En la llamada Ley de Minería y Energía realmente llamada Ley Orgánica para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía que fue aprobada en la Asamblea, se contempla que en Galápagos sólo se podrá extraer material pétreo del 3% del territorio de las islas que no es parte de la reserva ecológica.
Esto lo volvió a explicar el presidente Daniel Noboa en una entrevista con Gonzalo Ruiz. Allí Noboa leyó parte del texto que señala que en la provincia de Galápagos, únicamente podrán otorgarse permisos de libre aprovechamiento y autorizaciones para la extracción de áridos y pétreos destinados a la construcción.
Estas actividades deben realizarse fuera del área del Parque Nacional y exclusivamente en Zonas de Aprovechamiento Sustentable (ZAS), conforme al régimen especial del archipiélago.
«Se prohíbe que exista cualquier tipo de actividad minera en el Parque Nacional Galápagos que ocupa el 97% del territorio, en el 3% restante del territorio que no es Parque Nacional Galápagos se autoriza solo el retiro del material pétreo«, reza la ley.
Esto es por varios tratados internacionales que ha firmado Ecuador y que es imposible que el país extraiga todo tipo de materal que sea sensible al ecosistema de las islas. (I)
