Noboa hace cambios en fórmula de cálculos para regalías mineras

Con la firma del Decreto Ejecutivo 273, por parte del Presiente Daniel Noboa, el sector minero de Ecuador comienza 2026 con una serie de cambios mientras el escenario de precios récord de los metales, como el oro y el cobre, se mantiene. 

El presiente no sólo estipula cambios en las regalías mineras sino también permite ceder porcentajes de concesiones entre empresas.

El decreto establece una fórmula de cálculo específica de regalías para cada tipo de minería; según el régimen (pequeña, mediana y grande) y el tipo de metal.

Según el presidente este cálculo no se había fijado en el reglamento, como disponía la Ley de Minería, por lo que existía un vacío legal.

De ahí que las regalías se solían definir cuando se negociaba el contrato de explotación entre el Estado y la empresa concesionaria.

Otro cambio importante es que antes, para fijar las regalías se tomaba en cuenta el ingreso neto efectivo percibido por los concesionarios mineros.

Sobre las empresas mineras

Antes, las empresas que poseían títulos mineros para explorar o explotar concesiones podían ceder o transferir ese derecho a otras empresas. Pero no había la posibilidad de ceder o traspasar solo una parte de la concesión, debía ser toda el área, explica Gamboa.

Las áreas de concesiones mineras a gran escala en Ecuador tienen áreas enormes En promedio, el área de concesión para minería a gran escala es de 5.000 hectáreas; esto es una superficie similar a la del cantón Durán, en Guayas, o a la zona de Cumbayá, en Quito.

Actualmente, para las empresas mineras resultaba complejo no poder ceder o transferir partes de las concesiones a otras empresas interesadas.

El decreto ahora permite que una empresa ceda o traspase un porcentaje de concesión minera a otra, lo que permitirá dinamizar la inversión en el sector.

Noboa agiliza desalojar mineros ilegales

Un cambio importante es que ahora las empresas mineras que tengan el problema de invasión de minería ilegal en sus concesiones podrán pedir amparos administrativos con más facilidad, destaca el abogado minero Andrés Ycaza.

El amparo administrativo es el que permite a las empresas pedir a las autoridades el desalojo de los mineros ilegales, explica.

Sin embargo, el problema era que el reglamento de la Ley de Minería decía que para solicitar el amparo administrativo, la empresa debía informar «la relación circunstanciada de los hechos con la indicación de los nombres y apellidos de las personas causantes de la invasión, despojo u otra forma de perturbación». 

Gobierno podrá manejar contratos mineros

Un cambio que preocupa al sector es que el Ministerio de Energía y Minas podrá, en cualquier etapa del proceso de negociación precontractual, disponer la «revisión, modificación o renegociación de los términos, condiciones y cláusulas previamente acordadas, cuando lo estime necesario para precautelar los intereses del Estado».

Previo a la venta de minerales deben registrarse en la UAFE

El decreto menciona que los concesionarios mineros, como requisito habilitante previo a la comercialización de minerales, deberán realizar un registro obligatorio en la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). Sin el registro no se podrá realizar actividades de comercialización de minerales.      

Para el registro, los interesados deben acreditar un patrimonio de al menos USD 400.000 para empresas y USD 250.000 para personas naturales. (I)





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