Guayaquil, Ecuador
Se dice, que por lo menos, han existido veinte procesos constituyentes en el Ecuador y, con seguridad, muchos de quienes ejercían la Presidencia de la República o la Presidencia de la Asamblea Constituyente, deben haber dicho algo parecido a “se ha refundado el Ecuador”. Pero, el hecho real y cierto, es que la única vez que se fundó el Ecuador, fue en 1830, en Riobamba.
Sería necio comentar, que no han sido importantes los procesos constituyentes en el Ecuador, porque unos más que otros, dieron origen, a cambios importantes en el sistema constitucional ecuatoriano. Pero, de ahí, a indicar “que se ha refundado la república” hay mucha distancia.
Francia, pensaría, debe ser el único país del mundo, que sí habla de Repúblicas, cuando se da un proceso constituyente. Pero, en su caso, los mismos, sí podrían considerarse procesos fundamentales de la realidad francesa y, quizás, sí tienen derecho a hablar de repúblicas, cual si se tratase de nuevas fundaciones.
Así, por ejemplo:
Primera República (1792-1804): Surge tras la Revolución Francesa, con la abolición de la monarquía (Luis XVI).
Segunda República (1848-1852): Nace tras la revolución de 1848, que derroca la monarquía de Luis Felipe (Monarquía de Julio.
Tercera República (1870-1940): Surge tras la derrota de Francia en la guerra franco-prusiana y la caída de Napoleón III.
Cuarta República (1946-1958): Se instaura tras la liberación de Francia en la Segunda Guerra Mundial.
Quinta República (1958-presente): Iniciada por Charles de Gaulle con una nueva constitución que refuerza el poder presidencial.
Como podrán apreciar, revoluciones, emperadores, guerras etc…, pueden darle el derecho a Francia de hablar de Repúblicas, cual si de refundaciones se tratase.
En Ecuador, también las Constituyentes han dado origen a cambios importantes y hasta drásticos: abolición de la esclavitud, derechos humanos, papel de la Iglesia, Buen Vivir y otorgarles derechos a la naturaleza. En especial, me gusta, el ejercicio de las garantías jurisdiccionales.
El Presidente, no elevó la vara, al establecer los requisitos para ser constituyente en la próxima asamblea, de así aprobarlo el pueblo ecuatoriano. Quizás, lo hizo, para evitar una eventual objeción, por parte de la Corte Constitucional (posible regresión de derechos). Pero, es obligación, de los partidos y movimientos que participen en la misma, poner a las mejores personas y, diré, una opinión, que podría ser impopular, debe estar integrada, en su totalidad, por abogados. Si la única función que tendrá, es la de redactar una nueva Carta Fundamental, sería irresponsable, que no sean abogados, quienes lo hagan.
Por otro lado, deben tratarse de abogados, con por lo menos veinte años de experiencia, título de cuarto nivel (opcional) y probidad notoria en el ejercicio de su profesión (obligatorio). Esto dependerá, en su totalidad, de quienes propongan a los constituyentes y, sería un lujo, ver abogados de la talla de Teresa Nuques Martínez, Felipe Rodríguez Moreno, Eduardo Carmigniani Valencia, Roberto Gómez Lince Oreñana, Heinz Moeller Gómez, Xavier Zavala Egas, María Dolores Miño, Henry Cucalón Camacho, Verónica Hernández Muñoz, Pamela Aguirre, César Coronel Jones, Hernán Pérez Loose, Ricardo Noboa Bejarano, Carmen Corral Ponce, Alejando Ponce Martínez, Juan Falconi Puig, Valentín Elizalde, Carlos de Tomaso Rosero, Xavier Castro Muñoz, Roberto Illingworth Cabanilla, entre otros, redactando, con buena pluma, nuestra nueva Constitución.
Por supuesto, deben ir abogados, de todas las tendencias, no hay que discriminar y eso, con seguridad, elevará el debate.

Algo fundamental, que independientemente de quien los patrocine, y claro, respetando la línea ideológica, tengan plena libertad para pensar y, especialmente, disentir, con quien los promovió.
Espero, que los partidos y movimientos envíen las mejores personas, a tan importante labor.
