Corte Constitucional respalda toque de queda en Ecuador pero impone condiciones

Quito, miércoles 18 de marzo del 2026 Llegada de Santiago Díaz Asque, a la Fiscalía General para rendir ampliación de versión en el caso de Caja Chica. Fotos: API / Rolando Enríquez

Mediante resolución, la Corte Constitucional (CC) declaró la constitucionalidad del decreto ejecutivo mediante el cual el presidente de la República, Daniel Noboa, dispuso un toque de queda en Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas, desde las 23:00 hasta las 05:00, vigente hasta finales de marzo.

Sin embargo, la entidad constitucional también impuso sus condiciones. Por ejemplo, exhorta al Ejecutivo a permitir que la Defensoría del Pueblo, en coordinación con la fuerza pública, monitoree las operaciones realizadas durante la vigencia del estado de excepción.

También se obliga al Ejecutivo que garantice la continuidad del sistema de justicia y de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los sectores estratégicos. También enfatizó que durante el toque de queda no se puede impedir el trabajo de los medios de comunicación.

En varias ciudades de la Costa se ha visto mermado el servicio de recolección de basura durante las horas del toque de queda. (I)

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