había manifestado temor en que se puedan intervenir teléfonos sin disposición previa de un juez.
La norma especifica que los requerimientos a empresas de telecomunicaciones «deberán observar los principios de necesidad y proporcionalidad, evitando en todo momento su aplicación arbitraria».
Así, las compañías deberán facilitar «información histórica y en tiempo real de comunicaciones y conexiones de los abonados telefónicos relacionados, información técnica, informática, de telecomunicaciones digitales, la localización de las celdas donde se encuentren las terminales, y cualquier otra información que facilite su identificación y localización».
Otro punto controvertido de esta ley es que los operadores que realizan labores de inteligencia podrán adquirir legalmente identidades ficticias, sin posibilidad de ser sancionado por usar una identidad falsa en el ejercicio de sus funciones.
El Sistema Nacional de Inteligencia estará formado por un rector que coordinará los siete subsistemas que funcionarán a nivel policial, militar, de análisis financiero y económico, de la Casa Militar Presidencial, tributario nacional, aduanero, penitenciario y de rehabilitación social y, las demás que disponga el presidente de la República.
La entidad rectora establecerá los mecanismos de supervisión y control aplicable a los subsistemas, y podrá emitir normativa interna que regule su funcionamiento, así como a las actividades y operaciones, de inteligencia y contrainteligencia.
El Sistema Nacional de Inteligencia también dispondrá de una partida presupuestaria de «gastos especiales» con carácter secreto, exentos de impuestos y de las normas de contratación pública que sólo podrá controlar el Contralor General del Estado (Tribunal de Cuentas), conforme al procedimiento que se emita para el efecto en el reglamento de la misma ley.
El Gobierno del presidente Daniel Noboa logró el martes los 77 votos que necesitaba como mínimo para sacar adelante esta norma, gracias al respaldo de una parte de los asambleísta de Pachakutik, brazo político del movimiento indígena, y de otros asambleístas independientes.
En contra hubo 66 votos, principalmente de la Revolución Ciudadana, el partido que tiene como líder al expresidente Rafael Correa (2007-2017), mientras que otros 7 asambleístas votaron en abstención.
Con esta ley, el Ejecutivo ecuatoriano espera mejorar la desarticulación de las bandas criminales contra las que Noboa declaró la «guerra» a inicios de 2024 para aplacar la escalada de violencia que ha llevado al país a figurar a la cabeza de Latinoamérica en índice de homicidios. EFE