El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, en segundo debate, el proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana. Esto pudo darse luego de que la propuesta recibiera 88 votos afirmativos con votos de ADN, del PSC y exPachakutiks.
Dentro del reglamento aprobado está la deportación expedita en casos de riesgo grave, con resolución motivada y control judicial, así como la ampliación del período de prohibición de reingreso hasta por 40 años para quienes representen amenazas a la seguridad nacional.
La ley también exige certificados de antecedentes penales y registro migratorio para la obtención o renovación de visas, y crea la visa de tránsito o transeúnte para evitar el uso del Ecuador como país de paso irregular. «Estas medidas buscan garantizar una migración ordenada sin criminalizar a los migrantes», dijeron los legisladores.
Por otro lado, se incorpora la posibilidad de revocar el estatus de refugiado si el beneficiario representa un riesgo real para la seguridad pública o incurre en delitos graves, respetando siempre el principio de no devolución y el debido proceso.
Por otro lado, el reglamento estipula la descentralización de la calificación de retornados, la simplificación de los trámites de repatriación de cadáveres y la institucionalización de la migración circular como modalidad laboral segura y ordenada.
Previo a su publicación en el Registro Oficial, el proyecto de Ley aprobado será remitido al Ejecutivo para su respectiva sanción u objeción. (I)
